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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2008 (15/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de enero de 2008 364126 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, reconoce a los gobiernos Locales autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, el Art. 74º del precitado cuerpo legal, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, para crear, modifi car, suprimir o exonerar arbitrios, tasas, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley; Que, la Municipalidad Distrital del Chorrillos, mediante la Ordenanza Municipal Nº 127-MDCH, estableció el marco legal del Régimen Tributario de la Tasa de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2008, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, por Acuerdo de Concejo Nº 487 con fecha 20 de diciembre del 2007; Que, en la citada Ordenanza se aprobó únicamente la Tasa de Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2008, la misma que demandará la emisión mecanizada y distribución a domicilio de cada una de las Hojas de Liquidación de los Arbitrios Municipales correspondientes al presente ejercicio; De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 9º numeral 8 y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores miembros del concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO A PAGAR POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE LAS HOJAS DE LIQUIDACIÓN DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO TRIBUTARIO 2008 Artículo 1º.- Aprobar la Emisión Mecanizada de las Hojas de Liquidación de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio tributario 2008. Artículo 2º.- Establecer en S/ 1.00 (Un y 00/100 Nuevos Soles), el derecho de Emisión Mecanizada por cada Hoja de Liquidación de los Arbitrios Municipales del año 2008. Artículo 3º.- Aprobar el Cuadro de Estructura de Costos de Emisión Mecanizada de las Hojas de Liquidación referente a los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, según se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administración, la Gerencia de Rentas y la Subgerencia de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Tercera.- Déjese sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 151488-1MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Convocan a proceso de elección de Consejos Directivos de las Juntas Vecinales Comunales y conforman el Comité Electoral DECRETO DE ALCALDÍA N° 001-2008-MDMM Magdalena del Mar, 10 de enero de 2008El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, y; CONSIDERANDO:Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley N° 27680, que aprueba la Reforma Constitucional, establecen que las municipalidades promueve, apoyan y reglamentan la participación vecinal; Que, el artículo 73° numeral 5 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que éstas son componentes para promover y organizar la participación de los vecinos en el desarrollo comunal y el artículo 113° de la misma norma señala que a través de las juntas vecinales, el vecino ejerce su derecho de participación; Que, mediante Ordenanza N° 169-MDMM, se aprobó el instrumento normativo que aprueba el reglamento de organizaciones, funciones y el proceso de elección a las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Magdalena del Mar, señalando a su artículo 32° que mediante Decreto de Alcaldía se convocará a elecciones para conformar el consejo directivo de las Juntas Vecinales Comunales, fi jando el cronograma del proceso eleccionario y designado al respectivo comité electoral; Que, es política de esta gestión municipal promover los mecanismos para lograr una efectiva y efi ciente participación vecinal que repercuta en el desarrollo integral de nuestro distrito; Estando a las consideraciones expuestas y en uso a las atribuciones conferidas en el artículo 20 inciso 6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCAR a elecciones a las Juntas Vecinales Comunales para la conformación de sus respectivos Consejos Directivos, las que se realizarán el día 23 de febrero del 2008, de 9:00 a 14:00 horas, en los locales que serán comunicados por el departamento de Participación Vecinal. Las Juntas Vecinales Comunales que participen deberán estar debidamente inscritas en el Registro Único de Organizaciones Sociales-RUOS de la Municipalidad de Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- CONFORMAR el Comité Electoral encargado de llevar a cabo el proceso de elección de los Consejos Directivos de las Juntas Vecinales Comunales de Magdalena del Mar, el mismo que estará integrada por: Presidente: Jefe del Departamento de Participación Vecinal Miembro: Representante de la Gerencia de Desarrollo Social y Económico Miembro: Representante de la Gerencia de Asesoría Jurídica Miembro: Representante Vecinal elegido por Juntas Vecinales en ejercicio Miembro: Representante Vecinal elegido por Juntas Vecinales en ejercicio