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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de diciembre de 2008 385688 en la modalidad móvil terrestre denominada Antena Mangoriari, un Helipuerto y un Camino de Acceso, a favor de Transportadora de Gas del Perú S.A., según lo establecido en los Contratos BOOT de Concesión de Transporte de Gas Natural por ductos de Camisea al City Gate y Concesión de Transporte de Líquidos de Gas Natural por ductos de Camisea a la Costa; sobre las tres (03) áreas descritas según coordenadas UTM, indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución y en el plano adjunto que forma parte de la presente Resolución Suprema, siendo éstas las siguientes: DESCRIPCIÓN DE ÁREAS ÁREA 1 (I) ANTENA MANGORIARI Titular Ubicación Áreas constituidas en metros cuadrados Estado PeruanoDistrito de Echarate, provincia de La Convención, departamento del Cusco.0.090000 Ha. (900.00 m²) ÁREA 2 (ii) HELIPUERTO Titular UbicaciónÁreas constituidas en metros cuadrados Estado PeruanoDistrito de Echarate, provincia de La Convención, departamento del Cusco.0.062500 Ha. (625.00 m²)ÁREA 3 (iii) CAMINO DE ACCESO TitularUbicaciónÁreas constituidas en metros cuadrados Estado PeruanoDistrito de Echarate, provincia de La Convención, departamento del Cusco.0.008214 Ha. (82.14 m²) Artículo 2º.- El período de afectación de las áreas a las que hace referencia el artículo 1° de la presente Resolución Suprema, se prolongará hasta la culminación de los Contratos BOOT de Concesión de Transporte de Gas Natural por ductos de Camisea al City Gate y Concesión de Transporte de Líquidos de Gas Natural por ductos de Camisea a la Costa, sin perjuicio de las causales de extinción que correspondan, previstas en el artículo 111° del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por el Decreto Supremo N° 081-2007-EM, así como en los referidos Contratos. Artículo 3º.- Transportadora de Gas del Perú S.A. deberá adoptar las medidas necesarias para evitar los peligros e inconvenientes que puedan ocasionar sus instalaciones dentro de las áreas descritas en el artículo 1° de la presente Resolución Suprema, debiendo cumplir las medidas de seguridad, así como las medidas para la protección del ambiente, establecidas en la normatividad vigente. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema constituirá título sufi ciente para la correspondiente inscripción de las servidumbres otorgadas en los Registros Públicos. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República CARLOS LEYTON MUÑOZ Ministro de Agricultura PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALDescargado desde www.elperuano.com.pe