TEXTO PAGINA: 77
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de diciembre de 2008 385359 1. Artículo 3º.- “La facultad para autorizar, diseñar y conducir los procesos de promoción de la asociación público privada para el desarrollo de la infraestructura deportiva, corresponde con carácter exclusivo al Instituto Peruano del Deporte, en su calidad de ente rector del Sistema Deportivo Nacional y de acuerdo con la competencia otorgada por el artículo 8, numeral 18, de la Ley Nº 28036”. 2. Artículo 4º.- “Los proyectos de asociación público- privada regulados por el presente Reglamento pueden ser indistintamente generados por el Instituto Peruano del Deporte o por iniciativa privada (…)”. 3. Artículo 7º.- “ (…)La ejecución de infraestructura deportiva comprende de manera total o parcial una o más de las siguientes actividades: su rehabilitación, mantenimiento, reparación y construcción. La explotación comprende la utilización de la infraestructura deportiva, así como la compensación por aplicación de los sistemas de recuperación de la inversión, de acuerdo con los términos en los que fue otorgada la concesión respectiva.(…)”. 4. Artículo 10º.- “La concesión de la infraestructura deportiva o de inmuebles será efectuada mediante Licitación Pública o Concurso de Proyectos Integrales. El plan de promoción, de ser el caso, y las bases del proceso serán aprobados por el Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte. (…)”. Que, con Resolución Nº 142-2008-P/IPD, de fecha 31 de Marzo del 2008, se conformó el Comité Especial que estaría a cargo de la conducción del proceso de concesión del predio ubicado en San Juan de Mirafl ores, el cual fue reemplazado mediante Resolución Nº 447-2008-P/IPD de fecha 06 de Octubre del 2008. Que, con Expediente Nº 018273 de fecha 28 de Agosto del 2008, la empresa Supermercados Peruanos S.A. presentó al Instituto Peruano del Deporte la iniciativa de proyecto de Inversión Privada en la modalidad de Concesión de Uso de un terreno ubicado al interior del actual Complejo Deportivo San Juan de Mirafl ores, con un área de 13,656.39 m2, para la creación de un Proyecto deportivo comercial. Que, con Expediente Nº 023072 de fecha 05 de Noviembre del 2008 y el Expediente Nº 024842 de fecha 02 de Diciembre del 2008, la empresa Supermercados Peruanos S.A. subsanó y consolidó las observaciones advertidas a dicho proyecto. Que, de conformidad con el Artículo 12º del Reglamento para la Promoción de la Participación Privada en el Desarrollo de la Infraestructura Deportiva del Instituto Peruano del Deporte, el Comité Especial, en su Informe Nº 001-2008-CE/CDSJM-IPD, de fecha 03 de Diciembre del 2008, señala que habiéndose subsanado las observaciones efectuadas durante el proceso de evaluación y califi cación, corresponde elevar la propuesta de iniciativa privada presentada por la empresa Supermercados Peruanos S.A., a la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte, señalando además que el mencionado Comité respalda la propuesta por considerarla conveniente para el desarrollo de la infraestructura deportiva del IPD. Que, según lo dispuesto en el numeral 4 del Artículo 13º, del Reglamento, antes citado, la Presidencia del IPD, luego de efectuar el análisis de la documentación presentada, atendiendo a la finalidad buscada por esta Institución y a las características peculiares del proyecto que se piensa desarrollar, siendo el tratamiento más adecuado para este tema el de un proceso de concesión dentro del marco de la promoción de la inversión privada, declara de interés la iniciativa privada presentada por la empresa Supermercados Peruanos S.A.. Que, el Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte, en Sesión Extraordinaria, luego de tomar conocimiento de la solicitud de iniciativa privada presentada por la empresa Supermercados Peruanos S.A., acordó que la Presidencia del IPD emita el acto administrativo por el cual se Declare de Interés la iniciativa privada denominada “Centro Deportivo y Comercial – IPD San Juan de Mirafl ores”; Al amparo de lo dispuesto por el numeral 6º del Artículo 13º de la Ley Nº 28036 – Ley de promoción y desarrollo del deporte, en uso de sus facultades conferidas la Ley Nº 28036 y Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM; Con la Visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General del Instituto Peruano del Deporte;RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la DECLARACIÓN DE INTERÉS de Iniciativa Privada presentada por la empresa Supermercados Peruanos S.A., de conformidad con los considerandos expuestos y conforme al Resumen Ejecutivo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Aprobar la publicación de la Declaración de Iniciativa Privada, en el Diario Ofi cial El Peruano, en otro de circulación nacional y en la Página Institucional del IPD (www.ipd.gob.pe), a fi n de que terceros interesados presenten sus expresiones de interés respecto a la ejecución del mismo proyecto u otro alternativo. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente acuerdo a la Presidencia del IPD y al Comité Especial, conforme a las disposiciones legales del Instituto Peruano del Deporte y a las normas legales complementarias. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y publíquese.ARTURO WOODMAN POLLITT Presidente RESUMEN EJECUTIVO DE LA INICIATIVA PRIVADA DENOMINADA “CENTRO DEPORTIVO Y COMERCIAL– IPD SAN JUAN DE MIRAFLORES” 1. RESUMEN DEL PROYECTO.(a) Objeto y alcance del proyecto de inversión.El proyecto de inversión tiene por objeto la entrega en concesión de un bien de propiedad del IPD, con un compromiso de inversión en la construcción, mantenimiento y operación de un centro comercial, así como la ejecución, desarrollo e implementación de infraestructura deportiva. (b) Bien sobre el cual se desarrollará el proyecto de inversión. El terreno, propiedad del IPD conforme a la Resolución Nº 013-2008/SBN-GO-JAD del 01 de febrero de 2008, donde se desarrollará el proyecto de inversión, tiene una extensión superfi cial de 13,656.39 m2, que forma parte de un área de mayor extensión de 42,307,10 m2, ubicado en el Sub Lote E-3-B de la Sub Parcela E-3 del distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11973274 del Registro de Predios de Lima (c) Modalidad contractual y plazo del contrato.Concesión onerosa por un plazo de diez (10) años renovables automáticamente por períodos de igual término hasta por un plazo máximo de cuarenta (40) años. (d) Monto referencial de la inversión.El Monto Total de la Inversión asciende a la suma de S/. 32’530,000.00 (Treinta y dos millones quinientos treinta mil con 00/100 Nuevos Soles). (e) Cronograma tentativo del proyecto de inversión.La ejecución del proyecto de inversión se estima en dieciocho (18) meses. (f) Forma de retribución propuesta.La retribución por la concesión será efectuada mediante el pago del Monto Total de la Inversión, el cual se entenderá realizado a través de la ejecución de las obras respectivas. 2. ELEMENTOS ESENCIALES DEL PROYECTO DE CONTRATO. - Modalidad de contratación: Concesión onerosa.Descargado desde www.elperuano.com.pe