Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2008 (02/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

362902

REQUISITOS

BASE LEGAL

DERECHOS ADMINISTRATIVOS

CALIFICACION

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL PROCEDIMIENTO

DEPENDENCIA QUE APRUEBA EL TRAMITE

RECURSO DE RECONSIDERACION

RESOLUCION DEL RECURSO DE RECONSIDERACION

RECURSO DE APELACION

RESOLUCION DEL RECURSO DE APELACION

RECURSO DE REVISION

RESOLUCION DEL RECURSO DE REVISION

** No sera necesario presentar la MORDAZA Certificada del Acta de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil, cuando esta corresponda a una Oficina Registral incorporada al RENIEC, y cuyas rectificaciones o anotaciones marginales hayan sido actualizadas en la Base de Datos.

2. REINSCRIPCION EN EL REGISTRO UNICO DE IDENTIFICACION DE LAS PERSONAS NATURALES: Tramite que deben realizar aquellas personas cuyas Actas Registrales hayan desaparecido o hayan sido destruidas o, cuando existiendo estas, presentan alguna observacion de registro, o no presentan firma y/o impresion dactilar o estas ultimas presentan limitaciones de orden tecnico. 1. Ficha Registral, la misma que tiene caracter de Declaracion Jurada, en la que Decima Disposicion Final del En el territorio nacional Evaluacion previa Oficina Registral RENIEC Sub Gerencia de Dentro de los 15 dias Sub Gerencia de Dentro de los 15 Gerencia de Procesos se consigna el numero de DNI anterior. Reglamento de Inscripciones, y en el extranjero opera el silencio o Procesamiento habiles posteriores a Procesamiento dias habiles 0.6667% UIT negativo si transcurridos 30 dias la entidad no emite pronunciamiento alguno. necesariamente en nueva prueba. Es de tramite gratuito. negativo. Es de tramite gratuito. sustentarse administrativo debiendo opera el silencio a la Ficha Registral, del solicitante u solicitante de acuerdo en conocimiento en conocimiento del denegatoria es puesta denegatoria es puesta fecha en que la administrativo Agencia RENIEC de Identificacion la fecha en que la de Identificacion posteriores a la

2. MORDAZA certificada del Acta de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil (**). 3. Una fotografia actual que cumpla los requisitos del Anexo N° 1.

aprobado por el

D.S. N° 015-98-PCM.

4. Recibo de Pago de Derechos Administrativos.

Fecha Publicacion:25.04.98

5. Ficha Decadactilar.

* El estado civil se sustenta con la documentacion detallada en el Anexo N° 2.

* En lo relativo al domicilio, el solicitante debe sustentar su direccion conforme a lo senalado en el Anexo Nº 3 * El grado de instruccion se acredita de acuerdo a los requisitos del Anexo N° 4.

* Cuando se presenta un Acta de Nacimiento generada de una inscripcion extemporanea (Ley Nº 26497 Art. 49° - mayores de edad), se debe presentar ademas los requisitos del Anexo Nº 6. * Las personas bautizadas MORDAZA del 14 de noviembre de 1936, pueden sustentar su inscripcion presentando MORDAZA certificada de la Partida de Bautismo autenticada por Notario Eclesiastico.

** No sera necesario presentar la MORDAZA Certificada del Acta de Nacimiento ni de Matrimonio expedida por el Registro del Estado Civil, cuando esta corresponda a una Oficina Registral incorporada al RENIEC, y cuyas o rectificaciones anotaciones marginales hayan sido actualizadas en la Base de Datos.

NORMAS LEGALES

3. DUPLICADO DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD: Tramite por el que se expide un Documento Nacional de Identidad con el mismo tenor y caracteristicas que el ultimo actualizado o renovado, el que se puede pedir en caso de perdida, robo, destruccion o deterioro. Este contendra una indicacion en el sentido que es "Duplicado". En el territorio nacional y en el extranjero 0.5304% UIT En caso de Menores de Edad 0.4546% UIT 10 dias la entidad no emite pronunciamiento alguno. si transcurridos negativo administrativo Agencia RENIEC de Identificacion opera el silencio o Procesamiento Evaluacion previa Oficina Registral RENIEC Sub Gerencia de Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que la denegatoria es puesta en conocimiento del solicitante de acuerdo a la Ficha Registral, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba. Es de tramite gratuito. En el territorio nacional y en el extranjero 0.5304% UIT opera el silencio Evaluacion previa Oficina Registral RENIEC o Agencia RENIEC Sub Gerencia de Procesamiento de Identificacion Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que la denegatoria es puesta en conocimiento del Sub Gerencia de Procesamiento de Identificacion Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que la denegatoria es puesta Gerencia de Procesos Sub Gerencia de Procesamiento de Identificacion Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que la denegatoria es puesta en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo. Es de tramite gratuito. Gerencia de Procesos

a) Duplicado a traves de Oficina Registral o Agencia RENIEC 1. Ficha Registral, la misma que tiene caracter de Declaracion Jurada.

Art. 36º de la Ley 26497,

Organica del RENIEC.

2. Recibo de Pago de Derechos Administrativos

Fecha Publicacion:12.07.95

* En caso de Menores de Edad: El declarante debe exhibir su documento de

Art. 96º del Reglamento

identidad.

de Inscripciones,

aprobado por el

D.S. N° 015-98-PCM.

Fecha Publicacion:25.04.98

b) Duplicado a traves de Pagina Web: Procedimiento por el que se solicita un Arts. 2º y 36º de la Ley 26497, duplicado del DNI a traves de la MORDAZA Web del RENIEC (www.reniec.gob.pe) Organica del RENIEC.

1. Recibo de Pago de Derechos Administrativos.

Fecha Publicacion:12.07.95

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de enero de 2008

Art. 96º del Reglamento

administrativo positivo si transcurridos 10 dias, la entidad no emite

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