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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (18/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de diciembre de 2008 385428 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específicas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas, que específicamente resulta: Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; conforme lo señala el inciso f) del artículo 59° de la referida Ley; Que, por Resolución Ministerial N° 046–2008-MEM/ DM, publicada con fecha 02 de Febrero de 2008, se declaró que el Gobierno Regional de Junín, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de las mismas; Que por Ordenanza Regional N° 030-GRJ/CR del Gobierno Regional Junín, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones, en el que se señala las facultades de la Dirección Regional de Energía y Minas de Junín y que faculta el Otorgamiento de Título de Concesiones Mineras; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, se publicará mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la aprobación de la Dirección General de Concesiones Mineras del Instituto Geológico Minero Metalúrgico – INGEMMET, y de la Dirección Regional de Energía y Minas Junín - DREM; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM; y, el artículo 24° del Decreto Supremo N° 018-92-EM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Publíquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de Noviembre del 2008, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124° del Decreto Supremo N° 014-92-EM y 24° del Decreto Supremo N° 018-92-EM. Regístrese y publíquese.CÉSAR PAÚL ORTIZ JAHN Director RegionalDirección Regional de Energía y Minas 291264-1 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Modifican el Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto Especial Madre de Dios ORDENANZA REGIONAL Nº 023-2008-GRMDD/CR POR CUANTOEl Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria llevada a cabo el 03 de octubre del 2008, aprobó la siguiente Ordenanza Regional.CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-81-PCM, de fecha 15 de mayo del año 1981, fue creado el Proyecto Especial Madre de Dios, dentro del ámbito del Departamento de Madre de Dios. Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM, se aprobó el Plan Anual de Transferencias de Proyectos Especiales de Inversión de Infraestructura de alcance regional. Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 04-2008-PCM/SD, se aprobó la Directiva Nº 001-2008-PCM/SD, sobre normas específi cas para la transferencia del Proyecto Especial Madre de Dios, del Instituto Nacional de Desarrollo (INADE), al Gobierno Regional de Madre de Dios. Que, mediante Decreto Supremo Nº 077-2008-EF, de fecha 17 de junio del 2008, se autoriza la transferencia del Proyecto Especial Madre de Dios al Gobierno Regional de Madre de Dios, el mismo que en su artículo 4, establece que el Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, emitirá las disposiciones complementarias y necesarias para adecuar y modifi car el Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto Especial Madre de Dios. Que, mediante Ofi cio Nº 020-2008-GOREMAD-2101/ GG, el Ing. Alejandro Manuel José Farfán, Gerente General del Proyecto Especial Madre de Dios, remite al Gobierno Regional la propuesta de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la mencionada institución, solicitando su aprobación. Que, la referida propuesta de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto Especial Madre de Dios, ha merecido favorablemente el Informe Nº 038-A-2008-GOREMAD-GGR/GRPPYAT-SGDIEI, de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática; así como, la Opinión Legal Nº 029-A-2008-GOREMAD/OAJ, de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios. Que, mediante Ofi cio Nº 016-A-2008-GOREMAD- GGR, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional, remite al Consejo Regional la propuesta de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto Especial Madre de Dios, con todos sus antecedentes para su tratamiento, el mismo que por acuerdo del pleno, fue derivado a la Comisión Agraria, Medio Ambiente y Amazonía. Que, mediante Dictamen Nº 03-A-2008-GOREMAD/ CAMAYA, la Comisión Agraria, Medio Ambiente y Amazonía, aprobó por unanimidad la propuesta de modifi cación mencionada, la misma que fue puesta a consideración del Pleno del Consejo Regional. Que, el Consejo Regional en pleno, en sesión extraordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto mayoritario de los Consejeros Regionales ha considerado aprobar el Dictamen referido en el considerando precedente y consecuentemente, modifi car el Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto Especial Madre de Dios. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- MODIFICAR el Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto Especial Madre de Dios, el mismo que a partir de la fecha consta de 05 (Cinco) Títulos, 37 (Treinta y Siete) Artículos; y, 02 (Dos) Disposiciones Complementarias; así como su Estructura Orgánica y que en anexo forman parte de la presente. Artículo Segundo.- DEJAR, sin efecto alguno toda disposición o norma legal, en cuanto se contraponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Descargado desde www.elperuano.com.pe