Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (27/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de abril de 2008 371374 Que, la Ofi cina de Asesoría Legal ha emitido el Informe Legal de fecha 23 de abril de 2008 de conformidad con lo establecido por el Artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con la conformidad de la Gerencia General y las visaciones de la Gerencia de Operaciones, Gerencia de Administración y Finanzas, Ofi cina de Asesoría Legal y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con el inciso c) del Artículo 19º y Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S.Nº 083-2004-PCM, de los Artículos 141º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº084-2004-PCM, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1º y 20º del Reglamento de Organización y Funciones de la AATE aprobado por Resolución Ministerial Nº024.1-88-MIPRE del 01.2.88; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar, por la causal de situación de desabastecimiento inminente, la exoneración del proceso de selección de Concurso Público, para la contratación del Servicio de Seguros conforme a la parte considerativa de la presente Resolución, hasta por el monto de S/. 340,000.00 (Trescientos Cuarenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) a. Tipo de Contrato: Servicio. b. Descripción del Servicio: Servicio de cobertura de Seguros para el Tren Eléctrico. c. Monto Referencial Total: S/.340,000.00.d. Fuente de Financiamiento: Donaciones y transferencias. e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: 4 meses. f. Dependencia que contrata: Gerencia de Administración y Finanzas. g. Dependencia que da conformidad al servicio: Gerencia de Administración y Finanzas. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y que remita copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo de 10 días hábiles de emitida, así como su publicación a través del SEACE. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas de la AATE, efectúe la contratación en forma directa mediante acciones inmediatas, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 148º Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Disponer que se inicie las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales a que hubiera lugar en los funcionarios o servidores públicos involucrados por el acotado desabastecimiento. Regístrese, publíquese y cúmplase.VÍCTOR PACAHUALA VELÁSQUEZ Presidente EjecutivoA.A.T.E. 193727-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Comas, mediante Ofi cio Nº 49-2008-SG/MC, recibido el 25 de abril de 2008) ORDENANZA Nº 240-C/MC Comas, 3 de julio del 2007EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 3 de julio del 2007, el Informe Nº 113-2007-GPP/MC de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto que aprueba el Proyecto de Texto Unico de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas; CONSIDERANDO:Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 tiene por fi nalidad establecer el régimen jurídico, aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico general; Que, el artículo 37º de la Ley Nº 27444 establece la obligatoriedad de todas las entidades de la Administración Pública de elaborar y aprobar su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, encontrándose dentro de ellas las Municipalidades, asimismo el artículo 36º de la misma norma, señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA, se constituye compendiando y sistematizando los procedimientos, requisitos y costos administrativos establecidos exclusivamente mediante Decreto Supremo o Norma de mayor Jerarquía u Ordenanza, en la que se incluirá la relación de aquellos servicios prestados en exclusividad por las entidades, cuando el administrado no tiene posibilidad de obtenerlos acudiendo a otro lugar o dependencia; Que, el artículo 44º de la Ley Nº 27444 establece que cuando para la entidad implique la prestación de un servicio específi co o individualizado a favor del administrado, procede establecer derechos de tramitación de los Procedimientos Administrativos en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado, que incluye los gastos de operación y mantenimiento de la infraestructura asociada a cada procedimiento; Que, en tal razón, para la determinación de la Estructura de Costos de los Procedimientos Administrativos de esta Corporación, se han seguido los lineamientos técnicos establecidos en la Directiva Nº 001-006-00000001 “Directiva sobre Determinación de Costos de los Servicios y Procedimientos Administrativos que dan Origen a Tributos para Efectos de la Ratifi cación de Ordenanzas Municipales Distritales” emitido por el Servicio de Administración Tributaria – SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en el proceso de ratifi cación del TUPA aprobado mediante Ordenanza Nº 194-2006-C/MC, se ha recepcionado del SAT el Ofi cio Nº 004-90-00003920 mediante Expediente Administrativo Nº 7676-2007.3 el mismo que contiene observaciones técnicas y legales; asimismo, mediante Ofi cio Nº 9967-2007.2 el SAT nos precisa el plazo de 20 días hábiles para reiniciar el proceso, plazo dentro del cual se han efectuado las subsanaciones técnicas y legales así como la adecuación a la nueva Estructura Orgánica aprobada mediante Ordenanza Nº 230-C/MC; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades mediante Ordenanza crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la Ley y las que versan sobre materia tributaria requieren ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, según el artículo 38º de la Ley Nº 27444, el TUPA de las Municipalidades se aprueba por Ordenanza, y de acuerdo al artículo 10º de la Ordenanza Nº 607- Procedimiento de Ratifi cación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Lima, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, su entrada en vigencia es a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano de Lima que aprueba su ratifi cación, estableciendo en su Primera Disposición Final que las Ordenanzas Distritales que regulan materia tributaria, deberán incluir una disposición en ese sentido; Descargado desde www.elperuano.com.pe