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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 8 de diciembre de 2008 384777 Departamento Arequipa Provincia Camaná Nombre de la ZonaArqueológicaMonumentalDistritoDatum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Pescadores Ocoña Sector A 686247.6048 Sector B 686366.0426Sector A 8187556.2778 Sector B 8187596.9644Sector A 686020.0248 Sector B 686138.4626Sector A 8187195.7178 Sector B 8187236.4044 - Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de la zona arqueológica monumental Pescadores, ubicada en el distrito de Ocoña, provincia de Camaná, departamento de Arequipa, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre de la Zona Arqueológica MonumentalNº de Plano en Datum PSAD56Nº de Plano en Datum WGS84Área (m2) Área (ha)Perímetro (m) Pescadores 01 01Sector A 1594898.15 Sector B 2244958.68Sector A 159.489815 Sector B 224.495868Sector A 5613.48 Sector B 8759.48 Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico, cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro. Departamento Arequipa Provincia Camaná Nombre de la ZonaArqueológicaMonumentalDistritoDatum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Pescadores Ocoña Sector A 686247.6048 Sector B 686366.0426Sector A 8187556.2778 Sector B 8187596.9644Sector A 686020.0248 Sector B 686138.4626Sector A 8187195.7178 Sector B 8187236.4044 Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de la zona arqueológica monumental Pescadores, ubicada en el distrito de Ocoña, provincia de Camaná, departamento de Arequipa, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre de la Zona Arqueológica MonumentalNº de Plano en Datum PSAD56Nº de Plano en Datum WGS84Área (m2) Área (ha)Perímetro (m) Pescadores 01 01Sector A 1594898.15 Sector B 2244958.68Sector A 159.489815 Sector B 224.495868Sector A 5613.48 Sector B 8759.48 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación del sitio arqueológico mencionado en el Artículo 1º y de los planos señalados en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionalesy otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a la SUNARP, COFOPRI, municipalidad distrital y provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 287744-4 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban el Reglamento de Organización, Estructura y Funcionamiento del Consejo Regional de la Mujer de la Región Arequipa - CREM AQP ORDENANZA REGIONAL Nº 066-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 60º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es su competencia ejercer función específi ca en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, con énfasis en el concepto de equidad de género y apoyo a los sectores de riesgo y vulnerabilidad, como es el caso de las mujeres; Que, mediante Ordenanza N° 028-2008 de fecha seis de diciembre del año 2007, el Gobierno Regional ha creado el Consejo Regional de la Mujer de la Región Arequipa - CREM AQP; Que, dicha Ordenanza Regional, en su artículo 3° conforma la Comisión Transitoria, la misma que mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 094-2008-GRA/PR, de fecha 14 de febrero quedó debidamente constituida con representantes institucionales; Que asimismo, en su Disposición Transitoria Única, la mencionada Ordenanza Regional, dispone que la Comisión Transitoria presentará ante el Consejo Regional del Gobierno Regional la propuesta de estructura y funcionamiento del Consejo Regional de la Mujer de la Región Arequipa; para su correspondiente aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, en cumplimiento a la citada Disposición Transitoria Única, la Presidenta de la Comisión Regional de la Mujer, del Niño y el Adolescente, del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, y Presidenta de la Comisión Transitoria, a través del Oficio N° 059-2008-GRA/CR-LA UNION, pone a consideración de la Presidencia del Consejo Regional el documento Propuesta de Estructura, Organización y Funcionamiento del Consejo Regional de la Mujer de la Región Arequipa, para su correspondiente aprobación; Por estos fundamentos, con arreglo a lo previsto en el artículo 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante -en el presente caso- con lo dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 028-AREQUIPA, estando a lo acordado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 26 de noviembre del 2008; Descargado desde www.elperuano.com.pe