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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de abril de 2008 371371 permisos, autorizaciones y concesiones forestales, en áreas al interior de la región, así como ejercer labores de promoción y fi scalización en estricto cumplimiento de la política forestal nacional; Que, el Gobierno Regional de San Martín, a través de la Dirección Regional Agraria de San Martín, con participación de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Gerencia Regional de Desarrollo Económico y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de San Martín y contando con la participación de especialistas del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA, ha conducido un proceso de formulación y adecuación de los instrumentos de gestión necesarios para efectivizar la transferencia de funciones antes señalada; Que, mediante Nota Informativa N° 022–2008-GRSM/ GRPP-AT/SGR, de fecha 17 de Marzo del presente año, la Sub Gerencia de Racionalización del Gobierno Regional de San Martín opina que el presente documento está conforme a Ley y a los dispositivos que norman el funcionamiento de los Gobiernos Regionales y sugiere su aprobación; Que, con Informe Legal N° 131-2008-GRSM-ORAL, de fecha 18 de Marzo del presente año, la Ofi cina Regional de Asesoría Legal, opina favorable la incorporación de funciones transferidas por el INRENA en materia agraria al Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional Agraria de San Martín las mismas que serán desarrolladas y/o ejecutadas por la Dirección antes mencionada; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada en el Auditorio de la Ofi cina Zonal San Martín – Bajo Mayo - Tarapoto, llevado a cabo el día miércoles 19 de Marzo del 2008 y estando a las atribuciones conferidas por el Artículo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- INCORPORAR al Reglamento de Organizaciones y Funciones - ROF de la Dirección Regional Agraria de San Martín, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 007-2007-GRSM/CR de fecha 29 de marzo del 2007, las funciones e) y q) en materia agraria, transferidas por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA al Gobierno Regional de San Martín, las mismas que serán desarrolladas y/o ejecutadas por la Dirección Regional Agraria de San Martín; cuyo anexo es parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER que la Dirección Regional Agraria de San Martín en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de San Martín, adecuen progresivamente los instrumentos y normas internas de gestión correspondientes a las funciones específi cas materia de transferencia. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional de San Martín, realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de San Martín, previa promulgación de la presente Ordenanza Regional, realizada por el Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martín. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación. WALTER LINCOLN ROJAS SALAZAR Consejero DelegadoConsejo Regional de San Martín POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los cuatro días del mes de abril del 2008 CESAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente RegionalGobierno Regional de San Martín 193470-10 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen conformidad de resoluciones expedidas por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco que aprueban proyectos de habilitación urbana de terrenos RESOLUCIÓN N° 066-2008-MML-GDU-SPHU Lima, 3 de marzo de 2008LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codifi cado Nº 21431-2008, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución Sub-Gerencial Nº 1757-2007-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 8 de agosto del 2007, aprobando la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único; solicitada por la empresa ATMÓSFERA CORP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Sub-Gerencial Nº 1757- 2007-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 8 de agosto del 2007 (fs. 40 al 44), expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, se resuelve Aprobar, los Proyectos referentes a Trazado, Lotización y Pavimentación de Aceras, correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva, de Lote Único, del terreno de 2,082.00 m², constituido por el Sub Lote A, de la Manzana E, de la Parcelación Semi-Rústica “Los Granados”, ubicado frente a la Av. Manuel Olguín, en el distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, de acuerdo con los planos signados con el Nº 053.01-2007-SGLHU-GDU-MSS y Nº 053.02-2007-SGLHU-GDU-MSS; Que, mediante Informe Nº 060-2008-MML-GDU- SPHU-DRD, de fecha 25 de febrero del 2008 (fs. 54 al 56) la División de Revisión de Diseño de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, del terreno de 2,082.00 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, mediante la Resolución Sub-Gerencial Nº 1757-2007-SGLHU-GDU-MSS, de fecha 8 de agosto del 2007, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación, vías y aportes Descargado desde www.elperuano.com.pe