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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (27/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de abril de 2008 371382 que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podrá ser modifi cado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de metas propuestas y en el caso en que se tenga que incluir o excluir procesos de selección. Asimismo, el artículo mencionado indica que la aprobación y difusión de las modifi caciones se hará de la forma prevista en los artículos 25° y 26° del Reglamento, respectivamente; Que, el artículo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, señala que el Plan Anual será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad y, por su parte, el artículo 26° de dicho cuerpo normativo estipula que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y el documento que lo apruebe deberán ser publicados por cada Entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de ser aprobado; Que, por otro lado, el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa o Adjudicación de Menor Cuantía, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la citada Ley; Que, la Ofi cina de Asesoría Legal ha emitido el Informe N° 060-UL/MDM-2008 y asimismo la División de Desarrollo Urbano ha emitido el informe Técnico correspondiente Nº 111.DDU-MDM-2008 ambos de conformidad con lo establecido por los artículos 20° y 113° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento respectivamente; Que, en virtud a las consideraciones expuestas se requiere contratar a una persona jurídica de alta especialidad en recuperación de cobranzas tributarias y no tributarias, con experiencia comprobada; Que se ha considerado un valor referencial de recaudación de 550,000; Que la empresa que cuenta con las características y cualidades inherentes del servicio a prestar, la efi ciencia y efi cacia demostrada, infraestructura, equipos, staff técnico, innovación tecnológica y brinda la garantía de efectuar el servicio a contratar es la especializada INNOVACIONES PERU S.A.C.; Que las características inherentes particulares en el campo de cobranzas selectivas INNOVACIONES PERU S.A.C. lo califi ca como una persona jurídica que brinda servicios personalísimos; Que, este servicio será pagado con el 35% (incluido impuestos), cuando la EMPRESA, efectúe la cobranza, el porcentaje será aplicado del valor recaudado, siendo el tiempo del contrato de (2) meses; De conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y Modifi catorias, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y con el Voto UNÁNIME del Concejo Municipal; SE ACUERDA: Artículo 1°.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente para la Contratación de la empresa INNOVACIONES PERU S.A.C., bajo la modalidad de servicios personalísimos de conformidad con los dispositivos legales vigentes en la materia por el término de dos (2) meses. Artículo 2°.- Póngase a conocimiento el siguiente Acuerdo de Concejo a las Áreas administrativas competentes para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- El presente acuerdo debe ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano dentro los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Artículo 4°.- Copia del presente acuerdo y sus antecedentes serán remitidas a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOEL ROSALES PACHECO Alcalde 193458-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Dominicana” De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Ofi cio RE (GAB) Nº 0-3-A/137, comunica que el “Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Dominicana” suscrito el 13 de julio de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 083-2006-RE, de fecha 27 de diciembre de 2006, publicado el 28 de diciembre de 2006. Entró en vigencia el 7 de febrero de 2008. 193123-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALDescargado desde www.elperuano.com.pe