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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (21/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de diciembre de 2008 385736 ORDENANZA APRUEBA LA VALORIZACION DE OTRAS INSTALACIONES COMPRENDIDAS EN PREDIOS URBANOS UBICADOS EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO, CON FINES TRIBUTARIOS Y CATASTRALES CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1º.- Objeto de la Norma.- La presente Ordenanza aprueba la valorización de otras instalaciones comprendidas en predios urbanos ubicados en la jurisdicción del distrito, cuya descripción se encuentra en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Aplicación de la norma.- Corresponde a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano y la Gerencia de Rentas, conforme a sus competencias, aplicar la valorización aprobada por el mérito del artículo 1º para los efectos de actualización catastral de los predios urbanos existentes en el Distrito, así como la determinación real de la base imponible para los efectos del cálculo y acotación del Impuesto Predial a los contribuyentes del Distrito Artículo 3º.- Entrada en vigencia.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde ANEXO 01 CUADRO DE VALORIZACIÓN DE OTRAS INSTALACIONES ITEM DESCRIPCION UNIDAD VALOR 1 Escalera Mecánica x 1 nivel und 243,246.74 2 Balanza de Concreto m3 747.53 3 Cancha de frontón m2 262.24 4 Cancha de grass m2 262.24 5 Cerco concreto m2 315.01 6 Cerco Ladrillo cabeza,revest.un lado m2 175.52 7 Cerco Ladrillo soga revest.un lado m2 141.97 8 Cerco Ladrillo soga s/revest m2 98.58 9 Cerco metal c/base concreto m2 235.50 10 Cisterna de Concreto m3 491.60 11 Escalera de metal x 1 nivel und 2,416.97 12 Losa de concreto simple m2 52.24 13 Parapeto ladrillo soga c/ revestimiento ml 101.27 14 Per fi l H de acero 12 ml x 2 und 14,843.33 15 Per fi l H de acero 12 ml x 3 und 22,387.67 16 Per fi l H de acero 17 ml x 1 und 8,345.46 17 Per fi l H de acero 17 ml x 2 und 17,093.02 18 Per fi l H de acero 2.00 ml und 1,275.26 19 Per fi l U de acero 2.5 ml und 562.05 20 Piscina con enchape de mayolica m3 301.72 21 Piso concreto con revestimiento cerámico m2 129.55 22Piso concreto con revestimiento marmol travertino nacionalm2 185.01 23 Pista de asfalto m2 77.08 24 Pista de concreto m2 98.69 25 Plataforma de concreto (base concreto y rampas) m3 228.34 26 Pórtico de per fi l H x 2 10 ml ml 25,467.28 27 Portón Metálico m2 339.93 28 Poste concreto 1pastoral und 1,200.00 29 Poste concreto 2 re fl ectores und 2,552.69 30 Poste concreto 4ml (soporte) und 750.23 31 Re fl ector adicional en postes und 160.00 32 Sardinel de concreto ml 99.27 33 Sistema contraincendios simple ml 121.24 34 Sistema seleccionador de barra x 6 und 5,870.20 35 Sistema seleccionador puesta a tierra x 3 und 3,780.90 36 Sistema de desagüe ml 534.79 ITEM DESCRIPCION UNIDAD VALOR 37 Tanque elevado para agua m3 1,454.79 38 Torre de vigilancia concreto und 3,950.78 39 Torre para antena (metálica) ml 1,000.00 40 Vía de Rodamiento m2 480.77 41 Vereda de concreto m2 78.16 42 Viga per fi l H acero ml 530.09 43 Zanja de concreto m3 245.92 293469-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Aprueban Marco Legal Aplicable y la determinación del costo y tasas de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2009 ORDENANZA Nº 068-MVMT Villa María del Triunfo, 9 de diciembre del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTOS, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú reconocen la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de los Gobiernos Locales, así como su potestad tributaria, correspondiendo al Concejo Municipal la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de la misma Carta Magna; Que, el artículo 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que las Municipalidades podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de dichas tasas cobradas al 01 de enero del año fi scal anterior reajustado con aplicación de la variación acumulada del índice de precios al consumidor en la capital del departamento; Que, mediante Ordenanza Nº 034-MVMT se aprobó el Régimen de los Arbitrios de Limpieza Publica (Barrido de Calles – Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo, de la jurisdicción de Villa María del Triunfo para el ejercicio 2008, la misma que fue ratifi cada con Acuerdo de Concejo Nº 492 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, con la fi nalidad de brindar los servicios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo para el año 2009, resulta necesario aprobar el monto de las tasas que se aplicarán por la prestación de los mismos; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, norma que regula el procedimiento de ratifi cación de las Ordenanzas Distritales en la Provincia de Lima a partir del Ejercicio 2005, establece que las ordenanzas marco que aprueban tributos pueden tener vigencia por más de un ejercicio tributario; Que, a efectos de seguir brindando los servicios de públicos de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de forma efi ciente, y a fi n de evitar un incremento en el monto de Arbitrios Municipales, propiciando de esta forma un clima de estabilidad tributaria entre los vecinos de la jurisdicción de Villa Maria del Triunfo, es conveniente aplicar para el Ejercicio 2009, lo dispuesto por el Artículo 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Descargado desde www.elperuano.com.pe