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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (25/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de diciembre de 2008 385969 FUNCION : 05 Protección y Previsión Social PROGRAMA : 014 Promoción y Asistencia Social y Comunitaria SUBPROGRAMA : 0050 Promoción y Asistencia Comunitaria ACTIVIDAD : 1.046355 Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Ordinarios CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 3. Bienes y Servicios 34 615,00 ---------------- SUB TOTAL 94 175,00 --------------- TOTAL 801 677,00 ========= Artículo 3º.- Obligación de desagregar las Transferencias de Partidas Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendidos en el presente dispositivo desagregan los gastos mediante Resolución del Titular del Pliego a nivel de actividad y proyecto y Grupo Genérico de Gasto, dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobación de la presente norma legal. La citada Resolución se remite a los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el artículo 23º, numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 4º.- Codifi caciones La Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces, de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, así como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 5º.- Notas de Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a las Unidades Ejecutoras bajo su ámbito para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma legal. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de diciembre del año dos mil ocho ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas CARMEN AURORA VILDOSO CHIRINOS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 294947-1 Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 a favor del Ministerio de Defensa DECRETO SUPREMO Nº 172-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29266 “Ley que autoriza la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta generado por Contrataciones del Pliego Ministerio de Defensa”, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que, a través de la Dirección Nacional del Tesoro Público, emita Documentos Cancelatorios - Tesoro Público a favor del Pliego Ministerio de Defensa, para el pago de la deuda tributaria por concepto de Impuesto General a las Ventas, derivada de las contrataciones por operaciones de importación de bienes y utilización de servicios en el país, así como por operaciones de adquisición local de bienes o servicios, asimismo para el pago del Impuesto a la Renta que como agente de retención le corresponda abonar al fi sco por las rentas pagadas o acreditadas a sujetos no domiciliados; Que, el artículo 4º de la citada Ley establece que los Documentos Cancelatorios serán fi nanciados con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio de Defensa quedando autorizado el Poder Ejecutivo para que, mediante Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se incorpore recursos en el Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal correspondiente, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, hasta el monto que sea requerido para cada período, sin exceder del límite establecido en el artículo 3º de la referida Ley; Que, en ese contexto el Ministerio de Defensa, ha solicitado la incorporación en el Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio de Defensa, vía Crédito Suplementario, por la suma de SESENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 63 385 477,00) para fi nanciar el pago del Impuesto General a las Ventas hasta por la suma de DIECISÉIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 16 942 781,00) y para el pago del Impuesto a la Renta hasta por la suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 46 442 696,00) derivados de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios que conforman el Núcleo Básico de Defensa y por la reparación y mantenimiento de los Helicópteros MI-17, los mismos que se efectivizaran a través de la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público; Que, resulta necesario autorizar la incorporación de los recursos antes señalados, en el Presupuesto Institucional del Pliego 026 Ministerio de Defensa, para fi nanciar la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 4º de la Ley Nº 29266 “Ley que autoriza la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta generado por Contrataciones del Pliego Ministerio de Defensa”; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1º.- Objeto Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 hasta por la suma de SESENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 63 385 477,00) de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles) INGRESOSFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios TOTAL INGRESOS S/. 63 385 477.00 ========= EGRESOSSECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa