Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2008 (25/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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MORDAZA de Transaccion

NORMAS LEGALES
Generica Cadena del Gasto Subgenerica Nivel 1 Nivel 2 2. Prestaciones y Asistencia Social 3. Entrega de Bienes y Servicios

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de diciembre de 2008

Especifica Nivel 1 Nivel 2 1. Apoyo Alimentario 1. Alimentos para Programas Sociales

2. 2. Gastos Pensiones y Otras Presupuestarios Prestaciones Sociales

b) Decreto Supremo Nº 051-88-PCM Los montos anuales mensualizados correspondientes al pago de pensiones que se vienen atendiendo a los beneficiarios del Decreto Supremo N° 051-88-PCM, publicado el 11 de MORDAZA de 1988, son comunicados por la Oficina General de Administracion del Ministerio de Economia y Finanzas, en el mes enero de cada ano, a la Direccion Nacional del Tesoro Publico. Las municipalidades efectuan el pago de los beneficios a que se refiere el Decreto Supremo N° 051-88-PCM, utilizando la Estructura Funcional y Cadena del Gasto siguiente:
Estructura Funcional FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUBPROGRAMA FUNCIONAL ACTIVIDAD COMPONENTE FINALIDAD DE META

24 Prevision Social 052 Prevision Social 0116 Sistemas de Pensiones 1.000347 Obligaciones Previsionales 3.000938 Pago de Pensiones 13248 Pago de Pensiones e Indemnizaciones Excepcionales -D.S. Nº 051-88-PCM

MORDAZA de Transaccion

Generica

Cadena del Gasto Subgenerica Nivel 1 Nivel 2 2. Prestaciones y Asistencia Social 2. Asistencia Social en Pensiones e Indemnizaciones 1. Pensiones

Nivel 1 1. Pensiones e Indemnizaciones Asistenciales

Especifica Nivel 2 2. Pensiones por Accidentes de Trabajo o Victimas de Terrorismo

2. 2. Gastos Pensiones y Otras Presupuestarios Prestaciones Sociales

2. 2. 1. Gastos Pensiones y Otras Pensiones Presupuestarios Prestaciones Sociales

2. 1. Otras Escolaridad, Aguinaldos y Compensaciones Gratificaciones

De conformidad con lo prescrito en el Decreto Legislativo Nº 847, el monto a que asciende el beneficio dispuesto en el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, es de S/. 3 780,00. En los casos de invalidez permanente y temporal, el valor de la indemnizacion excepcional se otorga con sujecion a la escala que fija el Consejo Nacional de Calificacion. c) Decreto Legislativo Nº 622 y Decretos Ley Nºs. 25702 y 25988 Los montos anuales mensualizados correspondientes a las municipalidades beneficiarias de lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 622 y los Decretos Ley Nºs. 25702 y 25988, son comunicados por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico a la Direccion Nacional del Tesoro Publico, en el mes de enero de cada ano. Dichos fondos publicos se destinan a la ejecucion de obras publicas, en la Cadena del Gasto que a continuacion se muestra, la cual sera completada a nivel de especificas del gasto, segun corresponda.
MORDAZA de Transaccion Cadena del Gasto Subgenerica Nivel 2 2. Edificios o Unidades no Residenciales 3. Otras Estructuras 2. Adquisicion de Maquinaria, Equipo y Mobiliario 1. Otros Gastos de Activos no Financieros 1. Otros Gastos de Activos no Financieros Especifica Nivel 1 Nivel 2

Generica

Nivel 1

2. 6. 2. Gastos Adquisicion de Activos Construccion de Edificios Presupuestarios no Financieros y Esculturas 2. 6. 2. Gastos Adquisicion de Activos Construccion de Edificios Presupuestarios no Financieros y Esculturas 2. 6. 3. Gastos Adquisicion de Activos Adquisicion de Vehiculos, Presupuestarios no Financieros Maquinarias y Otros 2. 6. 8. Gastos Adquisicion de Activos Otros Gastos de Activos Presupuestarios no Financieros no Financieros 2. 6. 8. Gastos Adquisicion de Activos Otros Gastos de Activos Presupuestarios no Financieros no Financieros (*) Contratacion para la Supervision de obras

3. Elaboracion de Expedientes Tecnicos 4. Otros Gastos Diversos de Activos no Financieros

1. Elaboracion de Expedientes Tecnicos 3. Gasto por la Contratacion de Servicios (*)

La transferencia financiera que efectua la Municipalidad Provincial del MORDAZA a las Municipalidades Distritales de su jurisdiccion, se consigna en la Estructura Funcional y Cadena del Gasto siguiente:

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