Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2008 (17/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- La presente resolucion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por HUASCARAN TELECOM S.A.C., en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 152224-1

General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 182-2004MTC/03 y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 483-95-MTC/15.17, a la ASOCIACION MORDAZA TELEVISION, para que continue prestando el servicio de radiodifusion educativa por Television en UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 48395-MTC/15.17, en consecuencia vencera el 8 de MORDAZA del ano 2014. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Articulo 3º.- La ASOCIACION MORDAZA TELEVISION esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificada mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asimismo debera efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual; en caso de incumplimiento la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que se emita el acto administrativo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 152225-1

Renuevan autorizacion a Asociacion MORDAZA Television para continuar prestando servicio de radiodifusion educativa por television en MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 036-2008-MTC/03 MORDAZA, 14 de enero de 2008 VISTA, la solicitud registro Nº 2004-015059 del 1 de setiembre de 2004, presentada por la ASOCIACION MORDAZA TELEVISION, sobre renovacion de autorizacion del servicio de radiodifusion educativa por Television en UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 483-95-MTC/15.17 del 27 de noviembre de 1995, se autorizo a la ASOCIACION MORDAZA TELEVISION, por el plazo de diez (10) anos, la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion educativa por Television en UHF, en el distrito de Lince, provincia y departamento de MORDAZA, con vigencia hasta el 8 de MORDAZA del ano 2004; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television, concordado con el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, en virtud de lo establecido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, son aplicables al procedimiento de renovacion de autorizacion iniciado por la ASOCIACION MORDAZA TELEVISION, las disposiciones contenidas en el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; Que, el articulo 5º, numeral 2) del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, establece que los titulares de concesiones o autorizaciones vigentes que utilicen espectro radioelectrico, deben realizar anualmente el monitoreo de sus estaciones radioelectricas de acuerdo a los protocolos que para tal efecto dicte el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de garantizar que las radiaciones que sus estaciones emitan no excedan los limites establecidos en la referida norma; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina mediante Informe Nº 13632007-MTC/28., que la ASOCIACION MORDAZA TELEVISION, se encuentra en aptitud para continuar operando el servicio de radiodifusion, y cumple con los requisitos correspondientes, por lo que, emite su conformidad con la solicitud de renovacion de la citada empresa; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de TV-UHF para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 182-2004-MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada MORDAZA se incluye al distrito de Lince, provincia y departamento de MORDAZA, ubicacion consignada en la Resolucion Ministerial Nº 483-95-MTC/15.17 modificada por Resolucion Directoral Nº 015-2002-MTC/15.19; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado de su Reglamento

Otorgan modificacion de permiso de operacion de aviacion comercial a Aeromaster del Peru S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 241-2007-MTC/12 MORDAZA, 4 de diciembre del 2007 Vista la solicitud de la empresa AEROMASTER DEL PERU S.A., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Trabajo Aereo: Carga Externa; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Directoral N° 173-2007-MTC/12 del 27 de agosto del 2007, se otorgo a la empresa AEROMASTER DEL PERU S.A., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Trabajo Aereo: Carga Externa, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del 13 de setiembre del 2007; Que, mediante Documento de Registro Nº 2007030834 del 13 de setiembre del 2007, precisado mediante Documento de Registro Nº 086261 del 2 de octubre del 2007, la empresa AEROMASTER DEL PERU S.A. solicito la Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Trabajo Aereo: Carga Externa, en el sentido de incrementar material aeronautico;

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