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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de enero de 2008 364358 Nº DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS MAXIMOS PLAZO MAXIMO DE ATENCION - Sustentación de la causa invocada. con aprobación - Número de copias de la solicitud y documentación anexa a la misma Ficta, a partir del equivalente a la cantidad de trabajadores afectados por la medida. cual se tendrá - En forma sucesiva o simultánea, el empleador presentará una Declaración tres (03) días Jurada que se encuentra incurso en la causa objetiva invocada, acompañando habiles para una pericia de parte y un documento que acredite la realización de la reunión de apelación, caso negociación directa. contrario queda Alternativamente podrá presentarse una constancia notarial de asistencia. consentida - Constancia de pago de la tasa correspondiente, abonada en el Banco de la Nación c) Disolución, liquidación y quiebra de la empresa. Comunicación precisando: Aprobación Automatica D.S. Nº 003-97-TR, Arts. 46º inciso c) y Art. 48º y 49º, del 27/03/1997. - Nombre o razón social de la empresa, domicilio r eal y actividad que realiza Ley Nº 27809, Art. 51º 05/08/2002; Ley Nº 26887 Arts. 407º y 409º - Nómina de trabajadores comprendidos. 09/12/1997. - Fecha de culminación de los contratos de trabajo. - Causa especí fi ca (disolución, liquidación o quiebra) y documentación que la sustente. - Copia de las comunicaciones recepcionadas por los trabajadores comprendidos. d) Convenio de Liquidación sujeto a la Ley Nº 27809 - Comunicación precisando: Aprobación Automatica Ley General del Sistema Concursal. - Nombre o razón social de la empresa, domicilio real y actividad que realiza. D.S. Nº 003-97-TR, Art. 46º inciso d), del 27/03/1997; - Nómina de trabajadores comprendidos. Ley Nº 27809, Art. 51º - Quinta Disposición Complementaria y Final del - Fecha de terminación de los contratos de trabajo de l personal comprendido. 05/08/2002; Ley Nº 26887 Art. 414º del 09/12/1997. - Copia de las cartas notariales recepcionadas por los trabajadores comp rendidos. - Documento que acredite la aprobación del Convenio de Liquidación a cargo de la Junta de Acreedores.6 Impugnación a la modi fi cación colectiva de las jornadas, Solicitud precisando: silencio negativo horarios de trabajo y turnos. - Número de trabajadores comprendidos. 05 días hábiles de Texto Unico Ordenado del D.Leg. Nº 854, del 01/10/1996, - Sustentación de la impugnación. elevado el expediente aprobado mediante D.S. Nº 007-2002-TR, Art. 2º numeral 1, - Declaración jurada suscrita por la mayoría de los trabajadores a fectados del 04/07/02; D.S. Nº 008-2002-TR, Art. 12º inciso a) y - Documentación que acredite la modi fi cación colectiva de las jornadas, Art. 13º del 04/07/2002. horarios de trabajo y turnos.7 Inicio de la negociación colectiva: Solicitud de la organización sindical o de los representantes de los silencio positivo - Nivel de empresa . trabajadores, consignando nombre y domicilio del Empleador, adjuntando 10 días Recepción de copia de pliego. copia del Proyecto de Convención Colectiva, con arreglo a lo establecido en el calendario d e Negativa del empleador a recibir el Pliego. Art. 51º de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo. presentado el Prosecución del trámite. pliego. - Nivel de Rama de actividad o Gremio. Presentación del Pliego. Texto Unico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado mediante D.S.Nº 010-2003-TR, Art.51º y 53º y 57º del 05/10/2003. 8 Solicitud de entrega del expediente de negociación colectiva Solicitud en forma de Declaración Jurada, adjuntado e indicando : Aprobación Automatica al Arbitro Unipersonal o Presidente del Tribunal Arbitral. D.S. Nº 011-92-TR, Arts. 55º y 60º del 15/10/1992. - Acta o resolución de designación. - Número de expediente. - Copia de documento de identidad. - Compromiso de devolver el expediente a la autoridad respectiva debidamente foliado, incluyendo el Laudo Arbitral y dos copias adicionales y demás piezas procesales en el plazo máximo de cinco (05) días hábiles de haber concluido el el proceso arbitral o solucionado el diferendo, bajo responsabilidad. 9V e r i fi cación de paralización de labores o huelga. Solicitud del interesado. silencio negativo D.S.Nº 010-2003-TR, Art.84º, inc. a), c) y d), del 05/10/2003 02 días hábiles D.S. Nº 003-97-TR, Art.25º 27/03/1997. 10 Declaratoria de huelga Comunicación dirigida a la Autoridad de Trabajo, con una anticipación de cinco (5) días silencio positivo hábiles o de diez (10) días hábiles tratándose de servicios públicos esenciales, 03 dias D.S.Nº 010-2003-TR, Art.73º, inc. b) y c), 74º del 05/10/2003 adjuntando e indicando: hábiles D.S. Nº 011-92-TR, Art. 65º del 15/10/1992. - Copia del Acta de asamblea, legalizada por Notario Público o Juez de Paz de la localidad, según sea el caso. - Copia del Acta de Votación. - Nómina de trabajadores que deben seguir laborando, tratándose de servicios esenciales o indispensables. - Ámbito de huelga, el motivo, su duración, el día y hora fi jados para su iniciación. - Declaración jurada de la Junta Directiva del Sindicato, de que la decisión se ha adoptado cumpliéndose con los requisitos señalados de acuerdo a las normas indicadas. 11 Comunicación del número y ocupación de los trabajadores Comunicación del Empleador a la Autoridad Administrativa de Trabajo, aprobación automática necesarios para el mantenimiento de los servicios esenciales, precisando y adjuntando: durante la huelga. - Número y ocupación de los trabajadores necesarios para el mantenimiento de los servicios. D.S.Nº 010-2003-TR, Art.73º segundo párrafo del 05/10/2003 - Horarios, turnos y la periodicidad de los reemplazos. D.S. Nº 011-92-TR, Art. 67º del 15/10/1992. - Copia de la comunicación dirigida a los trabajadores. 12 Divergencia sobre el número y ocupación de los trabajadores Solicitud de la Organización Sindical o Trabajadores, precisando los mismos datos silencio negativo que deben laborar en servicios públicos esenciales y en servicios contenidos en la comunicación correspondiente al procedimiento anterior. 30 días hábiles indispensables durante la huelga. D.S.Nº 010-2003-TR, Art. 73ºy 82º párrafo final, del 05/10/2003 D.S.Nº 011-92-TR, Art.68º del 15/10/1992, modi fi cado por D.S. Nº 013-2006-TR, Art. 1º, 08/07/2006. 13 Registro de Convenios Colectivos de Trabajo. Solicitud presentada por Trabajadores o Empleadores adjuntando en triplicado el aprobación automática texto correspondiente. D.S. Nº 010-2003-TR, Art. 43º, inc. f) del 05/10/2003.