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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de enero de 2008 365149 2008, para la rectifi cación de las direcciones de tres ( 03) de las Ofi cinas autorizadas mediante Resolución SBS Nº 1029-2007 bajo la modalidad de locales compartidos con el Banco de la Nación; y , CONSIDERANDO:Que, de la revisión de la información remitida previamente por la Caja y que diera lugar a la expedición de la Resolución SBS Nº 1029-2007 y de la revisión de la Resolución SBS Nº 382-2007 mediante la que se autoriza el funcionamiento de todas las ofi cinas del Banco de la Nación, se ha verifi cado que las direcciones remitidas originalmente por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren en los distritos de Ocoña, Castrovirreyna y Yarinacochas eran incorrectas; Que, de la revisión de las tres ( 03 ) direcciones en las solicitudes de rectifi cación presentadas por la Caja, se ha verifi cado que éstas corresponden a las direcciones de las ofi cinas autorizadas al Banco de la Nación; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “A” mediante Informe Nº 005-2008-DEM “A”; y, De conformidad con las facultades establecidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en la Circular Nº CR-0203-2005 y sus modifi catorias y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 1162-2007 del 16 de agosto de 2007. RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren , la rectifi cación de las direcciones de las Ofi cinas Especiales bajo la modalidad de locales compartidos con el Banco de la Nación ubicadas en los distritos de Ocoña, Castrovirreyna y Yarinacochas, de acuerdo al Anexo Nº 1 adjunto a la presente Resolución Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas ( e ) ANEXO Nº 1 Dirección Distrito Provincia Departamento 1 Avenida Yarinas Nº 433- MunicipalidadYarinacochas Coronel Portillo Ucayali 2 Avenida Unión Nº 126- Plaza de ArmasOcoña Camaná Arequipa 3 Jirón Castrovirreyna s/nCastrovirreyna Castrovirreyna Huancavelica 156537-1 Autorizan a Fiduciaria Bancolombia S.A. Sociedad Fiduciaria para que organice una empresa de servicios fiduciarios denominada “Fiduciaria GBC S.A.” RESOLUCIÓN SBS Nº 110-2008 Lima 18 de enero de 2008 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por Fiduciaria Bancolombia S.A. Sociedad Fiduciaria, representada por su Presidente, señor Fuad Velasco Juri; su Vicepresidente Comercial, señor Juan David Correa Solórzano y su Gerente Internacional, señor Mario Andrés Estupiñán Alvarado, para obtener la autorización de organización de una empresa de servicios fi duciarios bajo la denominación social de “Fiduciaria GBC S.A.”, y; CONSIDERANDO:Que, en sesión de Junta Directiva de Fiduciaria Bancolombia S.A. Sociedad Fiduciaria, celebrada el día 25 de abril de 2007, se acordó solicitar la autorización de organización y funcionamiento para constituir y establecer una sociedad fi duciaria en el Perú: Que, en sesión de Junta Directiva de Banca de Inversión Bancolombia S.A., Corporación Financiera, celebrada el 25 de mayo de 2007, se acordó acompañar a Fiduciaria Bancolombia S.A., Sociedad Fiduciaria como accionista de la sociedad a constituir en el Perú, con una participación del 1% del capital social; Que, el Grupo Bancolombia, al que pertenecen Fiduciaria Bancolombia S.A. y Banca de Inversión Bancolombia S.A., pertenece a su vez al Grupo Empresarial Antioqueño, que maneja líneas de negocio en los sectores fi nanciero, seguros y pensiones entre otros. El Grupo Bancolombia desarrolla una amplia gama de productos fi nancieros y fi duciarios y su presencia internacional en el sector bancario se materializa a través de sus ofi cinas en Panamá, Cayman, Puerto Rico y Miami; Que, el proyecto de Estatuto Social de la empresa por constituirse ha sido formulado de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B” mediante Informe N° 04-2008-DEB “B”, el Departamento Legal mediante Informes N° 657-2007-LEG, 1024-2007-LEG y 1056-2007-LEG, la Gerencia de Estudios Económicos mediante Informes N° 059-2007-ASF y 075-2007-ASF, la Superintendencia Adjunta de Riesgos mediante Informes N° 053-2007-DERO, 053-2007-DERC y 001-2008-DERMLI; y el Departamento de Supervisión de Servicios al Usuario mediante Informe N° 123-2007-DSU; y a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Asesoría Jurídica y de Riesgos; la Gerencia de Estudios Económicos y la Gerencia de Productos y Servicios al Usuario. Contando con la opinión favorable del Banco Central de Reserva del Perú, remitida mediante Carta N° 0056-2007-FIN120 de fecha 27 de diciembre de 2007; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y el procedimiento N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia. RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a Fiduciaria Bancolombia S.A. Sociedad Fiduciaria, para que organice una empresa de servicios fi duciarios bajo la denominación social de “Fiduciaria GBC S.A.”, para lo cual se aprueba el proyecto de minuta presentado para tal efecto por el Organizador Responsable, que se devuelve debidamente autenticado con el sello ofi cial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública, debiendo insertarse el Certifi cado de Autorización al que se refi ere el tercer artículo de la Presente Resolución. Artículo Segundo.- Para la autorización de funcionamiento de la empresa de servicios fi duciarios “Fiduciaria GBC S.A.” en organización, deberán realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones orientadas a formalizar su constitución; asimismo, comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias establecidas en el numeral X del Procedimiento 01 del TUPA de esta institución para el funcionamiento de la sociedad, procediendo para tal efecto a: a) Adjuntar copia autenticada por el fedatario de la institución del testimonio de la escritura pública de constitución social inscrita en los Registros Públicos.