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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2008 (26/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de enero de 2008 365141 Convierten y crean diversos órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales de Tacna y Moquegua, para atender el Nuevo Código Procesal Penal RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 013-2008-CE-PJ Lima, 22 de enero de 2008 VISTOS:Los Informes Nºs. 195 y 207-2007-SEP-GP-GG-PJ y ampliatorio N° 002-2008-SEP-GP-GG-PJ remitidos por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, mediante Decreto Legislativo N° 957, se promulgó el Código Procesal Penal, y en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias se estableció que entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según calendario ofi cial; Segundo: Que, por Decreto Supremo N° 005-2007- JUS se estableció que el Código Procesal Penal entrará en vigencia el 1 de abril del año en curso, en los Distritos Judiciales de Tacna y Moquegua Tercero: Que la Ley N° 28994, modifi có el artículo 18° del Decreto Legislativo N° 958, que regula el proceso de implementación y transitoriedad del Código Procesal Penal; disponiendo que el Poder Judicial implemente una organización de despacho judicial para conocer los nuevos procesos penales bajo el criterio de la carga cero, es decir, con Jueces dedicados exclusivamente a concluir con los procesos penales iniciados antes de la vigencia de la citada norma procesal; Cuarto: Que, en tal sentido, resulta necesario impartir acciones orientadas a implementar la entrada en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales de Tacna y Moquegua; así como disponer la medida excepcional a que se refi ere el artículo 13º, del Decreto Legislativo N° 958; Quinto: Que, en el Distrito Judicial de Tacna, se atiende jurisdiccionalmente a 4 Provincias, que cuentan con 274, 496 habitantes, fuente del Instituto Nacional de Estadística, y donde funcionan 1 Sala Penal y 6 Juzgados Especializados Penales, en la sede de la Corte Superior; un Juzgado Mixto en las Provincias de Candarave, Jorge Basadre y Tarata, y en el Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza; así como una Sala Mixta Transitoria, cuyo funcionamiento vence el 30 de enero de 2008; Sexto: Que, por otro lado, en el Distrito Judicial de Moquegua, se atiende jurisdiccionalmente a 3 Provincias, que cuentan con 159 306 habitantes, fuente del Instituto Nacional de Estadística, y donde funcionan 1 Sala Mixta en la sede de la Corte Superior; 1 Sala Mixta Descentralizada con sede en la Provincia de Ilo; un Juzgado Penal en la sede de la Corte Superior y uno en la Provincia de Ilo; dos Juzgados Mixtos en la sede de la Corte Superior; un Juzgado Mixto en la Provincia General Sánchez Cerro, y 2 Juzgados Mixtos en la Provincia de Ilo. Sétimo: Que el presente proceso de implementación, se sujeta a los siguientes criterios: a) Conversión de los actuales órganos jurisdiccionales penales en los necesarios bajo el nuevo sistema procesal penal; b) Creación de los órganos jurisdiccionales necesarios en caso que la conversión resulte insufi ciente para diseñar la organización del nuevo despacho judicial; y c)Creación de los Juzgados Penales Liquidadores en número necesario para procurar concluir los expedientes tramitados bajo el sistema procesal anterior, en el menor tiempo posible; Octavo: Que, por Ley N° 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se han otorgado los recursos indispensables para la implementación del Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales de Tacna y Moquegua. Noveno: Que, los incisos 24, 25 y 26 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial, asimismo adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y efi ciencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de sus atribuciones, sin la intervención de la señorita Consejera Sonia Torre Muñóz por encontrarse de licencia, en sesión extraordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, por unanimidad, RESUELVE:Artículo Primero.- ACUMULAR los expedientes administrativos que contienen solicitudes de creación y conversión de órganos jurisdiccionales en los Distritos Judiciales de Tacna y Moquegua. Artículo Segundo.- CONVERTIR los siguientes órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Tacna, para atender el Nuevo Código Procesal Penal, en la forma que a continuación se indica: A partir del 1 de abril de 2008: La Sala Penal en Sala Penal de Apelaciones, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Tacna.  El Primer, Segundo y Tercer Juzgado Especializados Penales en el Juzgado Penal Colegiado, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Tacna.  El Cuarto Juzgado Especializado Penal en Juzgado Penal Unipersonal, con carácter supra provincial, con competencia territorial en las Provincias de Tacna y Jorge Basadre.  El Quinto Juzgado Especializado Penal en el Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia territorial en la Provincia de Tacna, excepto el Distrito de Gregorio Albarracín Lanchipa y la competencia territorial del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza y además el Distrito de Ciudad Nueva. A partir del 15 de marzo de 2008: La Sala Mixta Transitoria en Primera Sala Penal Liquidadora, con carácter transitorio; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Tacna. Artículo Tercero.- PRORROGAR la vigencia de la Sala Mixta Transitoria de Tacna, a partir del 31 de enero hasta el 14 de marzo de 2008. Artículo Cuarto.- CREAR los siguientes órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Tacna: PROVINCIA DE TACNA:A partir del 15 de marzo de 2008:  La Segunda Sala Penal Liquidadora, con carácter transitorio, para conocer los expedientes que se tramitan conforme al Código de Procedimientos Penales; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Tacna.  El Primer, Segundo, Tercer y Cuarto Juzgados Penales Liquidadores, con carácter transitorio, para conocer todos los expedientes que se tramitan conforme al Código de Procedimientos Penales, en la sede de la Corte Superior. A partir del 1 de abril de 2008:  El Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia territorial en el Distrito de Gregorio Albarracín Lanchipa, Provincia de Tacna.  El Tercer Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia territorial en los Distritos de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva, Provincia de Tacna. PROVINCIA DE TARATA:A partir de 1 de abril de 2008: Un Juzgado de Paz Letrado, que en adición a sus funciones realice la función de Juzgado de la Investigación Preparatoria, con sede y competencia en la Provincia de Tarata.