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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de diciembre de 2008 384660 control ofi cial de límites máximos permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores, cuyo artículo 12º prevé el procedimiento de renovación de la homologación, determinando los requisitos a seguir a fi n de que se les otorgue; Que, la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ S.R.L. obtuvo mediante Resolución Directoral Nº 008-2002-MTC/15.23 del 11 de marzo de 2002, la homologación de los equipos para medición de emisiones vehiculares: Opacimetro marca Pierburg Instruments – Hemann, modelo DO 285, con Código de Homologación DO-001- 2002-DGMA-MTC; Analizador de Cuatro Gases HGA 400 4 GR, con Código de Homologación G-002-2002-DGMA-MTC y Analizador de Cuatro Gases MHC 218, con Código de Homologación G-001-2002-DGMA-MTC, cuya vigencia se extendió por el plazo de dos (02) años contados a partir de su publicación; Que, mediante Resolución Directoral Nº 021-2004- MTC/16 del 12 de mayo de 2004, se aprobó la renovación de la vigencia de homologación de los equipos para medición de emisiones vehiculares: Opacimetro marca Pierburg Instruments – Hemann, modelo DO 285, con Código de Homologación DO(R)-001-2002-DGASA-MTC; Analizador de Cuatro Gases HGA 400 4 GR, con Código de Homologación G(R)-002-2002-DGASA-MTC y Analizador de Cuatro Gases MHC 218, con Código de Homologación G(R)-001-2002-DGASA-MTC, a favor de la empresa en mención y cuyo plazo se extendió por el periodo de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, por Resolución Directoral Nº 060-2006-MTC/16 del 13 de octubre de 2006, se aprobó la segunda renovación de la vigencia de homologación de los equipos para medición de emisiones vehiculares: Opacimetro marca Pierburg Instruments – Hemann, modelo DO 285, con Código de Homologación DO(R)-001-2002-DGASA-MTC; Analizador de Cuatro Gases HGA 400 4 GR, con Código de Homologación G(R)-002-2002-DGASA-MTC y Analizador de Cuatro Gases MHC 218, con Código de Homologación G(R)-001-2002-DGASA-MTC, a favor de la empresa en mención y cuyo plazo se extendió por el periodo de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, del Informe Nº 389-2008-MTC/16.01, se desprende que la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ S.R.L. ha cumplido con presentar adjunto a su solicitud de renovación, la declaración jurada exigida en la que consta que el solicitante mantiene su condición de fabricante o representante autorizado y que el equipo no ha sufrido modifi cación de las características técnicas con las cuales fue homologado, cumpliendo lo exigido por el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Nº 27791, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC y Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la renovación de la vigencia de homologación de los equipos para medición de emisiones vehiculares: Opacimetro marca Pierburg Instruments – Hemann, modelo DO 285, con Código de Homologación DO(R)-001-2002-DGASA-MTC; Analizador de Cuatro Gases HGA 400 4 GR, con Código de Homologación G(R)-002-2002-DGASA-MTC y Analizador de Cuatro Gases MHC 218, con Código de Homologación G(R)-001-2002-DGASA-MTC. Esta aprobación tendrá una vigencia de dos (02) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- Los Certifi cados de Equipos Homologados para la medición de emisiones vehiculares correspondientes al Código de Homologación Nº DO(R)-001-2002-DGASA-MTC; Nº G(R)-002-2002-DGASA-MTC, así como el correspondiente al Código de Homologación Nº G(R)-001-2002-DGASA-MTC, mantendrán su vigencia por un periodo de dos (02) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 3º.- El uso de los equipos homologados para el control ofi cial de los límites máximos permisibles, requerirá de la previa autorización de uso, emitida por esta Dirección General, de conformidad con el artículos 15º y siguientes del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC. Artículo 4º.- El titular está obligado a comunicar los cambios o modifi caciones que puedan sufrir los presentes modelos de equipos en su conformación o funcionamiento, así como en la información presentada para esta aprobación, pudiendo ser revocada conforme a Ley. Comuníquese, regístrese y publíquese. PAOLA NACCARATO DE DEL MASTRO Directora General Dirección General de AsuntosSocio Ambientales 283453-1 Modifican permiso de operación de aviación comercial de la compañía Servicios Aéreos de los Andes S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 210-2008-MTC/12 Lima, 13 de noviembre del 2008 Vista la solicitud de la compañía SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C. sobre Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo Especial; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral N° 120-2005- MTC/12 del 26 de julio del 2005, se otorgó a la compañía SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo Especial, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 16 de setiembre del 2005, modifi cada a través de la Resolución Directoral Nº 104-2007-MTC/12 del 16 de mayo del 2007; Que, mediante Documento de Registro N° 2008-040086 del 06 de octubre del 2008, la compañía SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C. solicitó la Modifi cación de su respectivo Permiso de Operación, en el sentido de incrementar material aeronáutico, zonas y sub-bases de operación; Que, según los términos del Memorando N° 1121- 2008-MTC/12 y Memorando Nº 4555-2008-MTC/12.04; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C., la Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Descargado desde www.elperuano.com.pe