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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (24/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de diciembre de 2008 385842 Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1°.- Medidas para culminar el proceso de transferencia del año 2007 Disponer que los Sectores del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales, involucrados en el proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos, programados en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, realicen máximo hasta el 31 de diciembre de 2009, las acciones para culminar dichas transferencias de acuerdo a los procedimientos establecidos en las Directivas específi cas emitidas por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Dichas transferencias de competencias y funciones deberán incluir los recursos humanos y otros asociados a éstas, requeridos para el ejercicio efectivo de las mismas por los Gobiernos Regionales y Locales receptores. Los Viceministros de los Sectores correspondientes, encargados de presidir las Comisiones Sectoriales de Transferencia, serán responsables de la formulación, aprobación y ejecución de un cronograma para la culminación del proceso de transferencia a que se contrae el primer párrafo del presente articulo. La Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, elaborará informes mensuales de cierre del proceso de transferencia a que se refi ere el primer párrafo del presente artículo, los cuales serán remitidos al Consejo de Ministros para dar cuenta de lo actuado. Artículo 2°.- Comisiones que establecen acciones fi nales para el cierre del proceso en el ciclo 2007 Los Ministerios que tengan funciones pendientes de transferir conformarán Comisiones, en un plazo no mayor de 30 días calendario, conjuntamente con los Gobiernos Regionales involucrados y de ser el caso, representantes de los Gobiernos Locales, con el propósito de consensuar y establecer las acciones fi nales para el cierre del proceso del ciclo 2007, que incluyan la identifi cación de los recursos humanos y otros asociados a dichas competencias y funciones, y los indicadores de gestión para el ejercicio compartido de las mismas, de acuerdo al marco normativo vigente. La Secretaría de Descentralización, de la Presidencia del Consejo de Ministros, actuará de acuerdo a las atribuciones que le asigna el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y el marco normativo vigente. Artículo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil ocho ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 294587-1 Declaran que el Gobierno Regional de Pasco está apto para acceder a la transferencia del Centro Piscícola Cuchihuayín, del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº074-2008-PCM/SD Mirafl ores, 19 de diciembre de 2008VISTOS: El Ofi cio Nº 80-2008-PRODUCE/Com.Trans.Entrega y el Informe Nº 041-2008-PCM/SD-FNH, de la Ofi cina de Transferencia, Monitoreo y Evaluación de Competencias, de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO:Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, es el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM; Que, en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se consideró la transferencia de 12 desembarcaderos pesqueros artesanales y 6 centros de acuicultura, del Ministerio de la Producción a los Gobiernos Regionales; Que, el Ministerio de la Producción, luego de realizar una revisión y análisis de la situación técnico-legal en que se encontraban dichos activos, modifi có su Plan Anual Sectorial de Transferencia 2007, mediante Resolución Ministerial Nº 315-2008-PRODUCE, reduciendo el número de centros de acuicultura a ser transferidos a los Gobiernos Regionales, de 6 a 1, quedando sólo el Centro Piscícola Cuchihuayín para su transferencia al Gobierno Regional de Pasco; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 011-2008-PCM/SD, se dispuso que la transferencia de la infraestructura pesquera artesanal y acuícola del Ministerio de la Producción, comprendida en su Plan Anual Sectorial de Transferencia 2007, modifi cado, se realizará previo cumplimiento de los mecanismos de verifi cación y procedimiento, establecidos en el Anexo 6 de la Directiva Nº 004-CND-P-2006, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 110-2007-PCM; y, de acuerdo a los lineamientos de la Resolución Ministerial Nº 224-2007-PCM, que dispone que las transferencias se realizarán en la situación legal y administrativa en la que se encuentre dicha infraestructura a la fecha de expedición del Decreto Supremo aprobatorio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2008-PCM, se dispuso que los Sectores del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales realicen, hasta el 31 de diciembre de 2008, las acciones que sean pertinentes para culminar las transferencias comprendidas en el Proceso de Transferencia 2007, de acuerdo a los procedimientos establecidos en las directivas específi cas emitidas por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, sobre la base de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 029-2008-PCM, antes mencionado, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 031-2008-PCM/SD, se ampliaron, hasta el 31 de diciembre de 2008, los plazos de todos los procesos de transferencia que la Secretaría de Descentralización venía ejecutando, comprendidos en el Plan Anual de Transferencia 2007, con efi cacia anticipada al término de los mismos; Que, el Presidente de la Comisión de Transferencia de Entrega, del Ministerio de la Producción, ha presentado, para su validación, mediante el Ofi cio Nº 80-2008-PRODUCE/Com.Trans.Entrega, la documentación que respalda el cumplimiento de los Mecanismos de Verifi cación establecidos en el Anexo 6, antes mencionado, para la transferencia del Centro Piscícola Cuchihuayín al Gobierno Regional de Pasco; Que, dicha transferencia está vinculada a las funciones del artículo 52 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia Pesquera, transferidas al Gobierno Regional de Pasco, en el Ciclo 2005, según Resolución Ministerial Nº 213-2006-PRODUCE; Que, al encontrarlo conforme, de acuerdo al Informe Nº 041-2008-PCM/SD-FNH, la Secretaría de Descentralización, de acuerdo al procedimiento establecido, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 110-2007-PCM, modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 224-2007-PCM, y en lo dispuesto en la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 011-2008-PCM/SD, antes mencionadas, debe proceder a su validación mediante la Resolución correspondiente; Que, mediante DS Nº 010-2007-PCM, se responsabiliza a un Viceministro, en su calidad de Presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia, de ejecutar las transferencias que se programen en los respectivos Planes Anuales de Transferencia de Competencias Descargado desde www.elperuano.com.pe