Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2008 (30/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de enero de 2008 365323 el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APRUÉBASE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Aldea Infantil “Virgen de la Paz” - Gobierno Regional del departamento de Lambayeque Año 2008, el mismo que en número de un (01) folio, comprende dos (02) procedimientos administrativos, cuyo texto íntegro corre adjunto a la presente disposición regional formando parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE el texto íntegro del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Aldea Infantil “Virgen de la Paz” - Gobierno Regional del departamento de Lambayeque aprobado conforme al Artículo Primero de la presente Ordenanza Regional, en el diario encargado de los avisos judiciales de la capital de la región, sin perjuicio de su difusión a través de otros medios, conforme a ley. POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 157403-1 Aprueban “Propuesta de Lineamientos de Política para la Gestión de los Recursos Hídricos de la Región Lambayeque” presentado por el Grupo Técnico Regional del Agua ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2008-GR.LAMB./CR Chiclayo, 16 de enero de 2008EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Ordinaria de fecha 15 de enero de 2008, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú de 1993 según su modifi catoria, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27680, en sus incisos 6 y 7 establece como competencia de los gobiernos regionales dictar normas inherentes a la gestión regional y la promoción y regulación de las actividades o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a la ley; respectivamente. Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, indica que el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y efi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas, y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfi ca, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional. Que, la Ley Nº 2682 – Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, en su Artículo 3º defi ne a éstos como todo componente de la naturaleza susceptible de ser aprovechado por el ser humano para la satisfacción de sus necesidades, dentro de los cuales se identifi ca a las aguas superfi ciales y subterráneas. Asimismo, en su Artículo 28º establece que los recursos deben aprovecharse en forma sostenible, es decir, que el aprovechamiento de los recursos naturales implica el manejo racional de los mismos teniendo en cuenta su capacidad de renovación, evitando su sobre explotación. Que, a nivel global el Consejo Mundial del Agua – WWC, en el marco de Visión Mundial del Agua, expresa que actualmente existe una crisis del agua, pero que ésta no radica en que dicho sea insufi ciente para satisfacer las demandas de los diferentes niveles de la sociedad, sino que se debe a que se maneja tan mal dicho discurso que miles de millones de personas, y el medio ambiente sufren enormemente. Bajo tales condiciones, existen innumerables confl ictos por el agua, especialmente a nivel regional y local, que afectan la gobernabilidad de una nación. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 026–2003– GR.LAMB/CR, del 28 de noviembre del 2003, se creó el Sistema Regional de Gestión Ambiental con el objeto de asegurar el más efi caz cumplimiento de los objetivos ambientales de la Región Lambayeque y fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestión ambiental regional. En su Artículo 2º, el Sistema Regional de Gestión Ambiental establece como objetivo estratégico proteger, conservar y mejorar el medio ambiente, señalando entre sus políticas la conservación y manejo sostenido de los recursos naturales; y como resultado estratégico esperado, entre otros, se indica que, en el ámbito regional, “el recurso agua se maneja inadecuadamente”. Que, en concordancia con el Artículo 14º del Sistema Regional de Gestión Ambiental, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 517–2004-GR.LAMB/PR, del 24 de setiembre del 2004, se conformó el Grupo Técnico Regional del Agua – GTRA, integrado por representantes de veinte entidades públicas y privadas, con la fi nalidad de promover de manera concertada acuerdos y propuestas técnicas interinstitucionales para el manejo y gestión ambiental sostenibles del agua en la Región Lambayeque. Los productos esperados de la gestión del GTRA en un plazo de cinco (05) meses serían los siguientes: a) Un informe situacional sobre la gestión ambiental regional del agua. b) Una propuesta sobre Lineamientos de Política para atender los asuntos prioritarios identifi cados en la Agenda y el Plan Ambiental Regional. Que, con la fi nalidad de facilitar el cumplimiento con el encargo hecho al GTRA, el Gobierno Regional, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 458 – 2005 – GR.LAMB/PR, de fecha 16 de junio del 2005, se amplió el plazo de vigencia del GTRA, permitiendo la entrega ante el Gobierno Regional del documento denominado “Propuesta de Lineamientos de Política para la Gestión de los Recursos Hídricos de la Región Lambayeque”. Que, mediante Ofi cio Nº 114–2007–GR.LAMB/GRRN, de fecha 15 de marzo del 2007, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente solicitó ante el despacho del Consejero Delegado se permita la exposición ante el pleno del Consejo Regional de los alcances de la propuesta presentada por el GTRA ante el Consejo Regional. Logrado el consentimiento solicitado, la exposición se llevó a cabo el 29 de marzo del 2007, contándose adicionalmente con la presencia de los Directores Sectoriales Regionales de Agricultura, Salud, Vivienda y Saneamiento, Energía Minas e Hidrocarburos; PEOT y los Gerentes Regionales de Desarrollo Económico y de Planifi cación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Que, mediante Ofi cio Nº 178–2007–GR.LAMB/ GRRN, de fecha 25 de abril del 2007, la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión el Medio Ambiente remitió ante el Consejero Regional Presidente de la Comisión de Recursos Naturales y Medio Ambiente, la propuesta del GTRA, solicitando su trámite para la aprobación correspondiente por parte del Consejo Regional. Que, mediante Acuerdo Regional Nº 082-2007– GR.LAMB/CR, de fecha 23 de mayo del 2007, el Consejo