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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (25/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de diciembre de 2008 385976 y Sicuani”, suscribiéndose el respectivo Contrato de Préstamo el 4 de setiembre de 2000; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 193- 2001-EF/75, se aprobó el Convenio de Traspaso de Recursos, el cual fue suscrito con fecha 26 de junio de 2001, entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Crédito Público (hoy, Dirección Nacional del Endeudamiento Público) y la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima – EPS SEDACUSCO S.A., por el cual se trasladó a esta última la suma de ¥ 3 389 000 000,00 (Tres Mil Trescientos Ochenta y Nueve Millones y 00/100 Yenes Japoneses), provenientes del préstamo aprobado por el aludido Decreto Supremo; Que, mediante Addendum al Contrato de Préstamo con el JBIC, de fecha 13 de marzo de 2008, se modifi caron las categorías del préstamo correspondiente al monto a ser asignado a las Unidades Implementadoras del proyecto antes mencionado, correspondiéndole a la EPS SEDACUSCO S.A. la suma de ¥ 1 336 000 000,00 (Mil Trescientos Treinta y Seis Millones y 00/100 Yenes Japoneses); Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 096- 2000-EF dispuso que la Unidad Ejecutora del citado Proyecto sería el Ministerio de la Presidencia, a través del Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado – PRONAP, el mismo que mediante el Decreto Supremo Nº 004-2002-VIVIENDA, fue subrogado en sus funciones y competencias por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – PARSSA; Que, posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA se creó el Programa Agua para Todos (PAPT), como responsable de coordinar las acciones de los proyectos y programas del sector saneamiento, por lo que, absorbió las funciones del PARSSA; Que, por tanto, a fi n de incorporar en el aludido Convenio de Traspaso de Recursos los cambios que se indican en los considerandos precedentes, se ha estimado conveniente suscribir una nueva versión del citado Convenio, el cual sustituye al Convenio de Traspaso aprobado por la Resolución Ministerial Nº 193-2001-EF/75; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 4º de la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los compromisos de reembolso a favor del Gobierno Nacional cuya implementación está a cargo de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas, tales como operaciones de endeudamiento, entre otros, deben contemplar la constitución de un fi deicomiso como mecanismo de devolución de los fondos respectivos; Que, en tal sentido, se ha considerado conveniente constituir un Fideicomiso con el Banco de la Nación, como mecanismo de devolución de los fondos, a fi n de garantizar que la EPS SEDACUSCO S.A. proporcione oportunamente al Ministerio de Economía y Finanzas, en la porción que le corresponda, los recursos necesarios para atender el pago del servicio de deuda de la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo N° 096-2000-EF; Que, en virtud al Artículo 21º de la “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 05-2006-EF/75.01, los Convenios de Traspaso de Recursos y su mecanismo de garantía, se aprueban por resolución ministerial; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29143, el Decreto Supremo N° 096-2000-EF y la Resolución Directoral Nº 05-2006-EF/75.01; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Apruébase el Convenio de Traspaso de Recursos de la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 096-2000-EF, el cual sustituye al Convenio de Traspaso de Recursos aprobado por la Resolución Ministerial Nº 193-2001-EF/75. Artículo 2º.- Apruébase la constitución de un Fideicomiso entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima –EPS SEDACUSCO S.A. y el Banco de la Nación, en calidad de fi duciario, como mecanismo de devolución para el pago del servicio de deuda de la operación de endeudamiento externo, aprobada por el Decreto Supremo Nº 096-2000-EF. Artículo 3º.- Autorízase al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público a suscribir en representación del Ministerio de Economía y Finanzas el Convenio de Traspaso de Recursos y el Contrato de Fideicomiso; así como toda documentación que permita su ejecución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas 294846-1 Aprueban “Lineamientos para la aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 – Ley Nº 29289”, Cuadros de Plazos en la Fase de Ejecución Presupuestaria para el año 2009, y modelos y formatos que forman parte de la Directiva N° 003-2007-EF/76.01 así como modificatorias y derogatorias de la misma RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 060-2008-EF/76.01 Lima, 16 de diciembre de 2008.CONSIDERANDO: Que, el artículo 13º numeral 13.2 literales a) y c) de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con el artículo 4º literales a) y c) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen como atribuciones de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, mediante la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, se disponen pautas y procedimientos de carácter general y permanente, orientados a que los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales ejecuten su presupuesto institucional en el marco del Sistema Nacional de Presupuesto, asimismo se dictan disposiciones particulares aplicables a cada nivel de Gobierno considerando sus diferencias en la ejecución del gasto; Que, la Ley Nº 29289 ha aprobado la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la misma que entrará en vigencia el 1 de enero de 2009, por lo que, resulta necesario aprobar un Apéndice que contenga lineamientos generales para la adecuada aplicación de las disposiciones contenidas en dicha Ley, así como un Anexo de modifi caciones y derogatorias de la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 y de sus Anexos Nºs 1, 2 y 3, a fi n de adecuarlos a las normas que regulan el nuevo Clasifi cador Funcional del Sector Público aprobado por el Decreto Supremo Nº 068-2008-EF y otras disposiciones que promueven la celeridad, simplifi cación y economía de los actos de administración que realizan los pliegos presupuestarios; Que, conforme a la Septuagésima Sétima Disposición Final de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, el Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la Ley N° 28411, dicta, de ser necesario, a través de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, las disposiciones para la mejor aplicación de la Ley N° 29289; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera