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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de diciembre de 2008 387232 Comandante General de la Marina en el año 2007, al haber sido comprendido en las investigaciones iniciadas por la citada Fiscalía, solicitud que ha sido aceptada conforme al Ofi cio V.200-1352 del Comandante General de la Marina de fecha 02 de diciembre de 2008; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM de fecha 26 de noviembre de 2004, están exoneradas de los procesos de selección, las contrataciones que se realicen para servicios personalísimos; encontrándose comprendido en este supuesto la defensa judicial de los funcionarios, servidores, ex-funcionarios y ex-servidores de entidades del Poder Ejecutivo en procesos que se inicien en su contra, enmarcados en el Decreto Supremo N° 018-2002-PCM, en concordancia con lo establecido en el Artículo 145º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, en tal sentido, es viable realizar la contratación de la defensa legal requerida mediante acciones inmediatas, en tanto dicha contratación se encuadra en los supuestos de excepción aludidos y contemplados en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado, dadas las funciones y responsabilidades de las personas investigadas; Que, a fi n de asumir la defensa legal especializada es necesario contar con un profesional del derecho, con determinadas características académicas y de experiencia en materia penal y en procesos penales, con experiencia en el ejercicio de la magistratura y como abogado defensor, y que no presente ninguna incompatibilidad para contratar con el Sector Público; Que, de acuerdo a la evaluación efectuada y revisión del Currículum Vitae del abogado Felipe Andrés Villavicencio Terreros, dicho profesional cumple los requisitos y características para que asuma el patrocinio, defensa y asesoría legal especializada del personal naval investigado, desde la investigación fi scal hasta lograr el archivamiento defi nitivo en el Ministerio Público; Que, la Segunda Sección de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina con el Informe Técnico de fecha 02 de diciembre de 2008, ha informado que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por un monto de CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 54,444.00), con lo cual se podrá cubrir los costos del servicio especializado a contratar, con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, Fuente de Financiamiento 1, Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 3 Bienes y Servicios, Meta 02P11001 “Pago por Servicios Legales especializados para la Secretaría de la Comandancia General de la Marina”; Que, la Secretaría Institucional de Asuntos Jurídicos de la Marina de Guerra del Perú, con el Informe de fecha 02 de diciembre de 2008, considera viable legalmente que se lleve a cabo la contratación del servicio especializado para atender la defensa legal solicitada, la misma que debe ser brindada por un profesional que reúna características académicas y profesionales como las que se aprecian del perfi l profesional del señor abogado Felipe Andrés VILLAVICENCIO Terreros, y dentro del marco legal allí indicado; Que, conforme al Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, la exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio especializado, debe ser aprobado mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, siendo en el presente caso mediante Resolución Ministerial del Ministro de Defensa, debiendo ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, remitiéndose una copia de la misma, así como un Informe Técnico-legal a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, dentro de los DIEZ (10) días hábiles siguientes a la fecha de aprobación; De acuerdo con el documento de visto, Carta Ofi cial G.500-5376 del Secretario General de la Marina de fecha 04 de diciembre de 2008; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio especializado para la defensa legal de personal militar de la Marina de Guerra del Perú, acorde a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, en la denuncia Nº 245-2007, a cargo de la Cuarta Fiscalía Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios por los presuntos delitos Contra la Administración Pública en las modalidades de malversación, peculado, colusión, enriquecimiento ilícito y asociación ilícita para delinquir, derivadas de la denuncia presentada por el Teniente Coronel EP Darío Clodoaldo CHIRINOS Cáceres, por el presunto incumplimiento de normas legales que reconocen ingresos no remunerativos a favor de personal militar, entre otros; por servicios personalísimos, disponiendo que se realice la contratación del abogado Felipe Andrés VILLAVICENCIO Terreros, de forma directa mediante acciones inmediatas. Artículo 2º.- La contratación a que se refi ere el Artículo precedente será realizada por la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, hasta por la suma de CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 54,444.00), valor que incluye los impuestos de ley, por el período que dure el litigio, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, cumpliendo con los requisitos, condiciones, formalidades y exigencias correspondientes, que será pagado al mencionado abogado de acuerdo a lo estipulado en el contrato a suscribirse con éste. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría de la Comandancia General de la Marina la aprobación del expediente y de las Bases correspondientes al proceso exonerado por servicios personalísimos. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, quedando la Secretaría de la Comandancia General de la Marina encargada de remitir copia de la presente Resolución y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los DIEZ (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición, adicionalmente, deberá publicitarla a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 296267-1 Exoneran a la Marina de Guerra de proceso de selección para la adquisición de terreno donde se ubica el Centro de Recreación y Esparcimiento para Técnicos y Oficiales de Mar Club de Playa Lurín RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1548-2008-DE/SG Lima, 30 de diciembre de 2008Visto el Ofi cio G.500-0984 del Comandante General de la Marina de fecha 19 de setiembre de 2008, y Ofi cio G.500-1160 ampliatorio de fecha 03 de octubre de 2008, mediante el cual solicita la exoneración del proceso de selección para la adquisición del terreno donde se ubica el Centro de Recreación y Esparcimiento para Técnicos y Ofi ciales de Mar Club de Playa Lurín, por tratarse de un bien que no admite sustituto y su proveedor es único; CONSIDERANDO:Que, el Centro de Recreación y Esparcimiento para Técnicos y Ofi ciales de Mar Club de Playa Lurín, viene funcionando en un área de SETENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES CON 94/100 METROS CUADRADOS (70,543.94 m2) de un terreno de mayor extensión (300,000.00 m2, aproximadamente) que forma parte del fundo denominado Urbanización y Lotización Valle de Lurín, antes Las Salinas, cuyos linderos y medidas perimétricas corren inscritos en la Ficha Nº 81164, que ha Descargado desde www.elperuano.com.pe