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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (06/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de diciembre de 2008 384658 Designan Director Ejecutivo de la Dirección de Calidad en Salud de la Dirección General de Salud de las Personas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 860-2008/MINSA Lima, 5 de diciembre del 2008 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 528-2005/MINSA, del 8 de julio de 2005, se aprobó la modifi cación y reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal de la Administración Central del Ministerio de Salud y en la Dirección General de Salud de las Personas está consignado el cargo de Director Ejecutivo de la Dirección de Calidad en Salud, cuya plaza se encuentra vacante y cuenta con el fi nanciamiento correspondiente; Que, por convenir al servicio es necesario designar al profesional correspondiente en el cargo vacante; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al médico cirujano LUIS VICENTE GARCÍA CORCUERA, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Calidad en Salud de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 287933-5 Designan Asesor I de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 861-2008/MINSA Lima, 5 de diciembre del 2008 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 528-2005/MINSA, del 8 de julio de 2005, se aprobó la modifi cación y reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal de la Administración Central del Ministerio de Salud y en la Ofi cina General de Salud de Asesoría Jurídica está consignado el cargo de Asesor I, cuya plaza se encuentra vacante y cuenta con el fi nanciamiento correspondiente; Que, por convenir al servicio es necesario designar a la profesional correspondiente en el cargo vacante; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la abogada FABIOLA MARIELLA SALAZAR ACOSTA, en el cargo de Asesor I, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 287933-6 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre DECRETO SUPREMO Nº 045-2008-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del artículo 16° de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, encontrándose dentro de sus competencias normativas la de dictar los reglamentos nacionales establecidos en la citada Ley, así como las que sean necesarias para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-MTC, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para acceder a las licencias de conducir de vehículos automotores y no motorizados por las vías públicas terrestres a nivel nacional y su clasificación, así como las condiciones, requisitos y procedimientos para la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, así como sus obligaciones y régimen sancionador aplicable a las mismas; Que, resulta necesaria la modifi cación de citado reglamento en lo concerniente a los requisitos para obtener las licencias de conducir de Clase B en todas sus categorías, toda vez que se advierte que algunos de ellos no redundan directamente en la mejora de la prestación del servicio de transporte terrestre en vehículos livianos motorizados; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y el Decreto Supremo N° 040-2008-MTC; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi cación del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-MTC Modifíquese el artículo 13º correspondiente a las licencias de conducir de la Clase B, Categoría II del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-MTC, en los siguientes términos: Descargado desde www.elperuano.com.pe