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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2008 (30/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de enero de 2008 365333 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Aprueban transferencia fija mensual a favor del Centro Poblado Nuestra Señora de Las Mercedes Mi Perú ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2008/MDV-CDV Ventanilla, 17 de enero de 2008EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 17 de enero del 2008, el Dictamen Nº 001-2008/MDV-CAM de la Comisión de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el dictamen del visto, la Comisión de Administración, recomienda al Honorable Concejo, se apruebe establecer como transferencia fi ja mensual a favor del Centro Poblado Nuestra Señora de Las Mercedes Mi Perú, la suma de S/. 100,000.00 (Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles), disponiéndose se deje sin efecto las normas municipales que contravengan el Acuerdo de Concejo que se emita. Que, mediante Expediente Administrativo Nº 000860, de fecha 11 de enero del 2008, el Sr. Jorge Pretell Florian, Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de Las Mercedes Mi Perú, remite el Informe Técnico-Económico y Situacional de su municipio, en la cual expone la situación económica por la que atraviesa la provisión de servicios públicos, por lo que solicita se evalúe y considere una Modifi cación Presupuestaria, solicitando se establezca una mayor transferencia de recursos presupuestales y fi nancieros, por un monto mensual de S/. 165, 000.00 Nuevos Soles, considerando no sólo el mejoramiento del servicio de Limpieza Pública, sino también el del resto de servicios públicos, lo cual ayudaría en gran parte a redimensionar los servicios públicos que se brindan a la fecha. Que, mediante Memorando No. 112-2008-MDV/GAF, la Gerencia de Administración y Finanzas, solicita al Concejo Municipal, se establezca como transferencia fi ja a la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de Las Mercedes Mi Perú, el monto de S/. 100,000.00 (Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles), teniendo en cuanto el Informe Técnico evacuado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, No. 110-2008/MDV-GAF, a través del cual se manifi esta que de acuerdo a lo indicado en el Acuerdo de Concejo No. 017-2006-MDV-CDV, se autoriza a la administración municipal destinar el 4% de los recursos destinados a los gastos corrientes por los rubros de fi nanciamiento Foncomun y Rentas de Aduanas; explicando que el Presupuesto Institucional de Apertura para el año fi scal 2007, distribuía el 50% para gastos corrientes y 50% para gastos de capital, habiéndose en el Presupuesto Institucional de Apertura para el año fi scal - PIA 2008 modifi cado los porcentajes, orientándose un 42% de los recursos de Foncomun para gastos corrientes y un 56.72% para gastos de capital, de igual modo en el caso de Rentas de Aduanas, se está considerando un 47.10% para gastos corrientes y 52.90% para gastos de capital; lo que implicaría reducir las transferencias al referido Centro Poblado, ya que se aprecia una reducción en los gastos corrientes para el presente año fi scal.Que, se puede concluir, conforme a los mayores montos que año a año se vienen transfi riendo por el Gobierno Central, que es posible establecer como transferencia fi ja mensual a favor del Centro Poblado Nuestra Señora de Las Mercedes Mi Perú, la suma de S/. 100,000.00 (Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles). Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el artículo 41 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos institucionales, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto; y, Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR como transferencia fi ja mensual a favor del Centro Poblado Nuestra Señora de Las Mercedes Mi Perú, la suma de S/. 100,000.00 (Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles), dejándose sin efecto las normas municipales que contravengan el presente Acuerdo de Concejo. Artículo Segundo.- PRECISAR que la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de Las Mercedes Mi Perú, tiene la responsabilidad de informar mensualmente a esta Corporación Edil, sobre el destino de los recursos económicos que se transfi eran, en virtud de lo dispuesto en el artículo primero del presente Acuerdo. Regístrese y comuníquese.OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 157553-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA Dejan sin efecto los Acuerdos Nºs. 01 y 02 tomados en la Sesión Ordinaria Nº 08-2007-MPH/CM ACUERDO DE CONCEJO Nº 07/S.O. Nº 24-2007/MPH-CM. Huancabamba, 27 de diciembre del 2007VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 24-2007, de fecha 26 de diciembre del 2007, el pedido formulado por el Regidor Néstor Quinde Chinchay para que se deje sin efecto los Acuerdos de Concejo Nºs. 01 y 02, tomados en la Sesión Ordinaria Nº 08-2007-MPH/CM, del 23 de abril del 2007 y que se deje subsistentes los acuerdos Nºs. 06 y 07 tomados en la Sesión Ordinaria Nº 02-2007-MPH/CM, del 30 de enero del año 2007. CONSIDERANDO.Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, referido a la autonomía precisa que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 28607, que dispone que “Las Municipalidades