Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2008 (31/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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externo con la Corporacion MORDAZA de Fomento - CAF, hasta por US$ 300 000 000,00 (TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente las obras faltantes de los tramos 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru ­ Brasil (IIRSA Sur); Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al Sub-Programa "Sectores Economicos y Sociales" referido en el literal a) numeral 5.1 del articulo 5º de la Ley Nº 29143; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, y la Ley Nº 29143; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en lo que respecta a la disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por la presente operacion de endeudamiento externo, se cuenta con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563 y sus modificatorias, y por la Ley Nº 29143; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion Apruebase la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y la Corporacion MORDAZA de Fomento - CAF, hasta por US$ 300 000 000,00 (TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente las obras faltantes de los tramos 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru ­ Brasil (IIRSA Sur). La cancelacion de dicha operacion de endeudamiento externo se efectuara mediante veintiseis (26) cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, la primera de las cuales se pagara a los cuarenta y dos (42) meses de suscrito el contrato de prestamo; asimismo, devengara una comision de compromiso del 0,25% anual sobre los saldos no desembolsados y una comision de financiamiento del 0,75% sobre el monto del prestamo. La tasa de interes aplicable sera la tasa LIBOR a seis (6) meses mas un margen de 1,9% anual, siendo la tasa de interes aplicable para los primeros ocho (8) anos del prestamo la tasa LIBOR a seis (6) meses mas un margen de 1, 35% anual. Articulo 2º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora de las obras faltantes de los tramos 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Peru ­ Brasil (IIRSA Sur) sera el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional (PROVIAS NACIONAL). Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que genere la presente operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los

recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 296313-7

Aprueban operacion de endeudamiento externo con el KfW
DECRETO SUPREMO Nº 182-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 5.1 del articulo 5º de la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a la suma de US$ 1 402 130 000,00 (MIL CUATROCIENTOS DOS MILLONES CIENTO TREINTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau - KfW, hasta por la suma de 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 EUROS), denominada "Programa de Reformas del Sector Saneamiento II", a ser ejecutada por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al Subprograma "Apoyo a la Balanza de Pagos" referido en el literal b) numeral 5.1 del articulo 5º de la Ley Nº 29143; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 29143, y la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, la citada operacion sera destinada a atender parte del pago del servicio de la deuda publica en MORDAZA con lo establecido en el MORDAZA Macroeconomico Multianual 2009-2011 Revisado, aprobado en la Sesion del Consejo de Ministros del 29 de agosto de 2008; Que, por el caracter fungible de la operacion de endeudamiento no se requiere de disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563 y sus modificatorias, la Ley Nº 29143, y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006-EF-75.01, Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

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