Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2008 (08/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 8 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el articulo 79° de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, establece que el Ministerio de Educacion es el organo del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2006-PCM, el Instituto de Infraestructura Educativa y de Salud ­ INFES, se fusiona por absorcion con el Ministerio de Educacion; Que, a traves de los Decretos Supremos Nº 009 y 010-2007-ED se aprobaron las fusiones del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo - INABEC y de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ al Ministerio de Educacion, respectivamente, las mismas que se han realizado bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendole al Ministerio de Educacion la calidad de entidad incorporante; en concordancia con las normas establecidas en el Decreto Supremo Nº 0432006-PCM; Que, asimismo, por lo dispuesto en el D.S. Nº 0162007-ED se modifica la estructura interna del Ministerio de Educacion, creandose la Direccion General de Tecnologias Educativas, cambios de denominaciones de Organos de Linea y fusiones internas en el Ministerio de Educacion; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Final de los Decretos Supremos senalados en los considerandos precedentes disponen que, como consecuencia de tales fusiones, el Ministerio de Educacion debera adecuar su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, en tal sentido, dando estricto cumplimiento a las disposiciones MORDAZA mencionadas, resulta pertinente modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, a efecto de adecuarlo a lo dispuesto en las citadas normas legales; Con la aprobacion del Informe Tecnico Sustentatorio y la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del Articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1°.- INCORPORACION Incorporese los incisos f) y g) en el articulo 8º; los incisos s) y t) en el articulo 9°; el numeral 3 en Organos de Asesoramiento, los numerales 2, 5 y 10 en Organos de Linea, el numeral 1 e. en Organos de Apoyo en el articulo 10°; los articulos 25º A, 25° B, 25° C, 25° D; los articulos 49° A, 49° B, 53º A, 53º B, 53º C, los articulos 61° A, 61° B, 61° C, 61º D; el inciso h) en el articulo 62°; el articulo 66° A, al Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 8°.- Objetivos. (...) f) Contribuir al desarrollo cientifico y tecnologico del MORDAZA, promoviendo la formacion, actualizacion y perfeccionamiento de los recursos humanos, mediante la captacion y otorgamiento de Becas y Creditos Educativos. g) Promover, coordinar y articular politicas de Estado orientadas al desarrollo integral de los jovenes. Articulo 9°.- Funciones. Son funciones del Ministerio de Educacion: (...)

t) Formular politicas de Estado en materia de juventud, que contribuya al desarrollo integral de los jovenes en temas de empleabilidad, mejoramiento de calidad de MORDAZA, inclusion social, participacion y acceso a espacios en todos los ambitos del desarrollo humano, asi como promover y supervisar programas y proyectos en beneficio de los jovenes. Articulo 10°.- Estructura Organica ORGANOS DE ASESORAMIENTO 3. Secretaria Nacional de la Juventud · Direccion de Promocion, Organizacion y Gestion · Direccion de Investigacion y Desarrollo · Direccion de Asistencia Interna y Monitoreo ORGANOS DE LINEA Dependiente del Viceministerio Pedagogica de Gestion

10. Direccion General de Tecnologias Educativas a. Direccion Pedagogica b. Direccion de Informatica y Telecomunicaciones Dependiente Institucional del Viceministerio de Gestion

2. Oficina de Infraestructura Educativa a. Unidad de Planeamiento y Normatividad b. Unidad de Supervision de Obras y Mantenimiento c. Unidad de Patrimonio Inmobiliario 5. Oficina de Becas y Credito Educativo a. Unidad de Becas b. Unidad de Credito Educativo c. Unidad de Gestion y Desarrollo ORGANOS DE APOYO Dependientes de la Secretaria General 1. Oficina General de Administracion e. Unidad de Ejecucion Coactiva Articulo 25º A.- De la Secretaria Nacional de la Juventud. La Secretaria Nacional de la Juventud, es la encargada de formular y proponer politicas de Estado en materia de Juventud, que contribuyan al desarrollo integral de los jovenes en temas de empleabilidad, mejoramiento de la calidad de MORDAZA, inclusion social, participacion y acceso a espacios en todos los ambitos del desarrollo humano, asi como promover y supervisar programas y proyectos en beneficio de los jovenes. Depende del Ministro de Educacion. Sus funciones son: a) Promover, sin exclusion alguna, mecanismos de participacion efectiva de la juventud en el diseno de proyectos y programas de fomento de los derechos, deberes y obligaciones de la juventud orientados a la construccion de ciudadania. b) Formular en coordinacion con los organismos y organos integrantes del CONAJU y el Viceministerio de Gestion Pedagogica, las politicas y el Plan Nacional de la Juventud. c) Formular, disenar y aprobar planes, programas y proyectos viables que atienden las demandas y aspiraciones acordes a los derechos, deberes y obligaciones de la juventud desde la vision local, regional y nacional. d) Coordinar y articular con los diversos organismos del Estado y de la sociedad, la ejecucion de planes, programas y proyectos; asi como monitorear y evaluar sus productos y resultados. e) Promover programas de capacitacion para el trabajo, liderazgo, actitudes solidarias y emprendedoras, que contribuyan a la empleabilidad. f) Promover planes, programas, proyectos y actividades viables tendientes a la resocializacion y reinsercion de

s) Elaborar, proponer y ejecutar politicas relacionadas con el otorgamiento de Becas y Credito Educativo

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