Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2008 (05/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 5 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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377591

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

Modifican la Res. N° 169-2007-OS/CD, mediante la cual se fijaron las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmision
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 577-2008-OS/CD
MORDAZA, 4 de agosto de 2008 CONSIDERANDO Que, mediante la Resolucion OSINERGMIN Nº 1692007-OS/CD se fijaron las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmision (en adelante "SST"); Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 2º de la Resolucion OSINERGMIN Nº 428-2007-OS/CD dichos cargos tendran vigencia durante el periodo de 01 de MORDAZA de 2007 hasta el 30 de MORDAZA de 2009; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 342-2008-OS/ CD, en cumplimiento del "Procedimiento de Liquidacion Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmision Electrica con Modalidad de Contrato BOOT", aprobado mediante Resolucion OSINERGMIN N° 335-2004-OS/CD, se modifico para el periodo MORDAZA 2008 ­ MORDAZA 2009, las tarifas de los SST de las empresas Red Electrica del Sur S.A. (en adelante "REDESUR") e Interconexion ISA Peru S.A. (en adelante "ISA"); Que, con fecha 25 de MORDAZA de 2008, REDESUR interpuso recurso de reconsideracion contra la Resolucion OSINERGMIN Nº 342-2008-OS/CD solicitando se emita una nueva resolucion que considere los alcances del Addendum N° 5 a su Contrato BOOT (en adelante "Addendum N° 5") suscrito entre el Estado Peruano y dicha empresa concesionaria; Que, al respecto, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 456-2008-OS/CD se declaro improcedente dicho recurso impugnatorio, estableciendose que la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN inicie el Procedimiento de Regulacion de las Tarifas correspondientes al SST de REDESUR, que comprende las subestaciones de Tacna (Los Heroes) y MORDAZA, con vigencia a partir del 01 de MORDAZA de 2008, teniendo en consideracion lo dispuesto en el Addendum N° 5; Que, mediante Carta RDS-408/2008, REDESUR remitio la MORDAZA inscrita en los Registros Publicos del mencionado Addendum N° 5; Que, el Addendum N° 5 establece, entre otros, un MORDAZA monto del Valor MORDAZA de Reemplazo (en adelante "VNR") para las instalaciones de REDESUR correspondiente al SST y dispone su actualizacion en forma anual. Asimismo, establece que los acuerdos pactados en dicho documento MORDAZA aplicados desde el primero de MORDAZA 2008; Que, como consecuencia de la aplicacion de los alcances del Addendum N° 5, resulta necesario modificar, para el periodo MORDAZA 2008 - MORDAZA 2009, las Tarifas y Compensaciones de los SST de la empresa Red Electrica del Sur S.A.; Que, los pagos por las instalaciones correspondientes a la subestacion Tacna (Los Heroes), son asumidos por la demanda a traves del Cargo de Peaje MORDAZA por Transmision Equivalente en Energia (CPSEE); mientras que los pagos de las instalaciones correspondientes a la Subestacion MORDAZA, son asumidos por los generadores mediante el metodo de los "Factores de Distribucion Topologicos"; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 486-2008OS/CD, publicada el 12 de MORDAZA de 2008, el Consejo Directivo de OSINERGMIN dispuso la publicacion del proyecto de resolucion que modifica las Tarifas y Compensaciones de los SST de la empresa REDESUR como consecuencia del Addendum N° 5, para el periodo MORDAZA 2008 ­ MORDAZA 2009, asi como, la realizacion de la Audiencia Publica descentralizada, la que se ha llevado a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, el dia 17 de MORDAZA del presente ano; y en la MORDAZA de Tacna, el dia 18 de MORDAZA de 2008. Como consecuencia de dicha publicacion y audiencia publica se han recibido comentarios y sugerencias de REDESUR, cuyo analisis se incluye en el Informe N° 0335-2008-GART, que como Anexo 1, forma parte de la presente resolucion;

Que, habiendose cumplido con los principios de transparencia y participacion contenidos en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por D.S. Nº 054-2001-PCM y en la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, debe procederse a la publicacion de la resolucion que modifica las Tarifas y Compensaciones de los SST de la empresa Red Electrica del Sur S.A., como consecuencia del Addendum N° 5, para el periodo MORDAZA 2008 ­ MORDAZA 2009; Que, con relacion a la determinacion de las modificaciones de las Tarifas y Compensaciones de los SST de REDESUR, se han expedido el Informe Tecnico N° 03352008-GART y el Informe Legal Nº 0334-2008-GART de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 0542001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en lo dispuesto en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en el Contrato de Contrato para el Diseno, Suministro de Bienes y Servicios, Construccion y Explotacion del Reforzamiento de los Sistemas de Transmision Electrica del Sur y la Prestacion del Servicio de Transmision de Electricidad. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modifiquese a partir del 01 de MORDAZA de 2008 al 30 de MORDAZA de 2009, el valor Cargo de Peaje MORDAZA por Transmision Equivalente en Energia (CPSEE) de la Subestacion Base de Tacna (Los Heroes) que aparece en el Cuadro N° 1 de la Resolucion OSINERGMIN N° 169-2007-OS/CD y sus modificatorias, de acuerdo con el siguiente detalle:
Sistemas Electricos a los que se aplica el cargo [1] Cargo CPSEE Ctm. S/./kW.h

Subestaciones Base

Tension KV

Instalaciones Secundarias SST Tacna (Los Heroes) - Transf. 220/66/10 kV; 50 MVA [2]

Tacna (Los Heroes)

66

Tacna, Tomasiri, Yarada y Tarata

0,5522

Articulo 2°.- Modifiquese a partir del 01 de MORDAZA de 2008 al 30 de MORDAZA de 2009, el numeral 2 del Articulo 2º de la Resolucion OSINERGMIN Nº 169-2007-OS/CD y sus modificatorias, que quedara redactado de la siguiente manera: "2. COMPENSACIONES POR EL SISTEMA MORDAZA DE REDESUR Los titulares de las centrales de generacion del Sistema Electrico Interconectado Nacional pagaran a Red Electrica del Sur S.A. una compensacion mensual por la transformacion de la S.E. MORDAZA 220/138/10 kV, equivalente a 113 901 Nuevos Soles / mes. Para tal fin, se utilizara el metodo de los "Factores de Distribucion Topologicos" que se describe en el documento de Janusz Bialek "Topological Generation and Load Distributions Factors for Supplemental Charge Allocation in Transmission Open Access" publicado en el IEEE Transactions on Power Systems - Vol 12 - N° 3 ­ MORDAZA 1997, el mismo que sera aplicado por Red Electrica del Sur S.A." Articulo 3°.- Incorporese el Informe N° 0335-2008-GART - Anexo 1; como parte integrante de la presente resolucion. Articulo 4°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Igualmente debera ser consignada, junto con el Anexo 1, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

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