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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2008 (30/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de enero de 2008 365326 DEL SEGURO INTEGRAL DE SALUD POR LA SUMA DE S/. 22,279.03 HAN SIDO DESVIADOS PARA CUBRIR DIVERSOS GASTOS CORRIENTES, EN EL CLAS “POSOPE ALTO” – DIRECCION REGIONAL DE SALUD LAMBAYEQUE, solicitando se autorice al Procurador Público Regional a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional de Lambayeque, a iniciar las acciones legales que correspondan; Que, de la evaluación selectiva de los reembolsos del Seguro Integral de Salud (SIS) al CLAS “POSOPE ALTO” y Declaraciones Juradas de Rendiciones del período sujeto a control, se aprecia con los recursos financieros, provenientes de dichos reembolsos, se han pagado gastos, por la suma de S/. 22,279.03 que por su naturaleza, no han sido destinados para garantizar la adecuada ejecución de los Planes de Beneficios del SIS; así como, la atención y calidad del servicio de salud, por parte del Establecimiento de Salud de su jurisdicción. Asimismo, cabe indicar que los gastos referidos a refrigerio, teléfono, canasta de víveres, panetones y otros, descritos en el cuadro Anexo Nº 2, constituyen gastos que según su naturaleza, debieron ser asumidos de ser el caso, con cargo a sus ingresos propios, los mismos que durante el período de evaluación, ascendieron a S/. 29, 889.84 (Anexo Nº 3). Al respecto, las personas comprendidas como partícipes en los hechos, son DANIEL ESPINOZA TAPIA, TOMAS ANDRES MELENDEZ BUSTAMANTE, CARLOS RAMON SALVADOR CAYOTOPA y CARMEN AIDA ALARCON FLORES; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 262-2003- GR.LAMB/PR, se designó al Dr. FELICIANO VASQUEZ MOLOCHO, como Procurador Público Regional del Gobierno Regional de Lambayeque; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesión realizada el día 2 de diciembre de 2007, se acordó autorizar al Procurador Público Regional, iniciar las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Especial Nº 011-025-2007-2-0633-GR.LAMB/DRSAL-OECI; Con la visación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y la conformidad de Gerencia General Regional, y; De acuerdo con lo prescrito en la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el artículo N° 78 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Decreto Ley N° 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS - Reglamento de la Representación y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional, Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional de Lambayeque, Dr. Feliciano Vásquez Molocho, a interponer las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables señores DANIEL ESPINOZA TAPIA, TOMAS ANDRES MELENDEZ BUSTAMANTE, CARLOS RAMON SALVADOR CAYOTOPA y CARMEN AIDA ALARCON FLORES, del CLAS “POSOPE ALTO”. Artículo Segundo.- Remitir todos los actuados, a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Lambayeque, transcribiendo la presente Resolución Ejecutiva Regional para su conocimiento y fi nes pertinentes, además de publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano y Portal Electrónico del Gobierno Regional de Lambayeque.Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 157067-3 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 037-2008-GR.LAMB/PR Chiclayo, 22 de enero de 2008 VISTO: El Ofi cio Nº 3395-2007-GR.LAMB/DRSAL-DG-OEAJ, el Acuerdo del Directorio de Gerentes Regionales de fecha 02 de diciembre de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 3395-2007-GR.LAMB/ DRSAL-OEAJ, de fecha 10 de diciembre de 2007, con Exp. de Reg. 272611 el Dr. Víctor Echeandía Arellano –Director Regional de Salud Lambayeque, remite el Examen Especial Nº 011-025-2-0633-GR.LAMB/DRSAL-OECI, de fecha 24 de octubre de 2007 denominado “RECURSOS FINANCIEROS DE LOS REEMBOLSOS DEL SEGURO INTEGRAL DE SALUD POR LA SUMA DE S/. 23,297.02 HAN SIDO DESVIADOS PARA CUBRIR DIVERSOS GASTOS DEL CLAS “SAN PEDRO PESCADOR” – DIRECCION REGIONAL DE SALUD LAMBAYEQUE, solicitando se autorice al Procurador Público Regional a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional Lambayeque, a iniciar las acciones legales que correspondan; Que, de la evaluación selectiva de la documentación que sustenta los gastos ejecutados, así como de los Informes Económicos y Actas de Declaración Jurada de Rendición de Cuentas, del período sujeto a control, proporcionados por el CLAS “SAN PEDRO PESCADOR”; se ha evidenciado, que entre los meses de enero a diciembre de 2004, los fondos provenientes, de los reembolsos del Seguro Integral de Salud (SIS) por la suma de S/. 23,297.02 han sido desviados para tener una aplicación definitiva diferente de aquella a los que están destinados, orientándolos a cubrir diversos gastos, vale decir, en gastos que por su naturaleza, no corresponden a los objetivos de dicho seguro y por lo tanto no garantizan la adecuada ejecución de los Planes de Beneficios que este ofrece; asimismo, no han sido destinados para garantizar la atención y calidad del servicio de salud, por parte de los Establecimientos de Salud conformantes del CLAS. Con la circunstancia agravante que parte de los fondos desviados, por el importe de S/. 12,861.60 fueron usados en la ejecución de gastos, contraviniendo disposiciones en materia de austeridad y racionalidad en el gasto público; tales como: gastos por celebraciones y agasajos, en compra de panetones, juegos de loza, sábanas y ollas, en telefonía celular (cuatro equipos NEXTEL Nº 9839-7525, 9839-8644, 9839-8928 y 9839-8958) y gastos en capacitación del Gerente; así como, diplomado de este, con la Asistenta Social del Centro de Salud de San José. En consecuencia, están comprendidas como partícipes en los hechos, los señores WALTER AUGUSTO LORO LLENQUE, JOSE NICOLAS RODAS FIESTAS, CESAR AUGUSTO ROMERO GAMBOA, BLANCA ESTHER RAMOS KONG y JOSE ALBERTO GALAN PAZOS; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 262-2003- GR.LAMB/PR, se designó al Dr. FELICIANO VASQUEZ MOLOCHO, como Procurador Público Regional del Gobierno Regional Lambayeque; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesión realizada el día 02 de diciembre de 2007, se acordó autorizar al Procurador Público Regional, iniciar las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Especial Nº 011-025-2007-2-0633-GR.LAMB/DRSAL-OECI;