Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2008 (31/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2008

AGRICULTURA
Aceptan renuncia y encargan funciones de Director Ejecutivo del Proyecto de Investigacion y Extension MORDAZA PIEA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1121-2008-AG MORDAZA, 29 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 132-2008AG, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jump en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto de Investigacion y Extension Agricola-PIEA, del Ministerio de Agricultura; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venia desempenando; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia presentada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, con efectividad al 23 de diciembre de 2008, la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jump al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto de Investigacion y Extension Agricola-PIEA, del Ministerio de Agricultura, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Encargar, con efectividad al 23 de diciembre de 2008, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Roe las funciones de Director Ejecutivo del Proyecto de Investigacion y Extension Agricola-PIEA, del Ministerio de Agricultura, en tanto se designe al titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 295254-1

Declaran concluido MORDAZA de efectivizacion de transferencia de funciones especificas en materia agraria al Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION MINISTERIAL N° 1122-2008-AG MORDAZA, 29 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 51º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, se establece que las funciones en materia agraria, entre otras, que corresponden a los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las politicas regionales y en concordancia con la politica nacional; Que, mediante Decretos Supremos Nos. 038-2004PCM, 052-2005-PCM, 021-2006-PCM y 076-2006-PCM se aprobaron los "Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los anos 2004, 2005 y 2006", los que en conjunto incluyen las dieciseis (16) funciones especificas en materia agraria ("a", "b", "c", "d", "e", "f", "g", "h", "i", "j", "k", "l", "m", "o", "p" y "q" del articulo 51° de la Ley Nº 27867), a ser transferidas a los Gobiernos Regionales previo cumplimiento de los requisitos generales y

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especificos para acreditar y consecuentemente acceder a las funciones sectoriales conforme a lo previsto por la Ley Nº 28273 ­ Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM; Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2006PCM se dispuso la culminacion, al 31 de diciembre de 2007, de las transferencias programadas en el Plan de Mediano Plazo 2006-2010, de las funciones sectoriales, fondos, proyectos sociales, programas sociales de lucha contra la pobreza y de los proyectos de inversion en infraestructura productiva, de alcance regional, a los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda, en el MORDAZA del Sistema de Acreditacion regulado por la Ley Nº 28273 y su Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007PCM, se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007", el mismo que incluye las funciones pendientes de certificacion, acreditacion y efectivizacion, comprendidas en los Planes Anuales 2004, 2005 y 2006; y asimismo, aprueba los lineamientos para la simplificacion del procedimiento de transferencias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM se amplio el plazo para culminar la transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, dispuesta por el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM; posteriormente mediante Decreto Supremo Nº 029-2008-PCM se amplio hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 003-2007-PCM/SD, se aprobo la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD "Normas para la Ejecucion de la Transferencia del ano 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia", sobre la base de un procedimiento simplificado de conformidad a los lineamientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM; Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 024-CNDGTA-2005 de fecha 26 de agosto de 2005, se acreditaron las funciones especificas establecidas en el articulo 51º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales correspondiente al Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao por los literales "d", "h" e "i"; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 033CND-P-2005 y la Directiva Nº 002-CND-P-2005 para la efectivizacion de la transferencia de las funciones especificas de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia, se establece que los sectores son responsables de dictar las Resoluciones Ministeriales y las normas pertinentes, necesarias para formalizar la transferencia del personal, bienes y acervo documentario vinculados a las funciones sectoriales; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 190 de fecha 03 de MORDAZA de 2007, el Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao conformo su respectiva Comision Regional de Transferencia y por su parte, el Ministerio de Agricultura la conformo a traves de las Resoluciones Ministeriales Nos 1442-2006-AG y 15232006-AG de fechas 28 de noviembre y 22 de diciembre del 2006, respectivamente; Que, en el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 0792007-PCM, se establece que los procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales que forman parte de los Gobiernos Regionales deben incluirse en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional al que pertenecen, el que debera considerar los procedimientos y denominacion segun la relacion que apruebe cada Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 28273 - Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar concluido el MORDAZA de Efectivizacion de la Transferencia en materia agraria de las Funciones Especificas consignadas en los literales "d", "h" e "i" al Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, establecidas por el articulo 51º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales,

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