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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de diciembre de 2008 384661 Aéreo Especial, otorgado mediante la Resolución Directoral Nº 120-2005-MTC/12 del 26 de julio del 2005 modifi cada a través de la Resolución Directoral Nº 104-2007-MTC/12 del 16 de mayo del 2007, a fi n de incrementar material aeronáutico, zonas y sub-bases de operación, de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONAUTICO: (además de los ya autorizados) - Twin Otter DHC-6 Series 300 de Haviland, Ruedas / Flotadores - Sky Truck- EMB-120- ERJ Series- Kamov KA 32 A11BC- Sikorsky Series- Bell 412 ZONAS DE OPERACIÓN: (además de las ya autorizadas) - Río Amazonas - Río Pintuyacu- Moronacocha- Río Nanay - Río Tigre - Río Corrientes- Río Urituyacu- Río Pastaza- Laguna Rimachi- Río Morona- Río Marañón- Río Huallaga- Río Napo- Río Putumayo - Río Ucayali SUB-BASE DE OPERACIONES: (además de las ya autorizadas) - Río NanayArtículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 120-2005-MTC/12 del 26 de julio del 2005 y Resolución Directoral Nº 104-2007-MTC/12 del 16 de mayo del 2007 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO LOPEZ MAREOVICH Director General de Aeronáutica Civil 282479-1 VIVIENDA Aprueban transferencias financieras a favor de las Municipalidades Distritales de Santa Rosa y San Jacinto y Provincial de Sánchez Carrion RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 778-2008-VIVIENDA Lima, 3 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial No. 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley No. 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del Sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, así como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, mediante Decreto Supremo No. 017-2007- VIVIENDA se crea el “Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos” - PIMBP, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, y se aprueba la fusión de diversos Proyectos y/o Programas, entre ellos, el Proyecto de Mejoramiento Integral de Vivienda y Pueblos Rurales - Mejorando Mi Pueblo”, con el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, teniendo este último la calidad de Programa absorbente; Que, con Resolución Ministerial No. 105-2008- VIVIENDA, se aprueba la selección de 234 Centros Poblados en los que se ejecutarán proyectos de inversión pública que se encuentran en fase de inversión, en el marco del proyecto “Mejorando Mi Pueblo” del PIMBP, entre ellos el Centro Poblado Santa Rosa, distrito de Santa Rosa, provincia de Pallasca, departamento de Ancash; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley No. 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la Página Web del Pliego; Que, mediante Informe No. 026-2008-VIVIENDA/ VMVU-PIMBP-MPOS de fecha 31 de octubre de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, emite opinión técnica favorable para aprobar la transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, hasta por la suma de Doscientos Treinta y Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Uno y 38/100 Nuevos Soles (S/. 235 851,38), para fi nanciar la ejecución del Proyecto “CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS, EN EL DISTRITO DE SANTA ROSA, PROVINCIA DE PALLASCA - ANCASH” con Código SNIP No. 55743; Que, con fecha 27 de noviembre de 2008 el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, suscribió Convenio Específi co con la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto con Código SNIP No. 55743; Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley No. 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo, a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, provincia de Pallasca, departamento de Ancash, hasta por la suma de Doscientos Treinta y Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Uno y 38/100 (S/. 235 851,38), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del proyecto con Código SNIP No. 55743, detallado en el Anexo 1, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo 2, los que forman parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución del mencionado Proyecto, quedando la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2°.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al Descargado desde www.elperuano.com.pe