Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2008 (08/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de enero de 2008 363373 Artículo 6º.- Normas Complementarias La Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitirá las normas complementarias que se requieran para la implementación de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de enero del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 149186-5 VIVIENDA Autorizan viaje de funcionario del Ministerio a España para participar en la Conferencia Internacional “La Ciudad Viva” y en la Red de Ciudades Sostenibles RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 004-2007-VIVIENDA Lima, 7 de enero de 2008CONSIDERANDO:Que, la Consejería de Obras Públicas y Transportes - Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Junta de Andalucía, del Reino de España, actualmente coordinadora de la Red de Ciudades Sostenibles constituida por las ciudades, organismos, entidades, profesionales, entre otros, comprometidos en la recuperación y revitalización de las ciudades, realizará la Conferencia Internacional “La Ciudad Viva” en la ciudad de Sevilla durante los días 10 y 11 de enero de 2008 y la participación en la Red de Ciudades Sostenibles el 9 de enero de 2008; Que, el Coordinador de la referida Red de Ciudades Sostenibles invita al Arquitecto Luis Obdulio Tagle Pizarro, Director Ejecutivo del Programa de Gestión Territorial del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, a participar de manera activa en el desarrollo de todos los actos, siendo conveniente autorizar el viaje; Que, la Red de Ciudades Sostenibles de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda fi nanciará el pasaje aéreo, gastos de alojamiento y estadía para su permanencia en la ciudad de Sevilla, lo cual no ocasionará gastos al Estado; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 29158 y 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, la Ley Nº 27619 y los artículos 10º y 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Arquitecto Luis Obdulio Tagle Pizarro, Director Ejecutivo del Programa de Gestión Territorial del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a la ciudad de Sevilla del Reino de España, del 8 al 13 de enero de 2008, con la fi nalidad que participe en la Conferencia Internacional “La Ciudad Viva” y en la Red de Ciudades Sostenibles que organiza la Junta de Andalucía, Consejería de Obras Públicas y Transportes, Dirección General de Arquitectura y Vivienda. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial no ocasionará gastos al Estado ni otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.Artículo 3º.- Encargar al Director Nacional de Urbanismo sus funciones, mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno del viaje, el referido funcionario deberá presentar un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 149182-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen traslado de magistrado al Juzgado Mixto de Lurín, Distrito Judicial de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 271-2007-CE-PJ Lima, 21 de noviembre del 2007VISTO:El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado presentada por el señor Jorge Elías Cabrejo Ríos, Juez Titular del Segundo Juzgado Mixto de Satipo, Distrito Judicial de Junín, y ; CONSIDERANDO:Primero: Que, la solicitud de traslado presentada por el señor Jorge Elías Cabrejo Ríos, Juez Titular del Segundo Juzgado Mixto de Satipo, Distrito Judicial de Junín, a una plaza de igual nivel jerárquico del Distrito Judicial de Lima; se sustenta en razones de salud, al padecer síndrome de ojo seco severo en el ojo derecho, que requiere tratamiento especializado en la ciudad de Lima; Segundo: Que, el artículo 3° del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, contempla dos supuestos de hechos por los cuales procede los traslados por razones de salud: a) cuando el magistrado, su cónyuge o hijos menores requieren tratamiento especializado permanente que no puede obtener en el lugar donde presta servicio; y b) cuando su clima o ubicación geográfi ca les sea perjudicial para su salud. Tercero: Que, la norma indicada en el considerando precedente, plantea como requisito esencial que, para acreditar las causales antes indicadas, se tiene que presentar los informes médicos sustentatorios favorables del Instituto Peruano de Seguridad Social (ahora ESSALUD) del lugar o sede de origen, así como del lugar de destino; Cuarto: Que, de los Informes Médicos del Hospital I Río Negro - ESSALUD Satipo (lugar de origen), obrantes a fojas 12 y 13, refi eren que dicho establecimiento hospitalario no cuenta con la Especialidad de Oftalmología para atender la dolencia que padece el paciente Jorge Cabrejo Ríos; asimismo, en el Informe Médico del Hospital I Carlos Alcántara Butterfi eld - ESSALUD Lima (lugar de destino), obrante a fojas 14, se recomienda tratamiento permanente en la especialidad de Oftalmología; Quinto: Que, del Informe Médico expedido por el médico especialista en oftalmología del Hospital I de ESSALUD Carlos Alcántara Butterfi eld, se advierte que el magistrado solicitante sufre de la enfermedad de SINDROME DE OJO SECO SEVERO, el cual según la información obtenida de las páginas web wwwclínica de ojos de Tijuana.com y la Revista Cubana de Oftalmología