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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2008 (26/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de enero de 2008 365142 Artículo Quinto.- Disponer, que a partir del 1 de abril de 2008, los siguientes órganos jurisdiccionales, en adición a sus funciones, asuman competencias en la forma que a continuación se indica:  El Juzgado Mixto con sede en Tarata, actuará además como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial en las Provincias de Tarata y Candarave.  El Juzgado Mixto con sede en Candarave, actuará además como Juzgado de la Investigación Preparatoria con competencia territorial en la Provincia de Candarave.  El Juzgado Mixto con sede en Jorge Basadre, Locumba, actuará además como Juzgado de la Investigación Preparatoria con competencia territorial en la Provincia de Jorge Basadre. Artículo Sexto.- Los Juzgados Mixtos del Módulo Básico de Justicia del Alto de la Alianza, así como de las Provincias de Tarata, Candarave y Jorge Basadre actuarán como Juzgados Penales Liquidadores de los expedientes en materia penal tramitados con el Código de Procedimientos Penales. Artículo Sétimo.- CONVERTIR a partir del 1 de abril de 2008 los siguientes órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Moquegua, para atender el Nuevo Código Procesal Penal, en la forma que a continuación se indica:  El Juzgado Especializado Penal de Mariscal Nieto en Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia territorial en la Provincia de Mariscal Nieto.  El Juzgado Especializado Penal de Ilo en Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia territorial en la Provincia de Ilo. Artículo Octavo.- CREAR los siguientes órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Moquegua: PROVINCIA DE MARISCAL NIETO: A partir del 1 de abril del 2008: Una Sala Penal de Apelaciones, con competencia territorial en el Distrito Judicial de Moquegua.  Un Juzgado Penal Colegiado, con competencia territorial en el Distrito Judicial de Moquegua.  Un Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial en la Provincia de Mariscal Nieto, además en los Distritos de Ichuña, Lloque y Yunga de la Provincia de General Sánchez Cerro. A partir del 15 de marzo de 2008:  Un Juzgado Penal Liquidador, con carácter transitorio, para conocer los expedientes que se tramitan conforme al Código de Procedimientos Penales, con competencia territorial en la Provincia de Mariscal Nieto. PROVINCIA DE ILO: A partir del 1 de abril de 2008: Un Juzgado Unipersonal, con competencia territorial en la Provincia de Ilo.  Un Juzgado Penal Liquidador, con carácter transitorio, para conocer los procesos conforme al Código de Procedimientos Penales, con competencia territorial en la Provincia de Ilo. PROVINCIA DE GENERAL SÁNCHEZ CERRO:A partir del 1 de abril del 2008: Un Juzgado de Paz Letrado, que en adición a sus funciones, en materia penal, actuará como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con sede en Omate y competencia territorial en la Provincia de General Sánchez Cerro, a excepción de los Distritos de Ichuña, Lloque y Yunga de la misma Provincia. Artículo Noveno.- Disponer que en adición a sus funciones, a partir del 1 de abril de 2008: El Juzgado Mixto, con sede en Omate, actuará además como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial en la Provincia de General Sánchez Cerro, a excepción de los Distrito de Ichuña, Lloque y Yunga de la misma Provincia.  El Juzgado de Paz Letrado, con sede en Ichuña, Provincia de General Sánchez Cerro, actuará además como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia territorial, además, en los Distritos de Lloque y Yunga. Artículo Décimo.- La Sala Mixta de Mariscal Nieto y la Sala Mixta Descentralizada de Ilo harán la liquidación de los expedientes en materia penal, conforme al Código de Procedimientos Penales. Artículo Décimo Primero.- Disponer las siguientes normas complementarias para los Distritos Judiciales de Tacna y Moquegua, en lo que les corresponda:  Los órganos jurisdiccionales que asumirán los procesos conforme al Nuevo Código Procesal Penal, iniciarán funciones bajo el criterio de carga cero; a excepción de los Juzgados Mixtos que en adición a sus funciones asumirán la liquidación de expedientes penales.  Las Salas y Juzgados Penales Liquidadores con carácter transitorio, asumirán la carga procesal de las actuales Salas y Juzgados Penales permanentes que corresponda al Código de Procedimientos Penales, hasta su culminación. Los expedientes en materia civil, laboral y familia de la Sala Mixta Transitoria de Tacna, serán remitidos a la Sala Especializada Civil de la misma ciudad.  Los órganos jurisdiccionales creados con carácter transitorio, tendrán un funcionamiento de seis (6) meses, cuya prórroga, conversión o reubicación será decidida por el Consejo Ejecutivo previa evaluación. Artículo Décimo Segundo.- Facultar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Tacna y Moquegua, para que adopten las acciones y medidas administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución y para una adecuada implementación del nuevo sistema procesal penal. Artículo Décimo Tercero.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial, preste el apoyo que sea necesario a las Cortes Superiores de Justicia de Tacna y Moquegua, y ejecute las acciones correspondientes, conforme a lo previsto en la presente resolución. Artículo Décimo Cuarto.- Los gastos que generen lo dispuesto precedentemente y la implementación del Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales de Tacna y Moquegua, serán con cargo a las partidas presupuestales correspondientes. Artículo Décimo Quinto.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ministerios del Interior y de Justicia, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, Academia de la Magistratura, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia de Tacna y Moquegua, así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SS. FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA ANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN WÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 156624-2