Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2008 (25/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES

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del Sector Publico, los articulos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Apendice "Lineamientos para la aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 ­ Ley Nº 29289". Articulo 2°.- Aprobar los MORDAZA de Plazos en la Fase de Ejecucion Presupuestaria para el ano 2009, correspondientes a los niveles de Gobierno Nacional y Regional, de los Anexos N°s 1 y 2 de la Directiva Nº 003 -2007-EF/76.01 - "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria". Articulo 3°.- Aprobar nuevos Modelos y Formatos correspondientes a los niveles de Gobierno Nacional y Regional, y nuevos Modelos, Formato y Guias correspondientes al nivel de Gobierno Local, los mismos que forman parte de la Directiva N° 003-2007-EF/76.01 - "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria"; asimismo, dejar sin efecto los Modelos, Formatos y Guias que fueron aprobados por la Resolucion Directoral N° 003-2007EF/76.01 y modificatoria. Los Modelos y Formatos correspondiente a los niveles de Gobierno Nacional y Regional se publican en la pagina web del Ministerio de Economia y Finanzas: www.mef. gob.pe. Articulo 4°.- Aprobar modificatorias y derogatorias a la Directiva N° 003-2007-EF/76.01 - "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria" y sus Anexos N°s 1, 2 y 3, contenidas en el documento: "Modificatorias ­ Directiva N° 003-2007-EF/76.01", que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 5°.- El texto ordenado de la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 - "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria" y de sus Anexos N°s 1, 2 y 3 se encuentran en la pagina web del Ministerio de Economia y Finanzas: www.mef.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion Nacional del Presupuesto Publico APENDICE "LINEAMIENTOS PARA LA APLICACION DE LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2009 ­ LEY Nº 29289" Articulo 1°.- Gasto total para la Contratacion Administrativa de Servicios ­ CAS En la identificacion del monto ejecutado durante el ano fiscal 2008 en la contratacion de personas naturales en las Especificas de Gasto 27. "Servicios No Personales", 33. "Servicio de Consultoria" y 39. "Otros Servicios de Terceros", a que hace referencia el numeral 9.1 del articulo 9° de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, las entidades publicas tendran en cuenta que la referencia a personas naturales indicada en la citada MORDAZA, se encuentra vinculada a aquellas personas que prestaron servicios de manera no autonoma en los espacios fisicos en donde se desempenan las actividades administrativas y funcionales de la entidad, conforme a la definicion establecida en el Decreto Legislativo N° 1057. Articulo 2°.- Aplicacion de la MORDAZA Disposicion Final de la Ley N° 29289 para los proyectos ejecutados en administracion directa Cuando en el MORDAZA de lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Final de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, la ejecucion de los proyectos a cargo de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y empresas publicas, segun su capacidad operativa, se realice por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia financiera es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional. En la administracion directa no es de aplicacion el requisito de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras, dada la naturaleza de los proyectos que se realizan a traves de este MORDAZA de ejecucion. Las

transferencias financieras se sujetan a lo dispuesto en el convenio respectivo suscrito. Articulo 3º.- Ejecucion de sentencias en calidad de cosa juzgada Para efecto de la atencion de sentencias en calidad de cosa juzgada se debe tomar en cuenta lo siguiente: i) El Pliego da cumplimiento a las sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada, en el MORDAZA de la escala de prioridades que establece su Titular, de conformidad con la Ley Nº 28411 y con cargo a su presupuesto institucional. ii) El articulo 70º de la Ley Nº 28411 se aplica ante la falta de capacidad presupuestal del Pliego para atender una sentencia judicial. iii) El porcentaje establecido en la Vigesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, y su base de calculo, se entienden comprendidos dentro de lo establecido en el articulo 70º de la Ley Nº 28411. Articulo 4°.- Aplicacion del limite para el uso de los recursos que por concepto de canon y sobrecanon, y regalia minera reciben las Universidades Publicas El limite del 30% para el uso de los recursos que por concepto de canon y sobrecanon, y regalia minera reciben las Universidades Publicas, para el financiamiento de proyectos de inversion publica vinculados directamente con los fines de las universidades y que no contemplen intervenciones con fines empresariales, establecido en el MORDAZA parrafo del numeral 6 de la Decima Tercera Disposicion Final de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, comprende tambien el uso de los saldos de balance de anos fiscales anteriores por concepto de canon y sobrecanon, y regalia minera, que se incorporen en el ano fiscal 2009 para la ejecucion de metas presupuestarias en dicho ano fiscal. Articulo 5º.- Certificacion de credito presupuestario en gastos de bienes, servicios, capital y personal 5.1 La certificacion de credito presupuestario a que hace referencia el articulo 77° numerales 77.1 y 77.2 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, constituye un acto de administracion cuya finalidad es la de garantizar que se cuenta con el credito presupuestario suficiente, para comprometer un gasto con cargo al presupuesto institucional autorizado para el ano fiscal 2009. Las unidades ejecutoras y/o administrativas realizan la certificacion del credito presupuestario en gasto de bienes, servicios, capital y personal. Para tal efecto, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, dicta los procedimientos y lineamientos que considere necesarios, referidos a la informacion, documentos y plazos que debera cumplir la unidad ejecutora para llevar a cabo la certificacion. 5.2 La certificacion de credito presupuestario en el MORDAZA de la citada Ley, resulta requisito indispensable y se adjuntara al expediente para la autorizacion del gasto, durante la realizacion de la etapa del compromiso, cuando se trata de gastos en bienes, servicios, capital y personal (contratacion o nombramiento legalmente autorizado). 5.3 La certificacion a que hace referencia los numerales precedentes debe constar en documento fehaciente emitido por la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, debiendo contener como requisito esencial la informacion relativa al MORDAZA presupuestal disponible que financia el gasto en bienes, servicios, capital y personal. CUADRO DE PLAZOS EN LA FASE DE EJECUCION PRESUPUESTARIA GOBIERNO NACIONAL
A CARGO DEL MEF * Remision del "Reporte Analitico" del Presupuesto Institucional de Apertura Art. 1 del Anexo N° 1 -Directiva N° 0032007-EF/76.01 * Aprobacion de la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada Art. 5° de la Directiva N° 015-2007-EF/76.01 GOBIERNO NACIONAL Hasta el 22 de enero de 2009

I Trimestre: aprobada de oficio por la DNPP II Trimestre : hasta el 20 de marzo de 2009 III Trimestre : hasta el 19 de junio de 2009 IV Trimestre : hasta el 18 de setiembre de 2009

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