TEXTO PAGINA: 80
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de diciembre de 2008 385362 Que, con Memorandum Nº 405-2008-OGPP-OPE/ INEN, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, señala la disponibilidad presupuestal adicional, por el monto total ascendente a S/ 620,536,85 (Seiscientos Veinte Mil Quinientos Treinta y Seis con 85/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, para la “Adquisición de medicamentos”; Que, en consecuencia existiendo disponibilidad presupuestal y dada la necesidad de contar con los medicamentos, resulta conveniente emitir el acto administrativo correspondiente a efectos de autorizar el otorgamiento de la buena pro, en dicho proceso de exoneración; Por estas consideraciones, con el visado del Director de la Ofi cina General de Administración, del Director de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director de la Ofi cina de Logística, Dirección de Servicios de Apoyo al Diagnóstico y Tratamiento, Departamento de Farmacia y del Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas –INEN; y, De conformidad con las atribuciones establecidas en la Resolución Suprema Nº 003-2008-SA y el literal x) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2007-SA; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la ampliación presupuestal y en consecuencia AUTORIZAR a la Ofi cina Ejecutiva de Logística de la Ofi cina General de Administración del INEN, el Otorgamiento la Buena Pro del proceso de Exoneración por el Monto Total de S/. 6´845,944.00 (Seis Millones Ochocientos Cuarenta y Cinco Mil Novecientos Cuarenta y Cuatro con 00/100 Nuevos Soles), conforme al detalle expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Ofi cina de Logística prosiga de acuerdo a la autorización contenida en el Artículo Tercero de la Resolución Jefatural Nº 305-2008-J/INEN, de acuerdo a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Jefe Institucional 291495-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Reglamento Interno del Consejo Regional de Madre de Dios ANEXO - ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2008-RMDD/CR (La Ordenanza de la referencia fue publicada en nuestra edición del día 10 de marzo de 2008) REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS CAPÍTULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES Artículo I. - El presente Reglamento Interno de Organización y Funciones, tiene por objetivo establecer las funciones del Consejo Regional, de las Comisiones Ordinarias, de Investigación y Especiales, defi ne su organización y funcionamiento, así como las responsabilidades y las prerrogativas de los miembros del Consejo Regional y regula sus procedimientos.Artículo II.- El Consejo Regional es la Instancia Normativa y Fiscalizadora del Gobierno Regional sus funciones y atribuciones están señaladas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. Está integrado por los Siete Consejeros Regionales que son elegidos en forma directa, de acuerdo a ley. Artículo III.- Anualmente, en la primera semana del mes de enero, el Consejero de mayor edad, convocará a los señores Consejeros Regionales para que elijan entre ellos a un Consejero Delegado que convoca y preside las sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos, el cual es elegido por mayoría simple. Sus funciones concluyen el 31 de diciembre del año de la elección. No existe la reelección inmediata para este cargo. El Consejo Regional es convocado para la sesión de instalación por el Consejero de mayor edad, en dicha sesión, tomará juramento al Consejero Delegado. CAPÍTULO I ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL Artículo 1º.- El Consejo Regional está integrado por los Consejeros Regionales. Artículo 2º.- El Consejo Regional es la máxima instancia deliberativa de la Región. Está integrada por los Consejeros Regionales de acuerdo con las reglas de quórum y procedimiento que establece el presente Reglamento. En sus sesiones se debaten y se votan todos los asuntos de su competencia. Las Comisiones y reglas de conformaciónArtículo 3º.- Las Comisiones son grupos de trabajo, que están conformadas por los miembros del Consejo Regional, su función principal es producir normas, así como también el seguimiento y fi scalización de los actos de los organismos públicos de la región. También les compete el estudio y dictamen de los proyectos de normas y la absolución de consultas en los asuntos que son puestos en su conocimiento, de acuerdo con su especialidad o materia. Clases de Comisiones:Artículo 4º.- Para el funcionamiento estructurado y orgánico, el Consejo Regional adoptará las siguientes Comisiones: a) Comisiones Ordinarias ; formularán el estudio y dictamen de la Agenda del Consejo Regional, dando prioridad a la función normativa y fi scalizadora y se conformarán para tratar temas relacionados al Desarrollo Económico, Desarrollo Social, Infraestructura, Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y otros de interés general. b) Comisiones de Investigación ; para la realización del estudio, análisis y del dictamen del tema materia de investigación. c) Comisiones Especiales ; constituidas con fi nes protocolares, ceremoniales o para la realización de cualquier estudio especial o trabajo conjunto con comisiones del Gobierno Regional. Artículo 5º.- Las Comisiones estarán compuestas por un mínimo de tres miembros, y contarán con un Presidente, Secretario y Vocal elegidos por el Consejo Regional en la misma sesión en la que se fi jarán los plazos correspondientes. Los miembros de las Comisiones Ordinarias serán elegidos por un año en la primera quincena del mes de enero. Las Comisiones Ordinarias son las siguientes: 1. Comisión Agraria, Medio Ambiente y Amazonía. 2. Comisión de Salud, Población, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil. 3. Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Deporte y Cultura. 4. Comisión de Comercio, Industria, Turismo y Artesanía. 5. Comisión de Energía, Minas, Hidrocarburos, Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Descargado desde www.elperuano.com.pe