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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (17/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 92

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de diciembre de 2008 385374 conformidad con lo establecido en el artículo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por D.S. N° 072–2003–PCM, Artículo Cuarto.- DAR cuenta a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Tecnología y Sistemas de información, Ofi cina de Secretaría General, Ofi cina de Informática, Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional y al interesado para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.JOSÉ E. AGUILAR SANTISTEBAN Alcalde 291336-1 Designan funcionario responsable de brindar información pública en aplicación de lo dispuesto en la Ley N° 27806 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 1255-2007-A/MPP San Miguel de Piura, 05 de noviembre de 2007Visto, el Informe N° 1197–2007–OSG/MPP, de fecha 18 de octubre de 2007, emitido por la Ofi cina de Secretaría General; CONSIDERANDOQue, mediante el Artículo Segundo de la Resolución de Alcaldía N° 827–2007–A/MPP de fecha 27 de junio de 2007, se designa al Sr. Manuel Francisco Palomino Ortiz, Jefe de la Ofi cina de Secretaría General, como funcionario responsable de brindar la información Pública en aplicación de lo dispuesto en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley N° 27806; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 01208– 2007–A/MPP de fecha 16 de octubre de 2007, se designa al Abog. Javier Eduardo López Romaní, en el cargo de confi anza de Jefe de la Ofi cina de Secretaría General de esta Municipalidad Provincial; Que, teniendo en cuenta los considerandos precedentes así como lo dispuesto por el TUO de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por D.S. N° 043–2003–PCM y su Reglamento aprobado por D.S. N° 072–2003–PCM, resulta necesario efectuar las modifi caciones correspondientes a la Resolución de Alcaldía N° 827–2007–A/MPP de fecha 27 de junio de 2007; Que, en mérito a lo expuesto, y en atención al proveído de fecha 19 de octubre de 2007 emitido por la Gerencia Municipal, y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 20° inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972. SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR al Abog. Javier Eduardo López Romaní, Jefe de la Ofi cina de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Piura, como funcionario responsable de brindar la información Pública en aplicación de lo dispuesto por el TUO de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por D.S. N° 043–2003–PCM y su Reglamento aprobado por D.S. N° 072–2003–PCM, Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por D.S. N° 072–2003–PCM, Artículo Tercero.- DAR cuenta a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Ofi cina de Secretaría General, Ofi cina de Informática, Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.MONICA ZA PATA DE CASTAGNINO Alcaldesa 291336-2MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONTABAMBA Exoneran de proceso de selección la adquisición de camión compactador de recojo de residuos solidos ACUERDO DE CONCEJO Nº 039-2008-MDCH Chontabamba 11 de diciembre de 2008.EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONTABAMBA VISTO:En Sesión de Concejo Extraordinaria de fecha 11 de Diciembre del año 2008, referente al desabastecimiento inminente del servicio de recojo, transporte y disposición fi nal de residuos sólidos del Distrito de Chontabamba, y; CONSIDERANDOQue, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de municipalidades son Órganos de gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, conforme establece el texto único de la Ley de Contrataciones y adquisiciones del Estado en su Art. 21, concordante con el Art. 141 del reglamento de la Ley de contrataciones y adquisiciones del Estado, se considera situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio y obra que compromete en forma directa e inminentemente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, de manera esencial por el siniestro del tractor agrícola de propiedad del Instituto Superior Tecnológico Público Oxapampa, que se encontraba en un estado catastrófi co y contándose con los informes pertinentes que acreditan la situación de desabastecimiento, lo que a la postre va a generar la acumulación de basura en el Distrito, generando contaminación del medio ambiente, que causará daño en la salud de la población chontabambina, por lo que el peligro es inminente. Que viendo el estado catastrófi co en que ha quedado el tractor agrícola después de su siniestro y al no encontrarse operativo dicha unidad, el Distrito de Chontabamba se encuentra en peligro de contaminación inminente al no poderse cumplir con el recojo de la basura del Distrito. Estando a las facultades conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas conexas en sus partes pertinentes, el Concejo Municipal por Unanimidad. SE ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR en desabastecimiento inminente el servicio de limpieza pública, la recolección transporte y disposición fi nal de residuos sólidos en el Distrito de Chontabamba. Artículo Segundo.- APROBAR la exoneración del proceso de selección para la adquisición del camión compactador de recojo de residuos sólidos. Artículo Tercero.- ADQUIRIR un vehículo compactador para el servicio de recojo, transporte y disposición fi nal de residuos sólidos para el Distrito de Chontabamba. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a los Miembros del Comité Especial Permanente iniciar el proceso de selección al término de la distancia bajo las Normas y Reglamentos de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Comuníquese, regístrese, cúmplase y archívese. WILSON HUAMAN MEGO Alcalde 291334-1Descargado desde www.elperuano.com.pe