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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de diciembre de 2008 385437 Desechos Sólidos, requiere la presencia del funcionario responsable de la gestión de desechos sólidos de la Municipalidad Provincial de Arequipa que estuvo en la elaboración de la idea de Proyecto y que sería el responsable de la implementación del proyecto en caso de que éste fuera aprobado. Señalando que, dado el carácter técnico del evento, es necesario que la persona designada para atender dicha reunión esté familiarizada con los aspectos técnicos de la gestión integral de desechos sólidos; Que, en el documento se señala que los organizadores del evento cubrirán los gastos de pasaje y estadía, correspondiendo a la Municipalidad asumir los gastos por: Derechos Consulares, Seguro de Viaje, Tasas de Embarque y traslado Arequipa – Lima - Arequipa; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Artículo 9º Inc. 11), son atribuciones del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario;Estando a lo anteriormente expuesto, el Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria realizada el 21 de noviembre de 2008, aprobó por unanimidad el siguiente: ACUERDO Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del señor VICTOR HUGO HUALPA VALDEZ, Servidor Técnico Administrativo de la Gerencia de Servicios al Ciudadano, para que participe en la reunión organizada por la institución internacional WASTE y el PNUD con la fi nalidad de orientar el diseño del proyecto “Implementación del Proceso de Segregación en el Origen para mejorar la Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales en Arequipa”, el que se desarrollará en la ciudad de Rótterdam - Holanda, del 15 al 18 de diciembre de 2008. Artículo 2º.- Otorgar viáticos internacionales por un día al señor VICTOR HUGO HUALPA VALDEZ, además de los gastos por Derechos Consulares, Seguro de Viaje, Tasas de Embarque Nacional e Internacional y Traslado Arequipa – Lima - Arequipa según el siguiente detalle: VIÁTICOS POR UN DÍAGASTOS POR DESPLAZAMIENTO AQP – LIMA – AQPTASAS DE EMBARQUE AQP – LIMA – LIMA - ROTTERDAM ROTTERDAM – LIMA – LIMA – AQPDERECHOS CONSULARESSEGURO DE VIAJETOTAL Señor VICTOR HUGO HUALPA VALDEZ Servidor Técnico Administrativo de la Gerencia de Servicios al Ciudadano.S/. 192.50S/. 160.00S/. 135.00S/. 232.00S/. 185.00S/. 904.50 Artículo 3º.- Encomendar a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas y Prensa, la publicación del presente Acuerdo Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y hágase saber. SIMÓN BALBUENA MARROQUÍN Alcalde de Arequipa 291338-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAZ Otorgan plazo para la demolición de construcciones que invadieron área de uso público con fines recreacionales (Se publica la Resolución de la referencia a solicitud de la Municipalidad Provincial de Huaraz, mediante carta de fecha 28 de noviembre de 2008, recibida el 16 de diciembre de 2008). RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 248-2007-GPH-GDUR Huaraz, 17 de diciembre de 2007VISTO:El Expediente Administrativo seguido por los vecinos de la Manzana Única de la Zona Comercial de Huaraz, sobre Demolición de Construcción en Área Verde con fi nes Recreacionales efectuada por Víctor Raúl Ramos Barrenechea e Informe Legal N° 145-2007-GPH-GDUR- DSI-AL; CONSIDERANDO:Que, el Art. 194 de la Constitución Política del Estado concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley 27972 prescribe que las Municipalidades “son órganos de gobierno local que emanan de la voluntad popular, tiene autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, mediante Expediente Administrativo N° 6168 de fecha 18 de junio del 2007 los vecinos de la Manzana única de la Zona Comercial de Huaraz, en razón al MEMORIAL que obra de fs. 28 a 32, solicitan la demolición de las construcciones clandestinas adyacentes al lote 36 de la Manzana Única, efectuadas por el Sr. Víctor Raúl Ramos Barrenechea dentro de las áreas verdes destinadas para el uso público con fi nes recreacionales, en cumplimiento a la Ordenanza Municipal N° 008-MPH-A de fecha 20 de agosto de 1996 y la Resolución de Concejo N° 10 -2001- MPH-A, de fecha 10 de abril del 2001; Que, de la revisión de los antecedentes se observa que, con fecha 20 de agosto de 1996, el pleno del Concejo Municipal, mediante Ordenanza Municipal N° 008-MPH-A. requiere la cancelación inmediata de las áreas de uso público que han sido invadidas y construidas por los propietarios, previa valorización actual de acuerdo a los aranceles vigentes; así mismo dispone notifi car a los propietarios que han invadido áreas en las que han edifi cado construcciones provisionales para que demuelan dichas construcciones. Que, con fecha 20 de junio del 2001 y en mérito a la Resolución de Concejo N° 10-2001-MPH-A, que resuelve declarar la nulidad de las Resoluciones N° 13-2000-MPH-A Y N° 93-2000-MPH-A., debiendo quedar sin efecto los actos administrativos relacionados al irregular cambio de uso y la posterior titulación a favor del Sr. Ramos Barrenechea; el Gobierno Provincial de Huaraz representado por su Alcalde interpone demanda de nulidad de acto jurídico, en relación al contrato de compraventa N° 050-2000, la misma que luego de proceso Judicial la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Ancash, revoca la sentencia de primera instancia y reformándola declara fundada la demanda y en consecuencia se declare nulo el referido contrato de compraventa. Que, con fecha 23 de marzo del 2007 el Sr. Víctor Raúl Ramos Barrenechea y esposa solicitan la prescripción adquisitiva de dominio del inmueble que se encuentra ubicado en el lote 36 de la Manzana Única de la Zona Comercial amparando su pretensión en la Ley N° 28687 “Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos”; sin embargo mediante Resolución de Alcaldía N° 436-2007-GPH-A, de fecha 20 de Junio del 2007 se resuelve declarar IMPROCEDENTE la referida solicitud de prescripción, así como se disponga el cumplimiento de la Ordenanza Municipal Descargado desde www.elperuano.com.pe