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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (06/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de diciembre de 2008 384654 Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Paulinich Velarde, Director General de OMC y Negociaciones Económicas Internacionales de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, a fi n que participe en la “Primera Reunión Ministerial de la Iniciativa Caminos Hacia la Prosperidad en las Américas”, a realizarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 09 al 10 de diciembre de 2008. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19437 – Integración Política y Negociaciones Económico-Comerciales Internacionales, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Javier Paulinich Velarde 951.22 200.00 2+1 600.00 30.25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario diplomático, deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 286809-1 SALUD Aprueban transferencia financiera a favor de gobiernos regionales para el pago de la Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial y pago de Productividad para Direcciones Regionales de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 855-2008/MINSA Lima, 5 de diciembre del 2008 VISTO: el Informe Nº 340-2008-OGPP-OP/MINSA elaborado por la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1061-2007/MINSA, de fecha 28 de diciembre de 2007, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2008 del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 762-2008/ MINSA de fecha 23 de octubre de 2008 se aprueba el Acta de Acuerdos suscrito entre los representantes del Ministerio de Salud y la Federación Médica Peruana; Que, en el punto 1 del Acta de Acuerdos el Ministerio de Salud se compromete a efectuar las revisiones presupuestales respectivas a efecto de colaborar con su propio presupuesto a los Gobiernos Regionales para el pago de Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial – AETA y pago de Productividad, dentro de su marco presupuestal; Que, la primera Disposición complementaria y modifi catoria de la Ley Nº 29258, Ley que autoriza, durante el Año Fiscal 2008, la operación de la Unidad Ejecutora 123 en el Pliego 011- Ministerio de Salud y dicta otras disposiciones, modifi ca el artículo 75º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411 y modifi catorias, incluyéndose el literal m) en el numeral 75.4, conforme a lo siguiente: “m) Del Ministerio de Salud para actividades y proyectos de inversión en salud”; Que, mediante la inclusión indicada en el párrafo precedente se dispone que son consideradas también transferencias fi nancieras las que realizan, entre otros, el Ministerio de Salud, debiendo estas transferencias fi nancieras ser aprobadas mediante resolución del Titular del Pliego; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe del Visto, es necesario dar cumplimiento a los acuerdos suscritos transfi riendo recursos presupuestarios a los Pliegos Gobiernos Regionales, con el objeto de efectuar el pago de la Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial – AETA a médicos de las Direcciones Regionales de Salud y personal asistencial y pago de Productividad a personal técnico administrativo, correspondiente al mes de diciembre, que de no realizarse afectará la adecuada prestación de los servicios de salud, poniendo en riesgo a los ciudadanos, en especial a la población más necesitada; Que, en el marco de los considerandos anteriores es necesario efectuar transferencias fi nancieras por el importe de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 421 280,00); Estando a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Ofi cina de Presupuesto y con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, la Ley Nº 29258, Ley que autoriza, durante el año fi scal 2008, la operación de la unidad ejecutora 123 en el Pliego 011- Ministerio de Salud y dicta otras disposiciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 011-Ministerio de Salud, a favor de los Gobiernos Regionales, cuyo desagregado se presenta en el Anexo “Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial y pago de Productividad para Direcciones Regionales de Salud” que forma parte de la presente Resolución, hasta por la suma de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 421 280,00). Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2008 de la unidad ejecutora 001: Administración Central – MINSA, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los Pliegos Habilitados comprendidos en el presente dispositivo desagregan, en anexos, el detalle de los ingresos que correspondan a la Transferencia Financiera dispuesta en el artículo precedente, a nivel de Categoría del Ingreso, Genérica del Ingreso, Subgenérica del Ingreso y Específi ca del Ingreso. Los citados anexos son presentados a la Dirección Nacional del Presupuesto Público dentro de los cinco (05) días siguientes de la aprobación del presente dispositivo. Descargado desde www.elperuano.com.pe