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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (27/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de abril de 2008 371381 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Convocan a la realización de Matrimonios Civiles Comunitarios para el año 2008 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2008/MVMT Villa María del Triunfo, 22 de abril del 2008EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, preceptúa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Plan Operativo Institucional 2008 de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo programa realizar Matrimonios Civiles Comunitarios, los cuales servirán para regularizar la situación de hecho existente en muchos hogares, así como apoyar a los sectores sociales de limitados recursos económicos; Que, el Artículo 252º del Código Civil establece que: “El alcalde puede dispensar la publicación de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el Artículo 248º”; Que, es política de la Municipalidad de Villa María del Triunfo promover la regularización de la situación de aquellas personas que encontrándose en condiciones de contraer Matrimonio Civil, no cuentan con los recursos económicos para formalizarlo; Que, mediante Informe Nº 032-2008/SGRCC/GSCCA/ MVMT la Subgerencia de Registro Civil solicita la realización de matrimonios comunitarios, a fi n de fomentar la regularización jurídica de las uniones conyugales que en su mayoría son de escasos recursos económicos, debiéndoseles exonerar de la publicación de los respectivos edictos; Que, con Informe Nº 533-2008-GAJ/MVMT la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que se dispense la publicación de los Edictos Matrimoniales en base a la facultad que confi ere el artículo 252º del Código Civil vigente a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la presentación de los demás documentos exigidos por Ley y que se encuentren aptos para contraer matrimonio, de acuerdo a lo informado por el área técnica; Estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades y el Art. 252º del Código Civil; SE DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR la realización de MATRIMONIOS CIVILES COMUNITARIOS para el Año 2008, en las siguientes fechas: SEGUNDO TRIMESTRE Mes mayo : Festejando Día de la MadreFecha : 10 de mayoLugar : Plaza Mayor (Cercado)Mes mayo : Festejando Día de la MadreFecha : 11 de mayoLugar : Parroquia San Francisco de Asís (Tablada de Lurín) TERCER TRIMESTRE Mes Agosto : Por el día de Santa Rosa de LimaFecha : 23 de AgostoLugar : Plaza de José Carlos Mariátegui (Agencia Municipal)CUARTO TRIMESTREMes Agosto : Aniversario de la Creación del Distrito de Villa María del Triunfo Fecha : 27 de DiciembreLugar : Plaza Mayor (Ce rcado) Artículo Segundo.- EXONERAR de la publicación de los Edictos matrimoniales a los vecinos del distrito que participen en la realización de los matrimonios comunitarios convocados por la municipalidad de Villa María del Triunfo; para lo cual deberá presentar los siguientes REQUISITOS: - Partida de Nacimiento (ambos contrayentes) - Certifi cado Médico (ambos contrayentes)- Declaración jurada de domicilio (ambos contrayentes) - Declaración jurada de soltería de ser el caso- Dos testigos no familiares con DNI original- Pago único de acuerdo al TUPA- Otros según sea el caso. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, a través de la Subgerencia de Registros Civiles, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES Alcalde 193584-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARCONA Exoneran de proceso de selección la contratación de empresa para efectuar servicios de cobranza selectiva ACUERDO DE CONCEJO N° 015-2008-MDM Puerto San Juan de Marcona, 17 de abril del 2008EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARCONA VISTO: El expediente Nº 805 Informe Nº 111.DDU-MDM- 2008 de fecha 24 de marzo del 2008, expediente Nº 910 Informe Nº 060-UL/MDM-2008 de fecha 27 de marzo del 2008 emitidos por la Unidad de Logística, el expediente Nº 928 Informe Nº 084-2008-AJE/MDM de fecha 1 de abril del 2008 emitidos por la Ofi cina de Asesoría Legal y el expediente 954 Informe 041-2008-GM/MDM de fecha 3 de abril 2008, sobre Contratación de Servicios Personalísimos de la especializada INNOVACIONES PERU S.A.C. para efectuar servicios de cobranza selectiva; y, CONSIDERANDO: Que la División de Desarrollo Urbano mediante su Informe Técnico Nº 111.DDU-MDM-2008, precisa que es conveniente contratar a una Empresa especializada que nos brinde el servicio de cobranza selectiva; Que, el articulo 27° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, estipula Descargado desde www.elperuano.com.pe