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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (21/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de diciembre de 2008 385737 determinando que los montos de los Arbitrios Municipales considerados en el Ejercicio 2008 se incrementen con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor a noviembre del presente año; De conformidad a lo establecido en el Artículo 9 incisos 8 y 9, Artículo 39, Artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL AÑO 2009 Artículo Primero.- Marco Legal Aplicable. Aplíquese, para el ejercicio 2009, las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 034-2007-MVMT, Marco Legal de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para la jurisdicción del Distrito de Villa María del Triunfo para el ejercicio 2008, ratifi cada por la Municipalidad de Lima según Acuerdo de Concejo Nº 492, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 30 de diciembre del 2007. Artículo Segundo.-Determinación del costo y las tasas de los Arbitrios Municipales. Para el Ejercicio 2009, se aplicarán los costos y tasas establecidas por los Arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo establecidos en la Ordenanza Nº 034-2007-MVMT, reajustados con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor al mes de noviembre ascendente a 6.27% establecido en la Resolución Jefatural Nº 342- 2008-INEI publicada el 01 de diciembre de 2008. Artículo Tercero.- Aprobación de Informe Técnico. Apruébese el Informe Técnico que contiene el sustento para mantener los costos y las tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Barrido de calles- Recolección de residuos sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo, así como la estimación de ingresos por la prestación de los servicios mencionados. Artículo Cuarto.- De la vigencia de la norma. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de Enero del 2009 previa publicación de la misma y del correspondiente Acuerdo de Concejo ratifi catorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- Deróguese todas las normas que se opongan a la presente. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES Alcalde 293164-1 Crean el Sistema Local de Gestión Ambiental del distrito ORDENANZA Nº 069-MVMT Villa María del Triunfo, 10 de diciembre del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTOS: en Sesión Ordinaria de la fecha el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Sistema Local de Gestión Ambiental; y,CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 2º num. 22 de la Constitución Política del Perú establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el artículo 67º de la misma Carta Magna establece que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, D.S. Nº 008-2005-PCM, establece que las municipalidades, en el marco de la autonomía reconocida por ley y sin perjuicio a las responsabilidades que corresponde al alcalde, promoverán, mediante el Concejo Municipal la identifi cación o creación de instancias de coordinación y concertación ambiental dentro del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; Que el artículo 6º de la Ley de Bases de Descentralización Ley 27783 señala como objetivos ambientales: el Ordenamiento territorial y del entorno ambiental; la Gestión sostenible de los recursos naturales y el mejoramiento de la calidad ambiental, y la coordinación y concertación interinstitucional y participación ciudadana en todos los niveles del Sistema Nacional de Gestión del Ambiente; Que el artículo 2º de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental aprobada por Ley 28245 decreta que dicho Sistema se constituye sobre la base de las instituciones públicas en el nivel local, que ejerzan competencias ambientales; contando con la participación del sector privado y la sociedad civil; Que el artículo 24º de la referida Ley Marco establece que los gobiernos locales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes, en concordancia con las Políticas Nacionales, Sectoriales y Regionales, en el marco de los principios de la Gestión Ambiental; Que el numeral 7º del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Sistema de Gestión Ambiental Local y sus instrumentos en concordancia con el Sistema de Gestión Ambiental Nacional y Regional; Que, siendo la conservación y protección del ambiente una función de competencia municipal, es necesario aprobar el marco general que ha de regular la gestión ambiental de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, desde una perspectiva orientada hacia el desarrollo sostenible y la mejora progresiva de la calidad ambiental distrital, basada en la práctica de la concertación y participación ciudadana y dirigida a garantizar la articulación entre las políticas ambientales de los diversos organismos del estado vinculados a la gestión municipal. Estando lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, POR MAYORIA aprobó la siguiente ORDENANZA; CREA EL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo Único.- CRÉASE el Sistema Local de Gestión Ambiental del Distrito de Villa María del Triunfo el mismo que establece los mecanismos para defi nir las normas, lineamientos y disposiciones para articular e integrar las decisiones y acciones conducentes al fortalecimiento de una Gestión Ambiental integrada con el fi n de mejorar la calidad de vida de los pobladores del Distrito de Villa María del Triunfo, cuya regulación comprende 32º Artículos y Una Disposición Transitoria, Complementaria y Final y que forma parte Anexa a la presente norma. DISPOSICIÓN FINAL.- Dispóngase la publicación del Texto íntegro de la norma aprobada mediante la presente Ordenanza en el Portal de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES Alcalde 293164-2Descargado desde www.elperuano.com.pe