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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387223 a lo establecido en la Trigésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29142, el convenio suscrito a que se refi ere el artículo 9 numeral 9.4 constituye el documento que sustenta la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento para que el Gobierno Regional, Gobierno Local y la empresa pública, según sea el caso, efectúe la convocatoria para el proceso de selección para la ejecución del respectivo proyecto de inversión pública según las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado”. Que, conforme a la disponibilidad de recursos y deducciones del Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, a la fecha existe crédito presupuestario disponible para la atención de las transferencias fi nancieras debidamente autorizadas con la correspondiente documentación y normatividad vigente; Contando con el visado de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia fi nanciera a favor del Gobierno Local señalado en el Cuadro Nº 01, que forma parte de la presente Resolución, por la suma de S/. 100 000,00 (CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública declarado viable y Expediente Técnico aprobado, a partir de la suscripción del Convenio de Transferencia Financiera entre la Presidencia del Consejo de Ministros y el Gobierno Local. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución del proyecto detallado en el Cuadro Nº 01, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos.Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional Modifi cado del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM, Función: 03 Administración y Planeamiento; Programa: 006 Planeamiento Gubernamental; Sub- Programa: 0021 Organización y Modernización Administrativa; Actividad: 1.021325 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Componente: 3.121086 Perú Repara – Programa de Reparaciones Colectivas, Finalidad: Transferencia de Recursos a entidades y la disponibilidad de recursos autorizada del correspondiente Calendario de Compromisos. Artículo 3º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran señalados en el Convenio suscrito por la Presidencia del Consejo de Ministros y el Gobierno Local para el fi nanciamiento del proyecto a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- En el marco de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, el Gobierno Local citado en el Anexo “A” de contar con página web, publicará necesariamente en ella y si no la tuviera, el Gobierno Local publicará necesariamente en los diarios de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad, el resultado de las acciones y detalle de gastos realizados, dentro del primer trimestre del Año Fiscal 2009 de los recursos transferidos, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Artículo 5º.- La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y políticas de Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional (CMAN), se encargará, de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecución de los Convenios referidos en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de los proyectos contenidos en tales Convenios. Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros CUADRO Nº 01 RELACIÓN DE CONVENIOS DE TRANSFERENCIA FINANCIERA PCM – GOBIERNOS LOCALES DepartamentoGobierno LocalNºNombre del Proyecto (Modalidad Contrata)Código SNIP/ ResoluciónCosto del Proyecto (S/.)Financiamiento PCM (S/.) HUANCAVELICAMunicipalidad Distrital de Tintay Puncu01CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA INICIAL N° 296 DE LA LOCALIDAD DE COCHABAMBA GRANDE, DISTRITO DE TINTAY PUNCU - TAYACAJA - HUANCAVELICA58334 188 134,74 100 000,00 TOTAL 118 134,74 100 000,00 ANEXO A Gobierno LocalCódigo SNIP/ ResoluciónNºNombre del Proyecto (Modalidad Contrata)CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADOS (S/.)Financiamiento PCM (S/.) Municipalidad Distrital de Tintay Puncu58334 01CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA INICIAL N° 296 DE LA LOCALIDAD DE COCHABAMBA GRANDE, DISTRITO DE TINTAY PUNCU - TAYACAJA - HUANCAVELICA100 000,00 100 000,00 TOTAL 100 000,00 100 000,00 296273-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 432-2008-PCM Lima, Visto, el MEMORANDUM Nº 533-2008-PCM/CMAN, por medio del cual la Secretaría Ejecutiva de la CMAN solicita se tramite los proyectos de Convenio y Resolución Ministerial de Transferencia Financiera para la ejecución de Proyectos de Inversión Pública con declaratoria de viabilidad y los Expedientes Técnicos aprobados, presentados por los siguientes Gobiernos Locales:OFICIO N° 0134-2008-A-MDC-ABANCAY suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Circa, provincia de Abancay, departamento de Apurimac, con el cual alcanza el Expediente Técnico del Proyecto: “AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE YACA OCOBAMBA”, aprobado con Resolución de Alcaldía N° 033-MDC-A; OFICIO Nº 080-2008-MDP/AL suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pomacocha, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac, con el cual alcanza el Expediente Técnico del Proyecto: Descargado desde www.elperuano.com.pe