TEXTO PAGINA: 12
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de enero de 2008 364206 Aprueban Metodología de Codificación de Unidades Geográficas de Pfafstetter, Memoria Descriptiva y el Plano de Delimitación y Codificación de las Unidades Hidrográficas del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 033-2008-AG Lima, 5 de enero de 2008VISTO:El Informe Nº 001-2007-INRENA-IRH-DIRHI/SIG de la Dirección de Recursos Hídricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA y el Informe Nº 005- 2007-AG-OGAJ; y, CONSIDERANDO:Que, el inciso e) del artículo 2º del Decreto Ley Nº 17752 - Ley General de Aguas, señala como uno de los deberes del Estado, en cuanto a los recursos hídricos, realizar y mantener actualizados los estudios hidrológicos, hidrobiológicos, hidrogeológicos, meteorológicos, y demás que fuesen necesarios en las cuencas hidrográfi cas del territorio nacional; Que, la cuenca hidrográfi ca es la unidad territorial más adecuada para la planifi cación y gestión de los recursos naturales en general y de los recursos hídricos en particular; Que, el inciso g) del artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, señala como una de las funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, proponer lineamientos de política y normas en materia de manejo de cuencas; Que, mediante Informe Técnico Nº 001-2007-INRENA- IRH-DIRHI/SIG, la Dirección de Recursos Hídricos de la Intendencia de Recursos Hídricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, solicita aprobar ofi cialmente la Metodología de Codifi cación de Unidades Geográfi cas de Pfafstetter, Memoria Descriptiva y Plano de Delimitación y Codifi cación de Unidades Hidrográfi cas del Perú, elaborado con una cartografía base a escala 1:250,000, utilizando la Metodología creada en Brasil por Otto Pfafstetter y difundida como el Sistema de Codifi cación Estándar Internacional por el Servicio Geológico de los Estados Unidos (USGS); Que, la delimitación y codifi cación de las unidades hidrográfi cas del Perú, constituyen la referencia cartográfi ca básica para desarrollar procesos de ordenamiento de cuencas hidrográfi cas del país, tales como la determinación, codifi cación de los cursos y cuerpos de agua: ríos, lagos, lagunas y embalses, estudios hidrológicos, estudios de ordenamiento territorial, entre otros; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la Metodología de Codifi cación de Unidades Geográfi cas de Pfafstetter, Memoria Descriptiva y el Plano de Delimitación y Codifi cación de las Unidades Hidrográfi cas del Perú; y, De conformidad con el artículo 7º de la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, Decreto Ley Nº 25902 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Metodología de Codifi cación de Unidades Geográfi cas de Pfafstetter, Memoria Descriptiva y el Plano de Delimitación y Codifi cación de las Unidades Hidrográfi cas del Perú, elaborados por la Intendencia de Recursos Hídricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, que rubricados por el Titular de dicha Intendencia, forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Metodología, Memoria y el Plano aprobados en el artículo precedente sean publicados en la página web del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA para uso del público en general, teniéndose como referencia obligatoria en todos los procesos de ordenamiento de Cuencas Hidrográfi cas, así como en los procedimientos administrativos en materia de aguas a que se refi ere la Ley General de Aguas - Decreto Ley Nº 17752, sus Reglamentos, normas complementarias y modifi catorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 152895-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante del Ministerio a Indonesia para participar en evento a realizarse en el marco de la Primera Reunión del Consejo Consultivo Empresarial de APEC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2008-MINCETUR Lima, 16 de enero de 2008CONSIDERANDO:Que, del 21 al 23 de enero de 2008, se llevará a cabo en la ciudad de Yakarta, Indonesia, la Reunión de los Altos Funcionarios del Foro de Cooperación Económica del Asia Pacífi co (APEC) con los miembros del Consejo Consultivo Empresarial (ABAC) del APEC, con el objeto de hacer seguimiento a las discusiones sobre la Integración Económica Regional en el Foro APEC y al trabajo del ABAC, dentro del marco de las actividades preparatorias para la Cumbre 2008, a realizarse en el Perú; Que, la participación del Perú en dicha reunión tiene por objeto, entre otros, (i) lograr que los intereses nacionales se vean refl ejados en los temas relacionados a la integración económica regional, así como en los estudios relacionados a los Acuerdos de Libre Comercio (FTAs) y los Acuerdos Regionales de Comercio (RTAs) y su vinculación con el cumplimiento de las Metas de Bogor (Indonesia); (ii) lograr respecto a la organización del APEC 2008 en el Perú, que el tema se incluya en la discusión y los acuerdos que se adopten y (iii) contribuir en la defi nición de las características de la Reunión de Ministros de Comercio, la Reunión Conjunta de Ministros de Comercio y Relaciones Exteriores y la Reunión de Líderes de APEC 2007; Que, asimismo, la agenda de la Reunión ABAC está directamente relacionada con las labores del Comité de Comercio e Inversión de APEC (CTI), en la cual el MINCETUR es el representante del Perú; Que, el MINCETUR ejerce la representación del Perú ante el APEC y a través del Viceministerio de Comercio Exterior, programa y ejecuta acciones concernientes a la agenda comercial de los diferentes esquemas de integración y del APEC; por tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Julio José Chan Sánchez, Director de APEC de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, para que participe en representación del MINCETUR en la reunión antes mencionada; Que, de acuerdo con la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, están prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley Nº 29142 antes citada, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;