Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2008 (18/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de diciembre de 2008 ----Ruta: MORDAZA / Camana Camana / MORDAZA ----1º 2º 3º ----Puntos de Control Km. 4.5 Variante de Uchumayo Km. 48 Peaje de Camana -----

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

385427

La Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones tendra la responsabilidad de que tanto los puestos de control como los operativos funcionen a traves de acciones permanentes, itinerantes y efectivas, las cuales se coordinaran entre las instituciones en sus fases de diseno y de ejecucion.

Articulo 19º.- Apoyo de la Policia Nacional de Peru La Policia Nacional del Peru sera la autoridad responsable de intervenir, ejecutar y hacer cumplir las disposiciones aprobadas en la presente Ordenanza Regional, y, segun sea el caso o la oportunidad, brindara el apoyo de la fuerza publica a las autoridades administrativas competentes. 291210-1

Resolucion Gerencial Regional Nº 291-2008-GRA/GRTC y la Resolucion Gerencial Regional Nº 292-2008-GRA/ GRTC, y tambien, porque las omisiones formales de la referencia son susceptibles de correccion tal como lo ha solicitado el mismo Oficio de CONSUCODE; luego entonces, por estas consideraciones, la modificacion del Acuerdo Regional deviene en procedente; Que, verificados el Informe Nº 021-2008-MBC expedido por la Unidad de Abastecimientos de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, el Oficio Nº 317-2008-GRTC-OA-UA, el Oficio Nº 582-2008GRA/GRTC, y el Oficio Nº 2698-2008-GRA/PE; con las facultades establecidas en la Ley Nº 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28961, 28968, 29053, y el MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 0012007-GRA/CR-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA; ACUERDA: Primero.- MODIFICAR el articulo primero del Acuerdo Regional Nº 085-2008-GRA/CR-AREQUIPA de fecha 04 de septiembre de 2008, para que la aprobacion de la exoneracion quede redactada en los siguientes terminos: "APROBAR el pedido de exoneracion de MORDAZA selectivo por la causal de desabastecimiento inminente, para la contratacion del servicio de transporte de cemento asfaltico PEN 85/100 desde la ex planta La Pampilla (Lima) hacia la planta de asfalto (Arequipa) ubicada en el kilometro 19 + 000 de la Variante de Uchumayo, en la cantidad de 120,000.00 galones, para asfaltar 55,550.00 metros cuadrados, a efecto de que no se interrumpa la ejecucion de la obra `Construccion y Mejoramiento de la Carretera MORDAZA ­ Yarabamba ­ Santuario de Chapi'; siendo la exoneracion del MORDAZA selectivo por el valor referencial de S/. 126,000.00 nuevos soles, y solamente, por el tiempo que demande la adquisicion directa exonerada". Segundo.- CONFIRMAR en todos sus demas extremos el Acuerdo Regional Nº 085-2008-GRA/CRAREQUIPA de fecha 04 de septiembre de 2008. Tercero.- DISPONER que la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones cumpla con publicar el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE. Asimismo, cumpla con remitirlo junto a los Informes que lo sustentan y todos los antecedentes tanto a la Contraloria General de la Republica como al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion del presente Acuerdo Regional bajo responsabilidad. Cuarto.- DISPONER que la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, de forma inmediata inicie las acciones de investigacion pertinentes para la determinacion de responsabilidades, esto ultimo, tal y conforme lo exige el MORDAZA parrafo del articulo 21 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Disponiendose en este acto su registro y notificacion. MORDAZA, 2008 noviembre 26. MORDAZA BOSSIO ROTONDO Presidente del Consejo Regional de MORDAZA 291210-2

Modifican Acuerdo Nº 085-2008-GRA/ CR-AREQUIPA mediante el cual se aprobo exonerar de MORDAZA selectivo la contratacion de transporte de cemento asfaltico
ACUERDO REGIONAL Nº 122-2008-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha tomado el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo Regional Nº 085-2008-GRA/CRAREQUIPA de fecha 04 de septiembre de 2008, el Consejo Regional aprobo el pedido de exoneracion de MORDAZA selectivo por la causal de desabastecimiento inminente, para la contratacion del servicio de transporte de cemento asfaltico PEN 85/100, desde la ex planta La Pampilla (Lima) hacia la planta de asfalto (Arequipa) ubicada en el kilometro 19+000 de la Variante de Uchumayo, en la cantidad total de 120,000.00 galones, para asfaltar 55,550.00 metros cuadrados, en la ejecucion de la obra "Construccion y Mejoramiento de la Carretera MORDAZA ­ Yarabamba ­ Santuario de Chapi" y de esta manera evitar la paralizacion de los trabajos en la mencionada obra; Que, si bien es MORDAZA en el referido Acuerdo Regional, se encargo a la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, para que de acuerdo a Ley realice y formalice de manera directa y bajo responsabilidad, la contratacion a traves de las correspondientes acciones inmediatas, en estricta observancia de las especificaciones tecnicas del expediente, con la afectacion de la fuente de financiamiento prevista y cumpliendo en todo momento con los principios regulados en el articulo 3 del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; mandato que, en efecto, fue cumplido conforme se puede verificar de la Resolucion Gerencial Regional Nº 291-2008-GRA/GRTC y de la Resolucion Gerencial Regional Nº 292-2008-GRA/GRTC en las que aparecen en detalle, las especificaciones tecnicas y valor referencial del servicio exonerado; sin embargo, a traves del Oficio Nº E-129-2008/DOP/STEC., la Direccion de Operacion del CONSUCODE ha senalado la necesidad de que en el Acuerdo Regional (que es el instrumento aprobatorio) se especifique tanto el valor referencial como el periodo de exoneracion; Que, siendo no sustanciales las observaciones comunicadas, esto, en la medida que no alteran ni la decision aprobatoria de la exoneracion, ni el procedimiento para la contratacion directa, mas, cuando la primera de las omisiones fue oportunamente superada por la

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen publicar las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de noviembre de 2008
RESOLUCION DIRECTORAL N° 110-2008- GRJUNIN/DREM Huancayo,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.