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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de abril de 2008 371380 Artículo Cuarto.- DEUDAS EN PROCESO DE RECLAMACIÓN: Los deudores Tributarios y No Tributarios que hayan interpuesto Recurso de Reclamación contra Resolución de Determinación, Resolución de Multa Tributaria y Multas Administrativa, cualquiera sea el estado en que se encuentren, podrán acogerse a los benefi cios que apruebe la presente Ordenanza, debiendo adjuntar Declaración Jurada de desistimiento de la reclamación o impugnación. Artículo Quinto.- DESISTIMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA: El pago al contado, por el total del ejercicio fi scal o en forma fraccionada de las deudas señaladas en la presente Ordenanza, implica el desistimiento automático de la Reclamación, Reconsideración o Apelación, según sea el tipo de obligación que pudiera existir respecto de ellas. De la misma forma, el pago de aquellas deudas implica el reconocimiento expreso de la obligación; por lo cual, el deudor no podrá presentar reclamo alguno respecto de ellas. Artículo Sexto.- VIGENCIA El presente beneficio entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y hasta el 31 de mayo del presente año fiscal. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Unidades Orgánicas que la conforman, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaría de Imagen Institucional la divulgación y difusión de los benefi cios tributarios. Segunda.- Mientras dure la vigencia de la presente Ordenanza, los pensionistas que se encuentren dentro de los alcances del artículo 19º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, podrán regularizar sus Declaraciones Juradas establecidas en la Ordenanza Nº 064-2005-MSJL, “Ordenanza que otorga Benefi cios al Régimen Pensionario”, suspendiéndose a su vez la aplicación del artículo 8º de la citada Ordenanza, referente a sanciones. Tercera.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como también para establecer la prórroga de la misma. Cuarta.- Dejar sin efecto transitoriamente las disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza, en tanto dure la vigencia de ésta. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 193749-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad ORDENANZA Nº 000064-2008-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 2 de abril del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORESPOR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores, en Sesión Ordinaria de la fecha en curso en atención al Dictamen Nº 002-2008 de la Comisión de Administración, Presupuesto y Cooperación Técnica y la Comisión de Asuntos Legales quienes presentan el proyecto de Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en sus artículos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades establece en su artículo 9º inciso 32 que, corresponde al Concejo Municipal aprobar el Cuadro de Asignación de Personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 00053- 2007-MDSJM de fecha 22 de Diciembre del 2007 y su modifi catoria Ordenanza Municipal Nº 00055-2008-MDSJM, de fecha 23 de Enero del presente año, se Aprobó la nueva Estructura Organizacional de la Municipalidad; Que, mediante Informe Nº 0425-2008-GAJ/MDSJM la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que cumple con los criterios establecidos en el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM para ser aprobado en Sesión de Concejo Municipal; Que, la Propuesta del Cuadro de Asignación de Personal, se ajusta a los lineamientos de política de la actual Gestión Municipal concordantes con la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, la Ley General de Presupuesto Ley Nº 28411, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de la República Ley Nº 27785, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público y la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado Ley Nº 27658, por lo que corresponde su aplicación; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo 40º con el voto MAYORITARIO de los señores regidores y con la dispensa de lectura y aprobación del acta se aprobó la siguiente : ORDENANZA Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores de acuerdo al texto que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Póngase en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros y de la Contraloría General de la República la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Deróguese toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Informática y la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo Central a la publicación de la presente Ordenanza en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en la página web de la Municipalidad www.munisjm.gob.pe . Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR LO TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 193825-1Descargado desde www.elperuano.com.pe