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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2008 (15/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de enero de 2008 364115 VIVIENDA Designan representante de COFOPRI ante el Grupo Técnico de Coordinación Interinstitucional Camisea (GTCI - CAMISEA) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 009-2008-VIVIENDA Lima, 14 de enero de 2008CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 120-2002-PCM, se crea el Grupo Técnico de Coordinación Interinstitucional Camisea (GTCI - CAMISEA), como órgano dependiente orgánica y funcionalmente del Despacho del Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas, integrado, entre otros, por un representante del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT del Ministerio de Agricultura; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-EM, que modifi ca el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 120-2002-PCM, se precisa que los órganos y entidades del Poder Ejecutivo integrantes del Grupo Técnico, designarán a sus representantes mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente, en atención a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 019-2006-VIVIENDA, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, se encuentra adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y realiza acciones vinculadas con la formalización de la propiedad predial que resultan necesarias para la ejecución de programas y proyectos, que forma parte de la Política Nacional de Vivienda que promueve el citado Ministerio; Que, por Decreto Supremo N° 005-2007-VIVIENDA, se aprueba la fusión por absorción del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT, con el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, correspondiéndole a este último la calidad de entidad incorporante, y por Decreto Supremo N° 012-2007-VIVIENDA, se precisa el ámbito de la fusión dispuesta; Que, de acuerdo con la Resolución Ministerial N° 183-2007-VIVIENDA, el proceso de fusión indicado en el considerando precedente, concluyó el 12 de junio de 2007, fecha en que se declaró extinguido el PETT; por lo que toda referencia este último o a las competencias, funciones y atribuciones que éste venía ejerciendo, se entenderán hechas al COFOPRI; Que, estando a lo indicado, es necesario designar un representante del COFOPRI, ante el Grupo Técnico de Coordinación Interinstitucional Camisea (GTCI CAMISEA), creado por Decreto Supremo Nº 120-2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 007-2005-EM, en lugar del representante del fusionado y extinto PETT; De conformidad con la Ley N° 27792 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Martín Perinango Beltrán, como representante del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, ante el Grupo Técnico de Coordinación Interinstitucional Camisea (GTCI - CAMISEA), creado por Decreto Supremo Nº 120-2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N° 007-2005-EM; en lugar del representante del fusionado y extinto Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT.Artículo 2º.- Notifi car la presente designación al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI y al Viceministerio de Energía del Ministerio de Energía y Minas, del cual depende orgánica y funcionalmente el Grupo Técnico de Coordinación Interinstitucional Camisea (GTCI - CAMISEA). Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento 151811-1 Delegan a Viceministro la suscripción de convenios como consecuencia de las transferencias de recursos a favor de Gobiernos Regionales y Locales y de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 010-2008-VIVIENDA Lima, 14 de enero de 2008 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal I) del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, en ese sentido el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento viene efectuando transferencias fi nancieras, a través del Programa Agua Para Todos del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento para la ejecución de proyectos de inversión pública en saneamiento; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal h) del numeral 75.4) del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto modifi cado por Ley Nº 28927, las transferencias fi nancieras del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el numeral 9.4) del artículo 9º de la Ley Nº 29142, la ejecución de los proyectos de inversión se efectúa mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, autorizadas mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de las entidades; Que, en ese sentido, corresponde al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobar mediante Resolución Ministerial la transferencia fi nanciera de recursos a que se refi ere el considerando precedente, y suscribir los Convenios respectivos con los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, Provinciales y Distritales, así como con las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales, documentos en los que se precisará las características y condiciones de los proyectos de inversión pública correspondientes; Que, en atención a lo expuesto resulta pertinente delegar en el Viceministro de Construcción y Saneamiento, la suscripción de los citados Convenios; De conformidad con la Ley Nº 27792, Ley Nº 29142, Ley Nº 28411 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Delegar en el Viceministro de Construcción y Saneamiento, ingeniero Juan Sarmiento