Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2008 (15/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 15 de diciembre de 2008

la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion mediante el Memorando Nº 0282-2008-PRODUCE/PP de fecha 22 de octubre del 2008. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 148-2007PRODUCE/DGEPP del 15 de marzo del 2007, en estricto cumplimiento del mandato judicial y bajo responsabilidad del Juzgado Mixto de MORDAZA El MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, segun lo ordenado a traves de la Resolucion Nº 3 del 2 de febrero de 2007 y Resolucion Nº 5 del 2 de marzo de 2007, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a efectos de operar la embarcacion "DONA MECHE" de matricula Nº CO-15863-PM, con una capacidad de bodega de 107.95 m3 para dedicarla a la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano directo; Que por Resolucion Directoral Nº 278-2007PRODUCE/DGEPP del 30 de MORDAZA del 2007, en estricto cumplimiento del mandato judicial y bajo responsabilidad del Juzgado Mixto de MORDAZA El MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, segun lo ordenado a traves de la Resolucion Nº 8 del 4 de MORDAZA del 2007, se modifico la Resolucion Directoral Nº 148-2007-PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de marzo del 2007, en el extremo referido a los recursos hidrobiologicos autorizados a extraer, entendiendose que la embarcacion MORDAZA MECHE de matricula CO-15863-PM con 107.95 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de los recursos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo; Que el articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 1482007-PRODUCE/DGEPP del 15 de marzo del 2007 y el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 278-2007PRODUCE/DGEPP del 30 de MORDAZA del 2007, precisa que el derecho administrativo concedido por las Resoluciones MORDAZA indicadas, quedara sin efecto de pleno derecho en el caso que el Poder Judicial asi lo ordene o lo declare; Que mediante Memorando Nº 0282-2008-PRODUCE/ PP del 22 de octubre del 2008, la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion alcanza a esta Direccion Nacional MORDAZA de la Resolucion Nº 14 del 30 de setiembre del 2008 a traves de la cual el Juzgado Mixto de MORDAZA El MORDAZA resuelve declarar la Nulidad de todo lo actuado por haber devenido la ejecucion en imposible, declarando Nulas las ordenes expedidas por el Juzgado contra el Ministerio de la Produccion por la que se le ordena expida autorizacion de pesca a favor de la embarcacion "DONA MECHE" por la que el Ministerio de la Produccion expidio la Resolucion Administrativa Directoral Nº 148-2007-PRODUCE/DGEPP oficiandose al Ministerio de la Produccion; Que el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de indole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido a sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la Ley senala, asimismo que ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominacion, fuera de la organizacion jerarquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el organo jurisdiccional, no se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecucion, ni cortar procedimientos en tramite, bajo responsabilidad politica administrativa, civil y penal que la Ley determine en cada caso; Que de acuerdo al mandato judicial dispuesto por el Juzgado Mixto de MORDAZA El MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a traves de la Resolucion Nº 14 de fecha 30 de setiembre del 2008, y en cumplimiento del mismo, corresponde dejar sin efecto en todos sus extremos la Resolucion Directoral Nº 148-2007-PRODUCE/DGEPP del 15 de marzo del 2007 y la Resolucion Directoral Nº 278-2007-PRODUCE/DGEPP del 30 de MORDAZA del 2007, y;

Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 652-2008PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- En estricto cumplimiento del mandato judicial contenido en la Resolucion Numero 14 del 30 de setiembre del 2008, emitida por el Juzgado Mixto de MORDAZA El MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dejar sin efecto en todos sus extremos la Resolucion Directoral Nº 148-2007-PRODUCE/DGEPP del 15 de marzo del 2007 y la Resolucion Directoral Nº 278-2007-PRODUCE/ DGEPP del 30 de MORDAZA del 2007. Articulo 2º.- Excluir la Resolucion Directoral Nº 1482007-PRODUCE/DGEPP y la Resolucion Directoral Nº 278-2007-PRODUCE/DGEPP, asi como a la embarcacion denominada "DONA MECHE", del literal B del anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y al Juzgado Mixto de MORDAZA El MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, debiendo consignarse en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 290283-6

RELACIONES EXTERIORES
Dan a conocer resultado final de MORDAZA penal seguido contra Embajador SDR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1421-2008-RE MORDAZA, 12 de diciembre de 2008 VISTA: La Ejecutoria de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del 31 de MORDAZA de 2008, que declaro no haber nulidad de la sentencia que absuelve al Embajador SDR MORDAZA MORDAZA Paulinich MORDAZA, de los cargos de peculado y peculado de uso formulados en su contra por el Ministerio Publico, al no encontrar responsabilidad alguna de su parte en la comision de los referidos ilicitos penales en agravio del Estado peruano; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0246-2004RE del 06 de MORDAZA de 2004, se autorizo al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que a nombre y representacion del Estado interponga las acciones legales en contra del Embajador SDR MORDAZA MORDAZA Paulinich MORDAZA, por la presunta comision de los delitos de peculado y peculado de uso en agravio del Estado peruano; Que, al haberse resuelto el MORDAZA penal con la absolucion del citado funcionario, corresponde hacer publico el resultado final del mismo, en aras de la imagen personal y profesional del Embajador SDR MORDAZA MORDAZA Paulinich Velarde; De conformidad con la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica (Ley N° 28091) y su Reglamento (Decreto Supremo N° 0130-2003-RE);

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