TEXTO PAGINA: 56
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de diciembre de 2008 385430 autorizándose a don Eliseo Rosas Cabrera y su esposa doña Máxima Vila Huaroc, para ejecutar las obras de habilitación urbana correspondiente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 49-2005- MML-DMDU, de fecha 20 de julio de 2005, la Municipalidad Metropolitana de Lima, Ratifi ca la Resolución de Gerencia Nº 00020 emitida en fecha 25 de mayo de 2004 por la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Ate, en la cual resuelve aprobar la habilitación urbana nueva para Uso de Vivienda Taller “I1-R4” del sublote 2B con un área de 5,158.50 m2 constituido por parte del lote 2 Manzana “G” del ex Fundo Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 160-2008-MML-GDU-SPHU de fecha 07 de marzo de 2008, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se señala que el terreno en cuestión se encuentra zonifi cado como Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Vecinal “CV” de conformidad con la Ordenanza Nº 1099-MML de fecha 12 de diciembre de 2007, cumpliendo todos los lotes con el área mínima reglamentaria. De otro lado se menciona en dicho certifi cado que de conformidad con el Sistema Vial Metropolitano de Lima al 2010, aprobado por Ordenanza Nº 341-MML del 06 de diciembre de 2001, el terreno no se encuentra afecto a ninguna vía metropolitana, siendo todas las vías propuestas de carácter local, cumpliendo las mismas con lo estipulado en el Reglamento Nacional de Edifi caciones; Que, mediante Ordenanza Nº 836-MML, del 22 de Setiembre de 2,005 norma aplicable para el presente trámite, los aportes reglamentarios para la Zonifi cacion Residencial son; Recreación Pública 236.73 m2, Parques Zonales 67.64 m2, Renovación Urbana 33.82 m2, Ministerio de Educación 67.64 m2 y Otros Fines 67.64 m2 y para la Zonifi cación Comercial son; Parques Zonales 88.83 m2, Renovación Urbana 53.30 m2, Otros Fines 35.53 m2, los cuales se redimirán en dinero previo a la Recepción de Obra de Habilitación Urbana. En consecuencia el presente proyecto cumple con los Planes Urbanos respecto a Zonifi cación, Vías y Aportes Reglamentarios; Que, mediante Acuerdo Nº 01 de Sesión Nº 09-2008- CTDHU/MDA, de fecha 15 de agosto de 2008, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas dictaminó Favorable la Modifi cación del Proyecto de Habilitación Urbana Nueva, para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” y para Uso de Comercio Vecinal “CV” del terreno con un área de 5,158.50 m2 constituido por el Sublote 2B del Lote 2 de la Manzana “G” de la Urbanización Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Valorización Nº 036-2008-SGPUC- GDU/MDA, de fecha 21 de agosto de 2008, se efectuó la Liquidación por modifi cación de Proyectos y autorización a ejecutar las obras de Habilitación Urbana y por el défi cit del aporte de Servicio Público Complementario - Otros Fines, haciendo un monto total de S/. 3,398.52 nuevos soles, y con el Recibo de Pago Nº 0004464930 pagado en la Tesorería de esta Corporación Municipal los administrados acreditan la cancelación de la mencionada valorización; Que, mediante Anexo Nº 4169-2008 de fecha 27 de octubre de 2008, los administrados solicitan adecuarse y acogerse a lo establecido en la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones Ley Nº 29090 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA; Que, mediante Informe Técnico Nº 041-2008-JLCHG, de fecha 12 de noviembre de 2008 se otorga la procedencia administrativa del presente trámite de Modifi cación de Proyecto de Habilitación Urbana por cumplir con los Planes Urbanos, así también con los requisitos y pagos estipulados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerada y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Ley Nº 27444 Ley Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su reglamento D.S. Nº 024-2008-VIVIENDA, las Ordenanzas Nº 341-MML, Nº 836-MML, y por el Reglamento Nacional de Edifi caciones; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con Nº 072-08-SGPUC-GDU/MDA, que forma parte de la presente Resolución, la Modifi cación del Proyecto de Habilitación Urbana, para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” y Uso Comercial Vecinal “CV” del terreno con un área de 5,158.50 m2 constituido por el Sublote 2B del Lote 2 de la Manzana “G” de la Urbanización Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a Don ELISEO ROSAS CABRERA y su esposa Doña MAXIMA VILA HUAROC para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución; las obras de Habilitación Urbana en el terreno de 5,158.50 m2 teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: DISEÑOAREA BRUTA TOTAL: 5,158.50 m2 - Vivienda: 3,381.83 m2- Comercio: 1,776.67 m2AREA UTIL TOTAL: 3,643.73 m2- Vivienda: 2,464.27 m2- Comercio: 1,179.46 m2AREA DE VIAS: 1,514.77 m2 AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO:Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el Proyecto de SEDAPAL denominado “Obras Generales de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema AAHH Cerro Candela, Puruchuco y Fundo Barbadillo” debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en dicho esquema; debiendo además tomar conocimiento SEDAPAL sobre la fecha de inicio y término de las Obras. ENERGÍA ELÉCTRICA:Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primarias y secundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. PAVIMENTACIÓN PISTAS, Y VEREDAS: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para Descargado desde www.elperuano.com.pe