Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2008 (30/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de enero de 2008

i) Aprobar y supervisar la aplicacion de los instrumentos de gestion ambiental como son los Estudios de Impacto Ambiental EIA, Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental PAMA, Declaracion de Impacto Ambiental DIA, Diagnostico Ambiental Preliminar DAP, Planes de Cierre, etc., en el desarrollo de las actividades economicas a nivel regional, implementando las acciones correctivas y/o las sanciones correspondientes. j) Proponer las normas respectivas y gestionar lo concerniente a la gestion de residuos solidos, residuos peligrosos, efluentes y emisiones derivados de las actividades socio-economicas, en el MORDAZA de las normas ambientales. k) Realizar evaluaciones periodicas sobre la calidad del aire, suelo y agua en ambitos que se programe y/o, a solicitud de otras personas naturales y/o juridicas. l) Elaborar, ejecutar y difundir planes de contingencias ambientales promoviendo la participacion directa y activa de la poblacion. m) Promueve y aprueba Estandares de Calidad Ambiental (ECA) y Limites Maximos Permisibles (LMP) . n) Promover y preservar la salud ambiental de los pobladores de la Region Arequipa. o) Promover el mejoramiento de la calidad de MORDAZA de la poblacion de la Region MORDAZA a traves de la preservacion de los ecosistemas naturales y la gestion sostenible del ambiente. p) Proponer y elaborar estudios, investigaciones, proyectos y programas de prevencion, proteccion y recuperacion en el MORDAZA de las politicas ambientales de la region, asi como la normativa regional correspondiente. q) Desarrollar, ejecutar, supervisar y evaluar la aplicacion de medidas de prevencion, control y mitigacion de los impactos ambientales, en coordinacion con las autoridades competentes, promoviendo el uso de tecnologias limpias, como parte de la gestion ambiental regional y de fiscalizacion de las actividades economicas en curso. r) Promover la investigacion e informacion acerca de los servicios tecnologicos, para la preservacion y proteccion del ambiente. s) Brindar asesoramiento a las Municipalidades y a las instituciones publicas y privadas sobre la gestion del ambiente, los recursos naturales, residuos y efluentes de todo tipo. t) Controlar, supervisar y evaluar contratos, proyectos, estudios y actividades economicas en materia ambiental y de recursos naturales en la region. u) Controlar, supervisar y fiscalizar la aplicacion de la normatividad ambiental y de preservacion de los recursos naturales en el ambito regional, verificando y fiscalizando el cumplimiento y la correcta aplicacion de los dispositivos legales sobre el uso de insumos quimicos con fines productivos (pesqueros, acuicolas, industriales, mineros, etc.), dictar las medidas correctivas. v) Preparar denuncias y/o imponer sanciones administrativas a las personas naturales y/o juridicas por infracciones a las normas ambientales, previo procedimiento sancionador. w) Promover la generacion de conciencia, educacion y cultura ambiental en todos los niveles de la poblacion regional. x) Promover mecanismos y espacios de participacion, concertacion y/o coordinacion con las Municipalidades, instituciones publicas, privadas y de la sociedad civil, promoviendo la directa participacion ciudadana en la planeacion, ejecucion, evaluacion, control y vigilancia de la politica ambiental y de recursos naturales, para optimizar la gestion ambiental. y) Implementar y operativizar el Fondo Ambiental Regional FAR, destinado a actividades y proyectos de conservacion, preservacion y recuperacion del ambiente. z) Las demas que le correspondan conforme a la legislacion de la materia." DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Con el objeto de integrar las competencias en materia ambiental en la Autoridad Regional Ambiental ARMA, se dispone la disolucion de las siguientes dependencias: a) Area de Medio Ambiente de la Gerencia Regional de Energia y Minas; b) Direccion de Medio Ambiente de la Gerencia Regional de la Produccion; c) Direccion de Ecologia y Proteccion del Ambiente de la Direccion de Ecologia, Proteccion del Ambiente y Salud Ocupacional de la Direccion Ejecutiva de Salud Ambiental, de la Gerencia Regional de Salud; Segunda.- Regimen Transitorio de Disolucion y Transferencia Para la disolucion de las dependencias senaladas en el articulo anterior, se realizara un procedimiento de liquidacion que consistira en: a) Las Oficinas de Administracion de las Gerencias Regionales de Energia y Minas, Agricultura, Produccion, Comercio Exterior y Turismo y Salud realizaran un inventario fisico de los bienes, del acervo documentario y del personal de las dependencias mencionadas, el mismo que sera aprobado por las respectivas Gerencias Regionales, b) La Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial realizara el cierre presupuestal correspondiente de las dependencias de las de las Gerencias Regionales de Energia y Minas, de la Produccion y de Comercio Exterior y Turismo. c) Las Oficinas de Planeamiento o quien haga sus veces de las Gerencias Regionales de Agricultura y de Salud, realizaran el cierre presupuestal correspondiente de sus respectivas dependencias. d) La Gerencia General Regional transferira el acervo documentario, presupuestal y el personal de las dependencias mencionadas en la disposicion anterior a la Autoridad Regional Ambiental, asumiendo competencia en los asuntos que le corresponda, e) El desplazamiento del personal se realizara con fiel observancia de la normativa legal respectiva y con respeto de los niveles administrativos, remunerativos correspondientes, sin afectar ningun derecho laboral adquirido, bajo responsabilidad. Este procedimiento se realizara en el termino de 60 dias calendario. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS Primera.- Incorporese al Gerente General de la Autoridad Regional Ambiental en el Directorio de Gerentes del Gobierno Regional de Arequipa. Segunda.- Quedan modificados en la parte pertinente el Indice, el Organigrama Estructural y los articulos 10°, 83°, 84°, 85°, 86° y 88° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA aprobado por la Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Deroguese y modifiquese, total o parcialmente segun sea el caso, toda MORDAZA o disposicion que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los quince dias del mes de enero del dos mil ocho. MORDAZA BOSSIO ROTONDO Presidente del Consejo Regional MORDAZA

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