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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (19/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de abril de 2008 370929 VISTO: El Expediente Nº 21157508, sobre otorgamiento de concesión temporal de central de generación para desarrollar estudios en la Central Eólica Talara, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por PERÚ ENERGÍA RENOVABLE S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12097377 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO:Que, PERÚ ENERGÍA RENOVABLE S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1753847, de fecha 28 de enero de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Talara, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en los distritos de Pariñas y La Brea, provincia de Talara, departamento de Piura, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, el aviso de petición de solicitud de concesión temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolución, fue publicado en el Diario Ofi cial El Peruano los días 2 y 3 de marzo de 2008, en cumplimiento del artículo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 060-2008-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de PERÚ ENERGÍA RENOVABLE S.A., que se identifi cará con el código Nº 21157508, para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Talara, para una capacidad instalada estimada de 300 MW, los cuales se realizarán en los distritos de Pariñas y La Brea, provincia de Talara, departamento de Piura, por un plazo de dos (2) años contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56). VÉRTICE ESTE NORTE 1 481 221 9 469 244 2 466 900 9 481 151 3 469 889 9 488 711 4 474 299 9 488 021 5 472 963 9 494 810 6 476 658 9 495 869 7 477 729 9 499 132 8 481 617 9 498 106 9 483 415 9 483 081 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 188575-1 Otorgan concesiones temporales a favor de Perú Energía Renovable S.A. para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en futuras centrales eólicas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 176-2008-MEM/DM Lima, 14 de abril de 2008VISTO: El Expediente Nº 21157708, sobre otorgamiento de concesión temporal de central de generación para desarrollar estudios en la Central Eólica Ilo 1, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por PERÚ ENERGÍA RENOVABLE S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12097377 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO:Que, PERÚ ENERGÍA RENOVABLE S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1755314, de fecha 02 de febrero de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Ilo 1, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en los distritos de Ilo, El Algarrobal e Ite, provincias de Ilo y Jorge Basadre, departamentos de Moquegua y Tacna, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, el aviso de petición de solicitud de concesión temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolución, fue publicado en el Diario Ofi cial El Peruano los días 02 y 03 de marzo de 2008, en cumplimiento del artículo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 058-2008-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de PERÚ ENERGÍA RENOVABLE S.A., que se identifi cará con el código Nº 21157708, para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Ilo 1, para una capacidad instalada estimada de 200 MW, los cuales se realizarán en los distritos de Ilo, El Algarrobal e Ite, provincias de Ilo y Jorge Basadre, departamento de Moquegua y Tacna, por un plazo de dos (02) años contados a partir de la vigencia de la presente Resolución.Descargado desde www.elperuano.com.pe