Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2008 (24/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de diciembre de 2008

Que conforme la solicitud presentada por la administrada para ampliar el plazo de la autorizacion de incremento de flota por razones de caracter economico, se concluye que esta debidamente fundamentada por la situacion de la pesqueria del recurso merluza, y asimismo, ha cumplido con presentar la documentacion que acredita la existencia de la construccion de una embarcacion y su avance de obra, conforme los Certificados N°s. DI-08010204-01-01 y 08010204-02-01 emitidos por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante el Informe Nº 650 - 2008-PRODUCE/DGEPPDch del 20 de octubre del 2008, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Merluza aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE; En uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar a veinticuatro (24) meses el plazo de autorizacion de incremento de flota inicialmente otorgado por la Resolucion Directoral Nº 275-2006PRODUCE/DGEPP, en adecuacion a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, el mismo que vencio el 1 de setiembre del 2008. Articulo 2º.- Otorgar a favor de la senorita SHWU MIIN CHU WONG, la ampliacion por razones de caracter economico y por unica vez, el plazo de la autorizacion de incremento de flota otorgado por la Resolucion Directoral Nº 275-2006-PRODUCE/DGEPP y modificado por el articulo anterior, por un periodo de veinticuatro meses mas, contabilizados a partir del 1 de setiembre del 2008. Articulo 3º.- Ejecutada la construccion de la embarcacion pesquera, la senorita SHWU MIIN CHU WONG debera solicitar el respectivo permiso de pesca, dentro del plazo un (1) ano, contado a partir de la acreditacion del termino de construccion o de la adquisicion de la embarcacion pesquera. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caduca de pleno derecho. Mediante Resolucion Directoral se declarara la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regional de Produccion del litoral, y consignarse en la Pagina WEB del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 293860-1

MORDAZA MORDAZA CHIMOY y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINEZ. CONSIDERANDO:

Que mediante el articulo 189º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece principalmente que sobre el desistimiento del procedimiento importara la culminacion del mismo, pero no impedira que posteriormente vuelva a plantearse igual pretension en otro procedimiento, solo afectara a quienes lo hubieren formulado. El desistimiento podra hacerse por cualquier medio que permita su MORDAZA y senalando su contenido y alcance. Debe senalarse expresamente se trata de un desistimiento de la pretension o del procedimiento. Si no se precisa, se considera que se trata de un desistimiento del procedimiento. El desistimiento se podra realizar en cualquier momento MORDAZA de que se notifique la resolucion final en la instancia. La autoridad aceptara de plano el desistimiento y declarara concluido el procedimiento salvo que hubiesen apersonado en el mismo terceros interesados; Que por Resolucion Directoral Nº 017-2000-PRE/P de fecha 29 de noviembre del 2000, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador pesquero MORDAZA MORDAZA CHIMOY, para operar su embarcacion pesquera de bandera nacional, que a continuacion se detalla en la extraccion de los recursos hidrobiologicos, anchoveta, sardina, jurel y caballa para destinarlos al consumo humano directo e indirecto, utilizando MORDAZA de hielo como medio de preservacion y redes de cerco con tamano minimo de malla de ½ " (13 mm) y 1 ½ " (38 mm), respectivamente, segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas adyacentes a la costa.
CAPACIDAD DE BODEGA (m3 ) 53,54 SISTEMA ANO DE DE PESCA CONSTRUCCION CERCO 1996

ARMADOR NOMBRE MATRICULA PESQUERO EMBARCACION MORDAZA MORDAZA PL-19963-CM MORDAZA MORDAZA CHIMOY

Aceptan renuncia formulada por persona natural a autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de embarcacion pesquera de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 699-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA,13 de noviembre del 2008 Visto los escritos de Registro Nº 00040591 del 5 de junio y 14 de octubre del 2008, presentados por

Que mediante los escritos del visto, MORDAZA MORDAZA CHIMOY y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA formulan renuncia al procedimiento administrativo sobre la autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera de MORDAZA "SANTA ELVIRA" con matricula Nº PL-19963CM, con permiso otorgado por la Resolucion Directoral mencionada en el considerando precedente, presentando sus firmas certificadas por Notario; Que de la evaluacion efectuada a la renuncia formulada por los recurrentes sobre el derecho administrativo de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera de MORDAZA "SANTA ELVIRA" con matricula Nº PL-19963CM, actualmente en tramite, se considera que no afecta a terceros ni el interes publico, solo a los interesados que presentaron su solicitud a la administracion, por lo que resulta procedente aceptar la misma; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 365-2008PRODUCE/DGEPP-Dchi, MORDAZA mediante Informe Nº 645-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el articulo 189º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por MORDAZA MORDAZA CHIMOY y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera de MORDAZA "SANTA ELVIRA" con matricula Nº PL-19963-CM, en consecuencia se da por concluido el citado procedimiento administrativo; por

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