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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (23/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de agosto de 2008 378554 CONTRALORIA GENERAL Autorizan viaje de profesionales para realizar visita técnica en Brasil RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 331-2008-CG Lima, 22 de agosto de 2008VISTOS, el Memorando Nº 603-2008-CG/GDPC de la Gerencia Central de Denuncias y Participación Ciudadana, el Oficio Nº 845-2008-CG/SGE de la Secretaría General y los correos electrónicos del Tribunal de Cuentas de la Unión del Brasil de fechas 12 y 19 de agosto de 2008; así como, la Hoja de Recomendación Nº 033-2008-CG/CT de la Gerencia de Cooperación Técnica; CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 106º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado con Resolución de Contraloría Nº 070-2007-CG, la Gerencia Central de Denuncias y Participación Ciudadana de la Contraloría General de la República está encargada de la atención, evaluación y verifi cación de denuncias, así como de la ejecución de acciones rápidas y consolidación de las denuncias a nivel nacional; además de orientar a la ciudadanía e instituciones para la atención oportuna de hechos denunciados; Que, la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo suscribieron el Contrato de Préstamo Nº 1591/OC-PE para la ejecución del Programa de Modernización de la Contraloría General de la República y Desconcentración del Sistema Nacional de Control, dentro del cual se viene ejecutando el proyecto Mejoras del Proceso de Servicio de Atención de Denuncias que, a su vez, cuenta con una actividad de “benchmarking” con otras Entidades Fiscalizadoras Superiores; Que, de acuerdo a la Hoja de Recomendación de Vistos, el Tribunal de Cuentas de la Unión del Brasil, entidad rectora del Sistema Nacional de Control en la República Federativa de Brasil y que cuenta con un servicio de atención de denuncia, ha dado su conformidad a la visita técnica de profesionales de este Organismo Superior de Control, la cual se llevará a cabo en su sede institucional en la ciudad de Brasilia del 25 al 29 de agosto de 2008; Que, el programa de trabajo previsto por el Tribunal de Cuentas de la Unión del Brasil para la mencionada visita técnica, bajo la modalidad de “benchmarking” considera, entre sus actividades, la presentación de las áreas de control social (seminarios de diálogo público, acciones didácticas a los Consejos Sociales y visitas de monitoreo), la recepción y trámite de denuncias, atención de pedidos de información, así como, actuación sobre exámenes de denuncias ciudadanas y otras actividades conexas; Que, la citada visita técnica también se enmarca dentro de los Lineamientos Estratégicos de la Contraloría General, principalmente encaminados al logro del desarrollo institucional y modernización del control gubernamental, en la medida que contribuye a fortalecer capacidades técnicas a través del desarrollo y mejora continua del recurso humano, como capital intangible de la Institución; Que, la participación en la citada visita técnica permitirá tomar conocimiento de las experiencias existentes respecto del manejo de denuncias y participación ciudadana en otras Entidades Fiscalizadoras Superiores, que redundarán en la mejora de los servicios de atención a los ciudadanos que brinda la Contraloría General de la República, así como en las relaciones de coordinación y orientación existentes, que contribuyan a la consecución de los objetivos estratégicos de la Institución y del Programa de Modernización de la Contraloría General de la República y Desconcentración del Sistema Nacional de Control; por lo que, resulta conveniente autorizar la comisión de servicios para efectuar la visita técnica al Tribunal de Cuentas de la Unión de Brasil, de la señora Diana Sotelo Trinidad, Jefa del Departamento de Evaluación de Denuncias, y los señores Raúl Ramírez Aguirre y Victoria Villar Guzmán, profesionales de la Gerencia Central de Denuncias y Participación Ciudadana; Que, los gastos de los pasajes aéreos, viáticos y tarifa Córpac serán fi nanciados con cargo a los recursos del Programa de Modernización de la Contraloría General de la República y Desconcentración del Sistema Nacional de Control del Pliego del Presupuesto de la Contraloría General de la República, conforme al Memorando Nº 1113-2008-CG/GG de la Gerencia General; De conformidad con las facultades conferidas por el artículo 32º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - Ley Nº 27785, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora Diana Sotelo Trinidad, Jefa del Departamento de Evaluación de Denuncias, y de los señores Raúl Ramírez Aguirre y Victoria Villar Guzmán, profesionales de la Gerencia Central de Denuncias y Participación Ciudadana, a la ciudad de Brasilia, Brasil, del 24 al 31 de agosto de 2008 para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la comisión de servicios serán asumidos con cargo a los recursos del Programa de Modernización de la Contraloría General de la República y Desconcentración del Sistema Nacional de Control del Pliego 19 Presupuesto de la Contraloría General de la República, conforme al detalle siguiente: Diana Sotelo Trinidad: Pasajes aéreos US$ 1205,83 Viáticos (incluye un día de instalación) US$ 1200,00Tarifa CORPAC US$ 30,25 Raúl Ramírez AguirrePasajes aéreos US$ 1149,90 Viáticos (incluye un día de instalación) US$ 1200,00Tarifa CORPAC US$ 30,25 Victoria Villar Guzmán Pasajes aéreos US$ 1149,90 Viáticos (incluye un día de instalación) US$ 1200,00Tarifa CORPAC US$ 30,25 Artículo Tercero.- Los citados profesionales presentarán a la Alta Dirección un informe sobre los resultados de la visita técnica y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República del Perú, con copia a la Gerencia de Cooperación Técnica, así como un ejemplar de los materiales técnicos obtenidos dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 242484-1Descargado desde www.elperuano.com.pe