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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2008 (17/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de enero de 2008 364216  Solicitud fi rmada por el representante legal de SJ GAS S.A.C.  Copia del Testimonio de Escritura Pública de Constitución de Sociedad Anónima Cerrada con fecha 27 de Agosto del 2007, otorgada por SJ GAS S.A.C., ante Notario Público Mario Gino Benvenuto Murguía.  Certifi cado de vigencia de poder expedido por la Ofi cina Registral de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, correspondiente a la Partida Nº 12056147 pedido con fecha 28 de noviembre del 2007, que acredita la vigencia del poder respectivo.  Certifi cado de Inspección de Taller Nº TACP_ CIT241107001 de fecha 24 de noviembre del 2007, emitido por la Entidad Certifi cadora de Conversiones Touring y Automóvil Club del Perú, señalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15.  Planos de ubicación y de distribución del taller, detallando sus instalaciones y diversas áreas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva.  Relación de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la Directiva antes citada, a la que se adjunta la declaración jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes, y la resolución de homologación vigente del analizador de gases expedido por la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del MTC conforme a lo establecido en las normas vigentes.  Nómina del personal técnico del Taller que incluye sus nombres completos y copias de sus documentos de identidad, copia simple de los títulos que acreditan su califi cación en mecánica automotriz y electricidad automotriz, copia simple de los títulos y/o certifi caciones que acreditan su califi cación en conversiones vehiculares del sistema de combustión a GNV expedido por el Proveedor de Equipos Completos-PEC con el cual el taller mantiene vínculo contractual y copia de los documentos que acreditan la relación laboral o vinculo contractual con el taller.  Copia de la constancia de Inscripción N° 0767- 2006-PRODUCE/VMI/DNI-DNTC, de SR GAS S.A.C. ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Producción como proveedor de Equipos Completos – PEC.  Copia del Contrato de fecha 29 de octubre del 2007, celebrado por la solicitante con el proveedor de Equipos Completos – PEC autorizado SR GAS S.A.C. mediante el cual se garantiza el normal suministro de los kits de conversión, así como el soporte técnico y la capacitación del personal.  Copia del Contrato de Locación-Conducción celebrado entre Don Emiliano Gregorio Salas Reyes y Mónica del Rosario Salas Farfán con la solicitante, mediante el cual se acredita la posesión legítima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada.  Copia de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad de San Martín de Porres.  Copia de la Póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 2400710800143 emitida por la compañía de Seguros MAPFRE, destinada a cubrir los daños a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT conforme a los términos señalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Vehículos y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 que aprueba el “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) años, a contarse desde la publicación de la presente resolución, a SJ GAS S.A.C., para operar el taller ubicado en la Av. Universitaria cuadra 37 Urb. El Olivar Mz. E Lote 36-37, distrito de San Martín de Porras, provincia y departamento de Lima, como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fi n de realizar las conversiones del sistema de combustión de los vehículos a GNV. Artículo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera Inspección anual del taller 23 de noviembre del 2008 Segunda Inspección anual del taller 23 de noviembre del 2009 Tercera Inspección anual del taller 23 de noviembre del 2010 Cuarta Inspección anual del taller 23 de noviembre del 2011 Quinta Inspección anual del taller 23 de noviembre del 2012 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTOFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 1 de noviembre del 2008 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 1 de noviembre del 2009 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 1 de noviembre del 2010 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 1 de noviembre del 2011 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 1 de noviembre del 2012 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese y cúmplase.LINO DE LA BARRERA L. Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre 149586-1 Autorizan a SR GAS S.A.C. para operar taller de conversión a gas natural vehicular ubicado en el distrito de Comas, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 014-2008-MTC/15 Lima, 3 de enero de 2008VISTOS:Los Partes Diarios N°s. 2007-06314 y 2007-110656 presentados por SR GAS S.A.C., mediante los cuales solicita autorización para operar como Taller de Conversión a GNV, a fi n de realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, con el